
Las personas con más de 52 años son uno de los grupos de edad con más dificultades para volver al mercado laboral tras un tiempo en situación de desempleo. En este contexto, las instituciones públicas contemplan un subsidio específico para impulsar su reinserción o, en su defecto, facilitar el acceso a la jubilación. Esta prestación, dotada con 480 euros mensuales, se puede compatibilizar con otros ingresos. Además, la gran ventaja de este desembolso es que los beneficiarios continúan cotizando para su futura pensión.
Este subsidio cuenta con una serie de requisitos muy concretos para evitar cualquier tipo de ilegalidad, puesto que el número de interesados se ha disparado en los últimos años. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado hace unos meses que más de 430.903 personas en situación de desempleo se benefician cada mes de esta prestación. Los trabajadores tienen que cumplir con una serie de cláusulas, como haber agotado el paro y tener 52 años cumplidos en el momento de acceder al subsidio.
Los potenciales beneficiarios también deben estar inscritos como demandantes de empleo y no pueden abandonar el país por motivos laborales en los primeros 12 meses de programa. Además, tienen que presentar de forma anual su declaración de la renta y no pueden superar el límite de ingresos percibidos, fijado en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La partida es compatible con otras prestaciones, aunque se consideran algunas excepciones.
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¿Cuáles son las incompatibilidades?
La ayuda para mayores de 52 años se puede compaginar hasta con un contrato a tiempo completo, siempre que este dure más de tres meses. En estos casos, la empresa completará la cuantía del subsidio hasta alcanzar el importe del salario correspondiente. Sin embargo, existen una serie de prestaciones que son incompatibles: el Ingreso Mínimo Vital (IMV), las Rentas Activas de Inserción (RAI) y las prestaciones por maternidad o paternidad.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación que nace para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de los recursos económicos para lidiar con las necesidades básicas. Esta partida se puede cobrar hasta alcanzar la edad de jubilación, pero las rentas no pueden superar los topes establecidos. Los beneficiarios de esta ayuda no pueden recibir el subsidio para mayores de 52 años, porque la suma final está por encima del 75% del SMI, un porcentaje que tras la última subida se fija en los 810 euros mensuales.
Lo mismo ocurre con la Renta Activa de Inserción (RAI), una prestación para desempleados de larga duración dotada con 451,92 euros mensuales. Esta asignación se puede cobrar durante un máximo de 11 meses. Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años tampoco pueden disfrutar al mismo tiempo de los permisos por maternidad o paternidad y deben comunicar cualquier renta inmobiliaria, plusvalía o ingreso por premios de lotería. Si la administración detecta que, en algún momento, las ganancias superan el límite establecido, es decir, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puede suspender la concesión del subsidio.
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