
La ocupación ilegal de viviendas inquieta cada vez más, como quedó patente el pasado mes de mayo cuando, por primera, vez se coló en el Barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) como una de las principales preocupaciones de los españoles.
Los analistas consideran que esta preocupación es excesiva si se tiene en cuenta el número de ocupaciones que se producen en España, una cantidad, que, a su juicio, “va a menos”. En los últimos cinco años se han producido en nuestro país una media de 15.000 denuncias al año por ocupación de viviendas y se han celebrado de media unos 3.000 juicios anuales por la vía civil relacionados con este delito.
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No obstante, la ocupación va disminuyendo. En 2022 se registraron 16.726 denuncias, 548 menos que el año anterior, según datos del Ministerio del Interior y del Consejo General del Poder Judicial, y en el primer trimestre de 2023 se han denunciado 3.898 infracciones, frente a las 4.385 del mismo periodo de 2022, lo que supone un 11% menos.
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Mantener la calma y actuar con rapidez
Es en verano cuando más denuncias se producen coincidiendo con la vuelta de las vacaciones. En estos casos, los abogados recomiendan a los propietarios actuar con rapidez y con prudencia para evitar problemas que les pueden llevar, incluso, a la cárcel.
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“Hay que actuar con prontitud, evitar cualquier confrontación, amenazas o coacciones y mantener la calma”, aconseja María Chantal Nieto, abogada del despacho Marín & Mateo Abogados,
¿Qué hacer según el tipo de vivienda?
Dependiendo de si la vivienda es la habitual o una segunda residencia el procedimiento a seguir por el propietario es distinto, ya que en el primer caso se llevaría por la vía penal y en el segundo por la civil. Eso sí, en ambos casos hay que actuar con rapidez ante la ocupación.
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Cuando se trata de una vivienda habitual, lo primero que hay que hacer es llamar a la policía inmediatamente y denunciarlo para que sea desalojada, presentando la documentación que atestigua la titularidad de la vivienda. En estos casos, la policía puede actuar y desalojar a los okupas sin necesidad de un requerimiento judicial”, señalan fuentes de Housfy.
También es importante no dejarse llevar por los nervios y no adoptar medidas drásticas que puedan suponer un delito, como cortar los suministros de luz, agua o gas, ya que en este caso “los propietarios podrían enfrentarse a penas de prisión”, advierte Nieto. Las condenas serían por delitos de coacciones que el artículo 172 del Código Penal castiga con hasta tres años de cárcel.
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Tampoco deberían cambiar la cerradura de su casa debido a que si ha transcurrido tiempo suficiente como para considerarla que es residencia habitual de los okupas, el propietario podría ser condenado por un delito de allanamiento de morada y ser condenado a una pena de hasta cuatro años de cárcel.
Las segundas viviendas tienen más posibilidades de ser ocupadas que las habituales, indican los expertos inmobiliarios, y frente a ellas los propietarios deben actuar también con rapidez: “Hay que actuar con calma y agilizar el proceso de denuncia para que no se empeore la situación con el paso de tiempo. Cuanto antes actúes con esta situación, antes verás los resultados y a los okupas fuera de tu vivienda”, aconsejan desde Housfy. En estos casos puede ser complicado determinar cuándo entraron los okupas, no obstante, los abogados señalan que lo ideal es poner la demanda judicial antes de que pasen 48 horas de la ocupación.
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Cómo evitar la ocupación
Para no llegar a estos extremos, se pueden tomar medidas que disuadan a los okupas a entrar en una vivienda, y una manera de hacerlo es “instalar medidas de seguridad, desde alarmas hasta cámaras de videovigilancia, pasando por rejas o puertas acorazadas”, señala María Chantal Nieto. También apela a la colaboración vecinal: “Hay que pedir a nuestros vecinos que nos avisen si detectan algo anormal”.
Otra medida es no dar pistas de que la vivienda está vacía, como “publicar en redes sociales que nos vamos de vacaciones” o dejar que la correspondencia se acumule en el buzón, apunta la portavoz de Marín & Mateo Abogados.
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