Gobierno crea línea de crédito para que EPS paguen deudas pendientes con hospitales, clínicas y proveedores

La Resolución 002445 de 2026 permite créditos directos con recursos administrados por la ADRES. El dinero no llegará a las EPS, sino que será girado directamente a prestadores y proveedores por facturas conciliadas

El dinero no llegará a las EPS, sino que será girado directamente a prestadores y proveedores por facturas conciliadas | (FOTO:Honduduario)
El dinero no llegará a las EPS, sino que será girado directamente a prestadores y proveedores por facturas conciliadas | (FOTO:Honduduario)
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El Gobierno Nacional oficializó una línea de crédito directo para que las EPS puedan pagar obligaciones pendientes con hospitales, clínicas y proveedores de medicamentos y tecnologías en salud, como parte del plan de choque diseñado para atender problemas financieros del sistema.

La medida quedó establecida en la Resolución 002445 del 22 de octubre de 2026, expedida por el Ministerio de Salud.

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Según informó Blu Radio, el mecanismo utilizará recursos administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y estará dirigido a obligaciones relacionadas con medicamentos y procedimientos que fueron reportados como pendientes entre el 1 y el 20 de septiembre de 2026, pero que posteriormente fueron prestados, suministrados y facturados.

Un punto clave de la resolución es que el dinero no será entregado directamente a las EPS. La ADRES realizará los giros a hospitales, clínicas y proveedores después de que las respectivas facturas hayan sido conciliadas y reconocidas entre las partes.

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Cuatro fajos de billetes de pesos colombianos dispuestos en fila con una lupa metálica sobre uno de ellos.
Una lupa reposa sobre fajos de billetes de distintas denominaciones del Banco de la República de Colombia. (Imagen Ilustrativa Infobae)

¿Qué EPS podrán solicitar los créditos?

La línea estará disponible para EPS tanto del régimen contributivo como del subsidiado que hayan reportado servicios, procedimientos o medicamentos pendientes durante el periodo establecido.

Sin embargo, quedarán excluidas las entidades que se encuentren bajo intervención forzosa administrativa para liquidar o aquellas que hayan solicitado voluntariamente su retiro del sistema de aseguramiento.

Cada EPS podrá recibir un único crédito, aunque el desembolso podrá realizarse en uno o varios giros hasta completar el cupo aprobado.

El Ministerio de Salud será responsable de establecer la viabilidad y el monto total disponible para el mecanismo, mientras la ADRES determinará cuánto podrá recibir cada EPS, teniendo en cuenta los pendientes reportados y la valoración de los servicios y tecnologías incluidos.

La resolución también establece condiciones financieras específicas.

Los créditos tendrán una tasa equivalente a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), sin puntos porcentuales adicionales.

Las EPS podrán solicitar un periodo de gracia de hasta 12 meses y, una vez termine ese plazo, tendrán hasta otros 12 meses para cancelar el capital en cuotas mensuales.

Los intereses comenzarán a causarse desde cada desembolso, incluido el periodo de gracia.

En caso de mora, se aplicará la tasa prevista para obligaciones tributarias administradas por la DIAN.

Foto de archivo. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambios, en Bogotá, Colombia, julio 11, 2022. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambios, en Bogotá, Colombia, julio 11, 2022. REUTERS/Luisa González

ADRES podrá descontar cuotas directamente

El Gobierno incluyó varias garantías para recuperar los recursos públicos destinados a la línea.

Entre ellas está la autorización para que la ADRES descuente las cuotas de los recursos que posteriormente deba reconocer a las EPS.

También se exigirá un pagaré como respaldo y podrá solicitarse anticipadamente el pago total de la deuda si la entidad incumple sus compromisos o entra en proceso de liquidación.

Las EPS que utilicen el mecanismo deberán además suscribir convenios de desempeño con el Ministerio de Salud y la ADRES.

Esos acuerdos incluirán compromisos para utilizar los recursos exclusivamente en las obligaciones autorizadas, entregar información sobre el avance de los pagos y actualizar sus estados financieros.

Las entidades tampoco podrán exigir a hospitales, clínicas o proveedores descuentos, condonaciones u otras contraprestaciones a cambio de cancelar las facturas mediante esta línea.

Solicitudes podrán presentarse hasta febrero de 2027

La resolución establece como fecha límite el 28 de febrero de 2027 para que las EPS presenten solicitudes de utilización del cupo.

El plazo para pedir los desembolsos vencerá el 31 de marzo de 2027, o antes si se agotan los recursos disponibles.

Finalmente, el Ministerio de Salud, la ADRES y la Superintendencia Nacional de Salud crearán una Mesa de Seguimiento para revisar la evolución de los servicios y medicamentos reportados como pendientes y verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos.

La vigilancia también cubrirá a las EPS que decidan no utilizar el crédito, con el propósito de determinar si persisten obligaciones pendientes y trasladar eventuales incumplimientos a la Superintendencia para las actuaciones correspondientes.

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