El alto tribunal ordenó a Tatiana Franco emitir disculpas públicas a Lucía Tamayo dentro de los 20 días siguientes a la notificación de la sentencia, mediante una publicación en los perfiles de redes sociales de ‘Vos Podés’ durante un mes - crédito @derlithatamayo/Instagram
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la intimidad y a la propia imagen de Lucía Tamayo, tras estudiar la tutela que interpuso contra la periodista y presentadora Tatiana Franco Rengifo por una entrevista realizada para el pódcast Vos Podés.
La decisión, fechada el 10 de agosto de 2026 y divulgada posteriormente por Tamayo, revocó las decisiones adoptadas en las instancias anteriores y estableció varias órdenes dirigidas a Franco.
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El caso se originó en la entrevista que Tamayo concedió al programa en 2024, en la que relató aspectos de su vida y del proceso que afrontó después de ser víctima de un ataque con ácido en Bogotá.
De acuerdo con el documento de la Corte, la accionante sostuvo que sus derechos al buen nombre, la honra, la intimidad y la propia imagen fueron vulnerados por la grabación, publicación y difusión de la entrevista sin su consentimiento, además de afirmaciones realizadas posteriormente por Franco en plataformas digitales.
La Sala Sexta de Revisión, a cargo del expediente, estuvo integrada por los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Paola Andrea Meneses Mosquera y Vladimir Fernández Andrade, quien actuó como magistrado ponente.
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La Corte cuestionó las condiciones del consentimiento

Durante el análisis de la tutela, la Corte determinó que la controversia relacionada con la falta de consentimiento para la grabación, publicación y divulgación de la entrevista cumplía los requisitos para ser estudiada. En cambio, frente a otras pretensiones, como las relacionadas con el buen nombre, la honra y las solicitudes económicas, la Sala declaró improcedente la acción.
Aunque el episodio había sido eliminado posteriormente, el alto tribunal consideró necesario pronunciarse de fondo debido a que el contenido había permanecido público pese a la solicitud de Tamayo para que fuera retirado.
Tras su revisión y análisis, la Sala concluyó que existió una afectación de sus derechos fundamentales a la intimidad y a la propia imagen. En ese sentido, recordó que la libertad de expresión, opinión, información y prensa está protegida también cuando se ejerce mediante plataformas digitales y redes sociales.
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Sin embargo, precisó que ese ejercicio puede entrar en tensión con derechos fundamentales como la intimidad y la propia imagen. Asimismo, señaló la existencia de un vacío normativo relacionado con los creadores de contenido e influencers en Colombia.
En relación con el consentimiento, la Corte reiteró que terceros y el Estado solo pueden utilizar, publicar o gestionar información o datos íntimos cuando su titular haya otorgado autorización. También recordó que el consentimiento debe ser previo, libre e informado y, en principio, puede ser revocado.
Según la sentencia, Tamayo no habría tenido conocimiento pleno de las condiciones bajo las cuales sería difundida la entrevista. Entre los elementos analizados estuvieron las distintas modalidades de difusión, las plataformas en las que sería publicada, la existencia de monetización y las condiciones para retirar posteriormente el contenido.
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La Corte también señaló que la entrevista involucraba aspectos relacionados con la intimidad de Tamayo y exponía su imagen, además de haber alcanzado una amplia difusión en diferentes plataformas digitales.
Disculpas públicas y medidas de no repetición

Como parte de las medidas adoptadas, la Sala ordenó a Franco emitir disculpas públicas dentro de los 20 días siguientes a la notificación de la providencia. La publicación deberá hacerse en los perfiles de redes sociales de Vos Podés durante un mes y tendrá que reconocer que no se obtuvo el consentimiento previo, libre e informado de Tamayo.
La Corte también estableció una garantía de no repetición. Franco deberá abstenerse de volver a publicar el contenido relacionado con Tamayo, salvo que ella lo autorice. Además, deberá actuar con la debida diligencia frente a contenidos que involucren información íntima o privada y adoptar medidas razonables para garantizar el derecho de las entrevistadas a revocar su consentimiento.
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El fallo incluyó, además, un llamado al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y al Congreso de la República para que regulen los derechos y deberes de los creadores de contenido, influencers e intermediarios.
La propia Tamayo comunicó la decisión en sus redes sociales y explicó que, según la orden judicial, Franco deberá acatar la medida de no repetición, impidiéndole volver a publicar, divulgar, reproducir, compartir, alojar, distribuir, promocionar o monetizar la entrevista y contenidos derivados que involucren su historia personal, imagen, voz o datos sensibles.
La controversia alrededor de la entrevista

El conflicto se hizo público nuevamente en agosto de 2026, cuando Tamayo publicó en redes sociales un video en el que relató su experiencia durante y después de la entrevista. Según la información suministrada, la joven manifestó haber sufrido “maltrato, discriminación y clasismo” durante su paso por los estudios del pódcast.
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Tamayo también afirmó que, después de la publicación de la entrevista en diferentes canales, solicitó a Franco una parte de los ingresos derivados de la monetización, argumentando que atravesaba dificultades económicas. De acuerdo con su relato, la solicitud fue rechazada y posteriormente la entrevista fue retirada de las plataformas.
En otro video publicado el 19 de agosto, tras conocerse el fallo, Tamayo rechazó haber promovido campañas de odio contra Franco y señaló que su cuestionamiento estaba relacionado específicamente con la forma en que se manejó su participación en el programa: “Mi imagen fue utilizada con fines de lucro sin que se me hiciera firmar ningún consentimiento”, afirmó, sosteniendo al tiempo que solicitó un porcentaje de la monetización y que esperaba aportar pruebas sobre el beneficio económico obtenido con la difusión de su historia.
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Así fue lña reacción de Lucía Tamayo al fallo de la Corte Constitucional que amparó sus derechos a la intimidad y propia imagen tras entrevista en el pódcast 'Vos Podés' - crédito @derlithatamayo/Instagram
La joven agregó que no buscaba generar una nueva polémica y resumió su posición frente al proceso con la frase: “No busco polémica, solo justicia y dignidad”.
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