
Con la llegada de junio, los gobiernos provinciales comenzaron a confirmar el cronograma de pagos del medio aguinaldo para empleados estatales. Este ingreso adicional, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), debe ser abonado por ley antes del 30 de junio, aunque existe un período de gracia de hasta cuatro días hábiles que extiende ese plazo hasta el viernes 4 de julio de 2025.
En un escenario económico aún marcado por el ajuste fiscal y la caída del consumo, el cobro del aguinaldo representa un alivio para el bolsillo de los trabajadores estatales. En varias jurisdicciones, el pago se adelanta con el objetivo de incentivar el movimiento comercial previo al fin de semana largo del 17 de junio, lo que podría aportar dinamismo a las economías locales.
El cumplimiento con este beneficio también constituye una señal política importante para las gestiones provinciales, muchas de las cuales atraviesan restricciones presupuestarias. A pesar de las dificultades, la mayoría de los gobiernos confirmó que abonará el medio aguinaldo dentro del plazo legal, aunque algunas provincias aún no definieron oficialmente las fechas de pago.
Cronograma de pago, según cada jurisdicción
A continuación, el detalle de las fechas confirmadas por provincia:
Chaco: 13 y 14 de junio
El gobierno chaqueño anunció que el aguinaldo se acreditará el jueves 13 de junio para jubilados y el viernes 14 para los trabajadores activos de la administración pública provincial.
Tucumán: 12 y 13 de junio
En Tucumán, el cronograma se adelantó y comenzará el miércoles 12 de junio con los sectores de salud, seguridad y educación. El jueves 13 será el turno del resto de los trabajadores del Estado, incluyendo administración central y entes descentralizados.
Misiones: 19 de junio
El gobernador de Misiones confirmó que el aguinaldo se depositará el miércoles 19 de junio tanto para empleados públicos activos como para jubilados provinciales.
Salta: 15 de junio
En Salta, el pago se realizará el sábado 15 de junio. El anuncio oficial incluyó a toda la administración pública, con el objetivo de permitir que el medio aguinaldo impacte positivamente en el consumo local durante el fin de semana largo.
Jujuy: 24 y 25 de junio
El cronograma jujeño establece que el lunes 24 cobrarán los trabajadores de seguridad, salud y administración central, mientras que el martes 25 será el turno del personal de educación, justicia y organismos descentralizados.
Neuquén (municipales): 26 de junio
En el caso de la capital neuquina, la Municipalidad anunció que abonará el medio aguinaldo el miércoles 26 de junio. Aún no se confirmó si el gobierno provincial seguirá el mismo calendario.
Buenos Aires: entre el 23 y el 27 de junio
La provincia de Buenos Aires prevé completar el pago del aguinaldo durante la última semana del mes, entre el lunes 23 y el viernes 27 de junio. Según fuentes oficiales, el objetivo es que todos los empleados estatales cobren antes del 30, cumpliendo con los plazos establecidos por ley.
Tierra del Fuego: 25 de junio
El gobierno fueguino anunció que el pago del medio aguinaldo para los trabajadores estatales se realizará el martes 25 de junio. La medida alcanza a toda la administración pública provincial.
Santa Cruz: 28 de junio
Santa Cruz es hasta ahora una de las provincias que programó su cronograma más cerca del cierre del mes. El aguinaldo se pagará el viernes 28 de junio a los empleados públicos, jubilados y retirados de las fuerzas de seguridad.
Provincias sin confirmación oficial
Al 12 de junio, no habían informado fechas de pago del aguinaldo las provincias de Mendoza, San Juan, San Luis y Río Negro. En este último caso, se espera que el gobierno provincial defina el calendario tras concluir las discusiones paritarias.

Qué dice la ley sobre el aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario está regulado por la Ley 27.073, que establece que el pago debe efectuarse en dos cuotas anuales: la primera en junio y la segunda en diciembre. La normativa indica que la primera cuota debe abonarse antes del 30 de junio. En caso de no cumplirse con ese plazo, existe un margen legal de cuatro días hábiles adicionales.
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