
La publicidad engañosa es aquella que, con la intención de maximizar las ventas y, en consecuencia, los beneficios, promete cualidades incomprobables, tergiversa la información o pregona como únicas las características de un producto que, en realidad, se puede encontrar sin complicaciones en el mercado.
Estos anuncios, en definitiva, incluyen datos falsos o escondidos. Las empresas utilizan este tipo de spots en más ocasiones de las que deberían y las entidades financieras no iban a ser menos. Por eso, el Banco de España ha publicado una batería de recomendaciones para que los clientes se fijen en la letra pequeña de las promociones antes de caer en posibles estafas.
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La publicidad de los bancos
Los anuncios se consolidan cada año que pasa como una pieza fundamental para la comercialización de productos y servicios financieros. Muchas veces, los carteles, vídeos y folletos son la primera toma de contacto entre una entidad bancaria y su potencial clientela. Las compañías recurren de forma habitual a las campañas publicitarias para dar visibilidad a sus productos y animar a los consumidores a contratar sus servicios: desde las hipotecas y préstamos, hasta las cajas de seguridad o el asesoramiento financiero.
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La información que transmiten los eslóganes y mensajes publicitarios suele tener un gran impacto en las expectativas de la población. Muchas veces, esos datos son útiles y decisivos, porque permiten a los usuarios escoger el producto que más se adapta a sus necesidades. El Banco de España recomienda fijarse en la letra pequeña, comparar bien las ofertas y activar los cinco sentidos para no sucumbir a los intereses de un mercado cada vez más complejo.
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El Banco de España, entre otras funciones, se encarga de controlar y supervisar la publicidad de los productos y servicios bancarios para garantizar que los clientes reciben una información clara, suficiente y no engañosa. El organismo aconseja leer con detenimiento todas las cláusulas de los anuncios, pero, sobre todo, prestar atención a los siguientes aspectos:
- Las características fundamentales del producto: plazos, importes, tipos de interés, comisiones y demás gastos asociados.
- La TAE, indicador que puede servir para comparar ofertas con iguales o distintas características. Esta marca tiene que aparecer resaltada.
- La entidad que ofrece el producto.
- La vigencia de la campaña publicitaria.
- Las condiciones especiales que puede requerir la entidad para contratar el producto, como por ejemplo, tener una determinada edad o ser cliente nuevo.
- La obligación de contratar otros productos complementarios además del que realmente pueda interesarle al usuario.
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