
La Agencia Tributaria ya ha dado a conocer las fechas clave para la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Así, el proceso arrancará el 3 de abril de 2024 y se extenderá hasta el 1 de julio. Por tanto, los contribuyentes dispondrán de casi tres meses para completar este proceso.
La declaración de la Renta se percibe como un trámite fundamental para el mantenimiento de los servicios públicos nacionales, autonómicos y locales. No obstante, es frecuente que durante el proceso surjan dudas de todo tipo, sobre todo en casos excepcionales.
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Recibir una herencia es un claro ejemplo de esto. La herencia “no estará sujeta a este impuesto la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones”, según establece la Ley del IRPF. En este sentido, el aumento patrimonial ya habría quedado liquidado con este impuesto. Sin embargo, también hay que tener en cuenta otros factores.
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Qué hay que declarar en la Renta al recibir una herencia
Los bienes recibidos en una herencia no deben ser declarados en la Renta. Pero los rendimientos patrimoniales sí. De esta forma, habrá que registrar todos los rendimientos patrimoniales generados a través de dichos activos heredados. Por ejemplo, si se hereda una vivienda, esta estará sujeta al Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, si la vivienda es vendida o alquilada, el contribuyente deberá incluirla en su Declaración de la Renta, ya que representa una ganancia patrimonial.
En el caso de la venta, a la hora de tributar se pagará por la diferencia entre el valor del inmueble al ser heredado y el valor definitivo al que se haya vendido. En cuanto al alquiler, el contribuyente debe añadirlo en el borrador como un rendimiento de capital inmobiliario. La computación del mismo se realizará, según la Agencia Tributaria, “restando los gastos deducibles de los ingresos y aplicando ciertas reducciones, cuando corresponda”.
Además, también hay que tener en cuenta otros supuestos. Si se hereda una cuenta bancaria, habría que incluirla en la declaración de la Renta sólo en el caso en el que genere intereses. Del mismo modo, en los casos en los que se hereden acciones en bolsa, sólo habría que declarar el importe obtenido de su venta.
Por último, cuando una persona fallece, existe una opción que le permite continuar respaldando a su núcleo familiar más cercano. Se trata de la herencia de una pensión diseñada para salvaguardar la situación económica de sus familiares. Para acceder a esta opción, es necesario que estos últimos no tengan ninguna otra forma para subsistir.
Así, en este caso, el bien heredado está sujeto al Impuesto sobre la Renta. Los planes de pensión no entran en la categoría de Impuesto de Sucesiones, por lo tanto, deben ser declarados y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) debe ser pagado sobre ellos.
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