
El Tribunal Constitucional ha establecido que obligar a practicar un aborto en una comunidad autónoma distinta a la de residencia vulnera los derechos fundamentales de la mujer.
Fuentes jurídicas informan de que la Sala Primera ha concedido por unanimidad el amparo a una mujer por apreciar que el Servicio Murciano de Salud, al derivar a la demandante a un centro sanitario privado en Madrid, ha vulnerado el derecho de configuración legal de la mujer a la interrupción del embarazo, que forma parte de su derecho fundamental a la integridad física y moral.
PUBLICIDAD
Te puede interesar: Los tres errores de Feijóo con las leyes en ‘El Hormiguero’: así falló hablando de la ley trans, el aborto y la eutanasia
La sentencia del tribunal autonómico consideró justificada esta decisión del Servicio Murciano de Salud porque ningún facultativo de la Región de Murcia había pedido practicar abortos.
PUBLICIDAD
Pero el Constitucional entiende que esta circunstancia no puede eximir a los facultativos de la sanidad pública murciana o de los centros vinculados a ella de practicar la interrupción voluntaria del embarazo en los casos legalmente previstos.
El tribunal sostiene que tal exención solo hubiera sido posible si todos estos profesionales hubieran ejercido su derecho a la objeción de conciencia conforme establece la ley, lo que les hubiera exigido ejercer este derecho individualmente, de forma anticipada y por escrito, lo que en el caso enjuiciado no quedó acreditado.
PUBLICIDAD
Los magistrados recuerdan que la previsión legal que garantiza que el aborto ha de efectuarse en los centros de la red sanitaria pública de la propia comunidad autónoma, salvo en los supuestos excepcionales en los que el servicio público de salud no la pueda facilitar por una objeción de conciencia generalizada, constituye una garantía de que la interrupción del embarazo se efectúa conforme a las exigencias constitucionales.
Con ello se trata de salvaguardar “que la mujer que va a interrumpir el embarazo, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad física y emocional, no salga de su entorno habitual y pueda contar con los apoyos de sus allegados para hacer frente a esta difícil situación del modo menos traumático posible”.
PUBLICIDAD
Por ello, considera que el Servicio Murciano de Salud, al derivar a la mujer a un centro sanitario privado de Madrid para practicar el aborto sin haber aducido ningún motivo excepcional, ha vulnerado su derecho a la interrupción del embarazo que forma parte de su derecho fundamental a la integridad física y moral.
Seguir leyendo:
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
La princesa Elisabeth de Bélgica deslumbra en su debut ante los emperadores de Japón: rescata la única tiara que su madre podía usar antes de ser reina
La joven ha elegido la tiara de corona de laurel de Bravante para estrenarse en un evento de estas características

Cómo hacer espaguetis con atún, calabacín y limón: una receta mediterránea en menos de media hora
Este plato es una solución rápida para el día a día o como alternativa culinaria durante los meses de verano

Por dónde suelen entrar las cucarachas a casa: todo lo que necesitas saber para evitar plagas este verano
Es importante repelerlas, ya que se asocian a la suciedad y pueden transmitir enfermedades

Los Javis preparan ‘Las Vecinas’, una nueva serie para Atresplayer que recuerda al célebre conflicto de las vecinas de Valencia
La nueva serie de Suma Content toma como punto de partida una situación similar: dos vecinas enfrentadas desde hace más de una década

Sánchez comparece al fin en el Congreso para responder por la catarata de casos de corrupción que apuntan al PSOE y al Gobierno y encajando todavía la condena a Ábalos
El presidente se sube al estrado este miércoles por tiempo ilimitado con más frentes de los que tenía cuando solicitó esta sesión hace ya cerca de un mes
