La Ciudad ya devolvió más de $50.000 millones por Ingresos Brutos: quiénes pueden pedir el reintegro y cómo hacerlo

El mecanismo exprés alcanzó a 31.000 contribuyentes porteños. La gestión se realiza de manera online y también existe la posibilidad de compensar acreencias con otras obligaciones tributarias

AGIP
La devolución exprés de AGIP alcanzó a 31.000 contribuyentes y superó los $50.000 millones
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La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ya devolvió más de $50.000 millones a 31.000 contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires mediante el sistema de devolución exprés de Saldos a Favor (SAF) originados en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El procedimiento permite que trabajadores, comercios, PyMEs y otros contribuyentes que acumularon saldos a favor puedan solicitar su devolución de manera online. La AGIP actualizó el mecanismo y elevó progresivamente el monto máximo habilitado para acceder a esta modalidad, que pasó de $2 millones a $15 millones.

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El ministro de Hacienda y Finanzas porteño, Gustavo Arengo, destacó la medida en su cuenta de X y la enmarcó dentro de la política tributaria de la administración porteña. “En la Ciudad de Buenos Aires seguimos impulsando una agenda de alivio fiscal y simplificación tributaria”, señaló.

El funcionario indicó que la devolución exprés implementada por la gestión de Jorge Macri ya permitió devolver $50.000 millones a 31.000 contribuyentes y remarcó el cambio respecto del procedimiento anterior. “Un trámite que antes demoraba tres meses y era presencial, ahora se resuelve a través de AGIP en apenas 48 horas y de manera 100% online”, escribió Arengo. Y agregó: “Cada vez más trabajadores, comercios y PyMEs de la Ciudad pueden recuperar sus saldos a favor de manera ágil y eficiente”.

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Antes de la modificación, el trámite podía demorar hasta tres meses y requería gestiones presenciales. Con el nuevo procedimiento, la solicitud se realiza de manera 100% online y autogestiva a través de la Nueva Cuenta Corriente Tributaria.

El trámite se resuelve en 48 horas, mientras que la información correspondiente al procedimiento establece una acreditación de los fondos de hasta 96 horas hábiles. El sistema realiza en línea los controles necesarios para determinar si el contribuyente cumple con las condiciones exigidas.

tuit de Gustavo Arengo
El ministro de Hacienda y Finanzas porteño, Gustavo Arengo, destacó la medida en su cuenta de X y la enmarcó dentro de la política tributaria de la administración porteña

La ampliación del límite hasta los $15 millones extendió el alcance de la devolución exprés a un universo mayor de contribuyentes. El sistema cuenta además con una interfaz diseñada para completar la gestión en pocos pasos.

Quiénes pueden pedir la devolución de saldos a favor

Para acceder a la devolución exprés de Saldos a Favor de Ingresos Brutos, el monto acumulado debe ser menor o igual a $15 millones. Sin embargo, ese no es el único requisito que establece el procedimiento.

  • El contribuyente debe tener presentadas todas las Declaraciones Juradas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y no puede registrar deuda judicial. Tampoco debe tener deuda como Agente de Recaudación, incluidas las multas.
  • Entre las condiciones también figura no revestir el carácter de concursado o fallido y no registrar un cargo de fiscalización abierto.
  • A su vez, el solicitante no puede estar adherido a planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.
  • Otro requisito establece que el contribuyente no debe estar inscripto en los distintos Distritos Económicos o Regímenes de Promoción Económica vigentes.
  • También existe una limitación temporal: para utilizar el procedimiento exprés, el contribuyente no debe haber obtenido otra devolución de SAF durante los 90 días anteriores.
  • Además, no puede registrar deuda administrativa correspondiente a impuestos recaudados por AGIP.

Si bien el proceso de devolución funciona de manera automática, la administración puede efectuar controles destinados a verificar el saldo declarado.

Cómo pedir la devolución exprés de Ingresos Brutos

La solicitud comienza con el ingreso a través de la cuenta miBA. Una vez allí, el contribuyente debe seleccionar el servicio “Cuenta Corriente Tributaria”.

  1. Dentro de la Nueva Cuenta Corriente Tributaria debe dirigirse al menú “Operaciones” y elegir la opción “Devolución SAF”. La funcionalidad también está disponible desde el dashboard.
  2. A partir de ese momento, el sistema realiza en línea los controles de los requisitos necesarios para acceder al procedimiento. Si detecta inconsistencias, las informa para que el contribuyente pueda subsanarlas y generar nuevamente la solicitud. En esos casos también permanece disponible el procedimiento regular mediante TAD (Trámite a Distancia).
  3. Una vez superados los controles, el contribuyente puede visualizar el detalle del saldo disponible para devolución.
  4. El siguiente paso consiste en informar el CBU de una cuenta bancaria en pesos en la que se depositarán los fondos.
  5. El sistema valida en línea que el titular de esa cuenta sea el responsable del tributo o su representante legal.
  6. Después, el usuario debe revisar que la información correspondiente sea correcta y confirmar la operación.
  7. Al finalizar, el sistema genera un comprobante del trámite, que queda disponible para descargar.

Pago de otros impuestos

La devolución de dinero no es la única alternativa disponible para quienes acumularon un saldo a favor de Ingresos Brutos. A este sistema se sumó la compensación de Saldos a Favor entre impuestos, que permite utilizar ese crédito para cancelar otras obligaciones tributarias.

AGIP
El monto máximo para acceder al mecanismo exprés se amplió de $2 millones a $15 millones

La herramienta comenzó a funcionar en mayo de 2025 y permite aplicar un SAF originado en Ingresos Brutos para cancelar deudas correspondientes a Inmobiliario/ABL, Patentes o al propio Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Desde su implementación se concretaron más de 380.000 operaciones por un monto cercano a los $100.000 millones.

La funcionalidad está disponible dentro de la Nueva Cuenta Corriente Tributaria y alcanza a más de 234.000 contribuyentes.

A diferencia de la devolución exprés, en este caso no existe un límite de monto. El trámite tampoco exige requisitos previos, se realiza completamente online y el impacto de la compensación en el sistema es instantáneo.

Para utilizar la herramienta, el contribuyente debe iniciar sesión con su cuenta miBA e ingresar a la Nueva Cuenta Corriente Tributaria. Dentro del menú desplegable ubicado a la izquierda debe seleccionar “Operaciones” y luego “Compensar Saldos”.

El último paso consiste en elegir la deuda que se busca cancelar y el saldo disponible que se utilizará para compensarla. A partir de allí, el proceso se realiza automáticamente y el resultado impacta de manera instantánea en el sistema.

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