
El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, de Santa Ana, condenó a F. A. M. M. a 16 años y cuatro meses de prisión por el delito de violación agravada en modalidad continuada y amenazas.
La sentencia también incluye el pago de 20 salarios mínimos del sector comercio y servicio por el delito de expresiones de violencia contra la mujer.
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Según la información difundida por Centros Judiciales El Salvador, el procesado ejercía violencia psicológica y obligaba a la víctima a mantener relaciones sexuales con varias personas, además de agredirla verbalmente y amenazarla de muerte.
De acuerdo con el expediente judicial, la víctima inició una relación sentimental con el imputado en 2017. Dos años después, ambos contrajeron matrimonio y se trasladaron a San Salvador. Durante ese periodo, el agresor forzó a la mujer a sostener relaciones sexuales con terceros, hechos que ocurrieron en repetidas ocasiones. Para 2020, la pareja se mudó a una zona rural del distrito de San Francisco Menéndez, en Ahuachapán Sur. En ese lugar, la violencia psicológica se intensificó. La víctima, embarazada en ese momento, fue forzada nuevamente a mantener relaciones sexuales aun cuando presentaba condiciones de salud desfavorables.
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El tribunal determinó que las amenazas de muerte y las expresiones denigrantes fueron parte de la dinámica de control ejercida por F. A. M. M.. En septiembre de 2024, la afectada interpuso una denuncia formal ante las autoridades, lo que motivó la intervención del juzgado especializado. Según el fallo, la condena también incluyó una sanción civil y la obligación de pagar los salarios mínimos mencionados como reparación por el daño causado. Las autoridades informaron que el condenado permanece prófugo, pero una vez capturado deberá cumplir la totalidad de la pena impuesta.
El Código Penal salvadoreño establece penas severas para los delitos de violación, amenazas y violencia contra la mujer. Según el artículo 158 del Código Penal, “el que mediante violencia tuviere acceso carnal por vía vaginal o anal con otra persona, será sancionado con prisión de seis a diez años”. Cuando la víctima es menor de quince años, o se encuentra en situación de incapacidad, la pena se eleva a un rango de catorce a veinte años de prisión, conforme al artículo 159.
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En materia de amenazas, la legislación distingue entre amenazas leves y agravadas. Si la amenaza se ejerce en el contexto de violencia de género, el castigo puede alcanzar hasta tres años de prisión, dependiendo de la gravedad y de si la amenaza fue acompañada por el uso de armas o instrumentos peligrosos. Para la violencia psicológica o física contra la mujer, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y la Ley Contra la Violencia Intrafamiliar contemplan penas que incluyen prisión, multas y la imposición de medidas de protección para la víctima.

Estas leyes reconocen diversas formas de violencia, tanto física como psicológica o sexual, y establecen un marco normativo para proteger a las mujeres en contextos familiares y de pareja. La legislación salvadoreña tipifica como violencia sexual cualquier acción que obligue a una persona a mantener contactos físicos o verbales de naturaleza sexual mediante fuerza, intimidación, coerción o amenaza, incluso si se obliga a la víctima a realizar estos actos con terceras personas.
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El caso juzgado por el tribunal de Santa Ana refleja la aplicación estricta de las normas penales y de protección en El Salvador. El proceso judicial incluyó la imposición de penas privativas de libertad, sanciones económicas y la emisión de una condena civil. El tribunal advirtió que la pena se hará efectiva apenas el condenado sea capturado, en cumplimiento de lo establecido por la legislación vigente.
La sentencia pone de manifiesto el marco legal y las herramientas institucionales con que cuenta el país para sancionar delitos de violencia contra la mujer, y refuerza la obligación de los tribunales de garantizar la protección y reparación integral para las víctimas de este tipo de crímenes.
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