
La familia de Luz Mery Tristán se pronunció luego de que el Tribunal Superior de Cali confirmara la responsabilidad penal de Andrés Gustavo Ricci García por el feminicidio agravado de la excampeona mundial de patinaje y fijara la condena en 41 años y 8 meses de prisión.
A través de un comunicado, los familiares de la deportista aseguraron que la decisión representa un respiro después de más de tres años de un proceso judicial que calificaron como difícil y desgastante. También agradecieron a quienes los acompañaron durante el proceso y pidieron que la memoria de Tristán sea recordada por su trayectoria y por su vida.
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Familia de Luz Mery Tristán reaccionó al fallo
“Como familia de Luz Mery Tristán, recibimos la decisión del Tribunal Superior de Cali de mantener la condena por feminicidio agravado”, señalaron Valeria, Andrés Felipe, Valentina, Mario y Giancarlo Valencia Tristán, al inicio del comunicado.
Los familiares explicaron que durante los últimos tres años han enfrentado un proceso judicial marcado por el dolor de la pérdida de la deportista. Para ellos, la decisión del Tribunal no modifica la ausencia de su madre, pero sí representa un momento de alivio después del recorrido judicial.
“Esta decisión no cambia nuestra pérdida ni disminuye el dolor por la ausencia de nuestra mamá, pero sí representa un respiro después de un camino profundamente desgastante”, afirmaron.
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La familia también se refirió a la decisión de mantener la calificación jurídica de feminicidio agravado, al considerar que este aspecto del fallo reconoce judicialmente las circunstancias por las que atravesó Luz Mery Tristán.
“Para nosotros es importante que la justicia haya reconocido lo ocurrido y que se haya mantenido la calificación de feminicidio”, expresaron.
En el comunicado, los familiares agradecieron a la Fiscalía General de la Nación, al abogado que los acompañó como representantes de las víctimas y a los amigos y personas que permanecieron cerca de ellos durante el proceso.

La familia pidió recordar a la deportista por su trayectoria
En su comunicado, los familiares de Luz Mery Tristán también se refirieron a la forma en que esperan que sea recordada la deportista.
“Seguimos siendo una familia profundamente golpeada por la ausencia de nuestra mamá”, señalaron, al tiempo que explicaron que la decisión judicial les permite cerrar una etapa del proceso y comenzar a vivir el duelo con mayor intimidad.
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La familia pidió que la historia de la excampeona mundial de patinaje no quede asociada únicamente con las circunstancias de su muerte.
“Deseamos que Colombia recuerde a Luz Mery no por cómo murió, sino por cómo vivió: una mujer extraordinaria, madre, deportista, empresaria y pionera del patinaje colombiano”, manifestaron.
Los familiares también expresaron su deseo de que el caso contribuya a que ninguna mujer víctima de violencia sea ignorada.
Tribunal Superior de Cali mantuvo la condena por feminicidio agravado
El pronunciamiento de la familia se conoció después de la decisión de segunda instancia del Tribunal Superior de Cali, que confirmó la responsabilidad de Andrés Gustavo Ricci García por el feminicidio agravado de Luz Mery Tristán.
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La deportista fue asesinada entre el 4 y el 5 de agosto de 2023 en Cali, de acuerdo con la información judicial proporcionada sobre el caso.
La condena de primera instancia había sido dictada en marzo de 2025, cuando un juez impuso a Ricci García una pena de 45 años y 9 meses de prisión. Tras la apelación, el Tribunal modificó la sanción y estableció una pena final de 41 años y 8 meses de prisión, según la información suministrada para esta nota.
La modificación estuvo relacionada con el delito de porte ilegal de armas. De acuerdo con la información de la Fiscalía, el Tribunal excluyó esa conducta de la condena debido a que Ricci García contaba con los permisos correspondientes para las armas registradas a su nombre.
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La decisión no modificó la responsabilidad por el feminicidio agravado, delito por el cual se mantuvo la condena.

Fiscalía había señalado un contexto de violencia
La Fiscalía informó que las pruebas recopiladas durante la investigación permitieron establecer que Ricci García había ejercido violencia física, verbal y psicológica contra su pareja antes de causarle la muerte.
Según el ente acusador, los hechos de violencia estuvieron relacionados con celos. La Fiscalía sostuvo que, posteriormente, el empresario causó la muerte de Tristán con un arma de fuego en la vivienda donde se encontraban.
El inmueble estaba ubicado en la comuna 19 de Cali, sobre la vía que conduce al cerro de Cristo Rey.
Después de los hechos, servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y de la Policía Metropolitana de Cali llegaron a la vivienda. De acuerdo con la Fiscalía, allí encontraron a Ricci García con un arma de fuego en la mano y el cuerpo de la víctima en una de las habitaciones.
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El Tribunal, al resolver la segunda instancia, mantuvo la responsabilidad por feminicidio agravado y descartó las hipótesis de la defensa relacionadas con un disparo accidental o un supuesto suicidio.
Según la información entregada sobre la decisión judicial, la Sala estableció que Ricci García actuó con dolo y que Luz Mery Tristán se encontraba en una situación de indefensión. El fallo también determinó que el procesado realizó varios disparos a través de la puerta de la habitación donde la deportista se había resguardado.

La condena y el estado del proceso judicial
Además de la pena de prisión, el Tribunal Superior de Cali mantuvo la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas durante 20 años.
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Ricci García permanece recluido en el pabellón de alta seguridad de la cárcel Picaleña, en Ibagué, Tolima, de acuerdo con la información proporcionada sobre el proceso.
La decisión de segunda instancia mantiene la condena por feminicidio agravado, mientras que la exclusión del delito relacionado con el porte de armas fue la modificación que incidió en la pena impuesta inicialmente.
Después del fallo del Tribunal Superior de Cali, la defensa puede acudir al recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia, instancia que deberá determinar si el recurso cumple los requisitos para ser estudiado.
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