
El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas ha estimado que España violó el derecho a la educación de una joven marroquí residente en Melilla al no admitirla en la escuela alegando que no acreditó su residencia, primero, ni sus estudios previos, después, para acceder al bachillerato.
En el dictamen, con fecha del pasado 8 de marzo y divulgado por la asociación Extranjeristas en Red, el Comité concluye que España violó también el derecho de la joven a la no discriminación y no atendió el interés superior del menor, como establece la Convención sobre los Derechos del Niño, de la que es garante este comité.
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Se ha pronunciado así respecto al caso de S. J., una joven de origen marroquí nacida en Melilla en 2005, que tenía 16 años en el momento de la presentación de esta comunicación ante el comité, en noviembre de 2021. En su resolución, el Comité insta a España a indemnizar a la joven y a tomar “medidas positivas para asistirla a ponerse al día y alcanzar el mismo nivel escolar de sus pares lo antes posible”. Este órgano también observa en su dictamen el incumplimiento por parte de España de las medidas provisionales dictadas por el propio Comité en diciembre de 2021, cuando requirió la escolarización inmediata de S. J. mientras su caso estuviera pendiente de examen.
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Los niños de Melilla tienen dificultades para acceder a la educación, según la ONU
El dictamen responde a una comunicación presentada por la madre de la joven en noviembre de 2021, después de dos intentos fallidos de escolarizar a la joven en el sistema de educación pública. Primero, lo intentó para ingresar en el curso 2020/2021, cuando tenía 15 años, pero no la aceptaron por no haber demostrado correctamente que tenía su residencia en Melilla, algo que la administración acabó confirmando entre 13 y 16 meses después. Después, ya con 16 años, volvió a tratar de acceder, en este caso a primero de bachillerato para el curso 2021/2022, pero tampoco pudo porque, según le explicaron, ya había superado la edad de educación obligatoria y no aportó justificación de sus estudios previos.
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Una vez examinado el caso y las alegaciones de una y otra parte, el Comité concluye que “a pesar del reconocimiento formal de la legislación interna, los hechos demuestran que S. J., al igual que otros niños residentes en Melilla en situación administrativa irregular, encuentra dificultades en la práctica que impiden su escolarización”.
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El Comité considera acreditado que los requisitos administrativos para acceder a la educación pública “afecta de manera desproporcionada a niños y niñas que, como S. J., son residentes irregulares en Melilla (y por ende no nacionales)”, lo que les lleva a afrontar “retrasos indebidos en su escolarización”. Y sostiene, en este caso, España “no ha acreditado debidamente” que la aplicación de requisitos administrativos haya sido algo “necesario y proporcional”, especialmente “a la luz del grave impacto de la prolongada exclusión de S. J. del sistema de educación pública”. Por todo ello, insta al país a reparar a la afectada y tomar acciones para que esta se ponga al día respecto al resto de jóvenes de su edad y le recuerda su obligación de “evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”.
La asociación Extranjeristas en Red ha señalado, en un comunicado, que esta última recomendación “tiene gran interés” porque los problemas de escolarización de menores en Melilla “vienen de largo” y “el papel tanto de las autoridades administrativas como de las judiciales no ha hecho sino entorpecer el ejercicio del derecho en lugar de contribuir a su tutela y garantía”. Exige al Estado que cumpla con este dictamen y termine con “las interminables trabas y excusas” para que todos los menores, sea cual sea su situación administrativa, accedan a su escolarización en igualdad de derechos.
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*Información elaborada por EFE
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