Irene Montero quiere crear un registro de médicos que se declaren objetores de conciencia y rechacen practicar abortos en los hospitales públicos de España

La nueva norma entra en fase de consulta pública el día que se conoce que el número de interrupciones voluntarias de embarazo se redujo casi el 11% durante 2020

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La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una imagen de archivo durante un acto en Madrid, (España). Europa Press
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una imagen de archivo durante un acto en Madrid, (España). Europa Press

La reforma de la Ley del Aborto que prepara el Gobierno promete convertirse en un nuevo escenario de fricciones no sólo con la oposición, los médicos y la Iglesia, sino dentro del mismo Ejecutivo. El Ministerio de Igualdad, que dirige Irene Montero, de Podemos, quiere que la nueva norma incluya la creación de un registro de objetores de conciencia. Esto choca frontalmente con las tesis de la ministra de Sanidad, Carolina Darias, del PSOE, que ya ha manifestado que, por su parte, no tiene “ninguna intención” de modificar la regulación a la objeción de conciencia de los médicos frente al aborto.

La nueva normativa -sobre la que ambos ministerios tienen poder de decisión y que la ley vigente desde 2010- se somete desde hoy a consulta pública para que se puedan presentar las alegaciones que se consideren oportunas antes de llevarla al Parlamento.

El debate surge en paralelo a un caso polémico en el Hospital Clínico de Madrid. Una mujer ha denunciado que pese a que su feto era inviable y su vida corría peligro, los médicos se negaron a practicarle un aborto. Todos los médicos del centro objetaron. Ella estaba en la 17 semana de gestación.

En España el aborto es libre dentro de las 14 primeras semanas de gestación. La mujer no tiene que alegar motivo alguno. Este plazo se puede ampliar hasta la semana 22 en determinados casos: grave riesgo para la vida o salud de la embarazada, anomalías graves en el feto o anomalías fetales incompatibles con la vida, por ejemplo.

Uno de los aspectos que más controversia ha creado la reforma legal propuesta por el Ministerio de Irene Montero es el de crear un registro confidencial y protegido de médicos objetores de conciencia que rechacen practicar abortos.

Esta decisión se sostiene en los datos que precisamente se han conocido hoy sobre el aborto en España. El Ministerio de Sanidad ha presentado el informe relativo a 2020, en el que se indica que el número de interrupciones voluntarias de embarazos se redujo casi un 11% (el 10,9%, concretamente) respecto al año anterior. Pero la clave de ese informe que sostiene el argumento de Igualdad se encuentra en el hecho de que el 87,25% de los abortos se realizó en centros extra hospitalario: un 9,21%, públicos, y un 78,04%, privados. El informe de Sanidad indica, en esta misma línea, que el 6,28% de las IVE se llevó a cabo en hospitales públicos.

Irene Montero, ministra de Igualdad, de Podemos, prepara una reforma de la Ley del Aborto. EFE/Juan Carlos Hidalgo
Irene Montero, ministra de Igualdad, de Podemos, prepara una reforma de la Ley del Aborto. EFE/Juan Carlos Hidalgo

Toni Morillas, directora del Instituto de la Mujer, dependiente del Ministerio de Igualdad, considera que la objeción de conciencia en España se practica de forma inadecuada, ya que aduciendo cuestiones morales “el derecho humano al aborto se obstaculiza”. Esto, según Morillas, provoca que el aborto no se considere “una prestación más” del Servicio Nacional de Salud, sino “una práctica que genera estigma” al tener que realizarse en centros extra hospitalarios.

Como en la Ley de Eutanasia

Igualdad defiende que el modelo que seguirá es el de la Ley de Eutanasia, aprobada la pasada primavera. El artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, que regula el derecho a la muerte digna, establece, por un lado, que “los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia. El rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia es una decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización, la cual deberá manifestarse anticipadamente y por escrito”.

En segundo término, esta norma añade: “Las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir. El registro se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal”.

A este segundo punto es al que se agarra Igualdad para plantear este registro de médicos objetores contra el aborto.

Además, Igualdad alega que si bien la Ley de 2010 ya establece el derecho individual de los médicos a la objeción de conciencia ante el aborto, también dice que esta posición se debe comunicar previamente y por escrito. Sin embargo, actualmente no queda constancia de las objeciones declaradas.

Esto ha llevado, de facto, a que en varias provincias españolas no se hayan realizado abortos en el sistema público de salud. El texto de la consulta pública iniciada hoy por Igualdad sobre la norma señala que “de la comparativa de los informes anuales publicados entre 1988 y 2018, se extrae que hay ocho provincias en las que no se han practicado interrupciones voluntarias del embarazo. Estos datos indican que existe un problema en relación con la garantía de accesibilidad, gratuidad y equidad territorial en relación a la interrupción voluntaria del embarazo”.

Situaciones de acoso

Además, considera que “las situaciones de acoso que se vienen sucediendo en las clínicas en las que se realizan interrupciones voluntarias del embarazo ponen en riesgo la integridad física y moral tanto de las mujeres que acuden a ejercer su derecho, como de las y los profesionales que lo garantizan”. Por ello Igualdad defiende que “es necesario garantizar la intimidad de las mujeres, su integridad física y moral y su derecho a la libre circulación”.

Por todo ello, la ley prevé trasladar a la Universidad el debate, de tal forma que se incluya en la formación de los futuros médicos el aprendizaje de la importancia que tiene la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que, considera, es aún un estigma en la sociedad.

Una de las cuestiones más espinosas estriba en la edad a partir de la cual se autoriza la interrupción del embarazo. El Ministerio afirma que la legislación actual “restringe la capacidad de decisión sobre la interrupción voluntaria del embarazo de las mujeres de 16 y 17 años”.

Los últimos datos de Sanidad revelan que los abortos en mujeres de 19 o menos años supusieron en 2020 el 7,41% del total. En 2011 representaban el 13,68% del total.

Ante la reforma puesta en marcha por Igualdad, la Iglesia ha mostrado su rechazo, y varios obispos han considerado ya que la propuesta de un registro de objetores de conciencia “atenta contra la libertad de la persona”. Así, el arzobispo de Santiago de Compostela, Julián Barrio, ha defendido poco antes de entrar a la reunión de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española celebrada hoy que “la libertad de conciencia es algo que hay que respetar siempre”, informa Europa Press.