
La caída del dólar en Colombia redujo el valor en pesos de la visa de Estados Unidos y hoy el trámite de turismo y negocios B1/B2, cuyo arancel oficial sigue en 185 dólares, ronda los $695.000 por persona, un alivio para quienes planean viajar porque el pago se liquida con la tasa de cambio del día.
La Tasa Representativa del Mercado pasó de $4.409,15 a comienzos de 2025 a $3.646,58 al cierre de mayo de 2026, una baja de 17,3% en 16 meses. En junio y julio, además, el dólar tocó mínimos de $3.182, lo que habría llevado ese mismo trámite a cerca de $580.000.
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El arancel consular debe pagarse antes de programar cualquier cita y no cambia por la fluctuación cambiaria: lo que varía es su equivalente en moneda colombiana. Si la visa es aprobada, suele otorgarse con vigencia de hasta 10 años, aunque la duración final depende del criterio de las autoridades consulares.
Con la tasa de comienzos de 2025, los mismos 185 dólares habrían costado cerca de $815.000. La diferencia frente al valor actual es de casi $120.000, sin que el Gobierno de Estados Unidos haya modificado la tarifa base del documento.

El precio puede moverse de un día a otro porque depende directamente de la TRM vigente cuando se haga el pago. Al momento de su publicación y con la bolsa cerrada, la divisa estadounidense se ubicaba en $3.186 uno de los niveles más bajos observados en los últimos cinco años.
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Ese pago habilita el diligenciamiento del formulario DS-160, primer paso formal de la solicitud. También da acceso al sistema oficial para agendar las dos citas obligatorias: la toma de huellas y fotografía en el Centro de Atención al Solicitante y la entrevista consular en la embajada o consulado de Estados Unidos en Colombia.
Pagar el arancel no garantiza la aprobación de la visa. Si la solicitud es negada, el dinero no se devuelve, aun cuando el solicitante haya pagado en un momento favorable del mercado cambiario.
El ahorro por la baja del dólar podría reducirse si se aplica la Visa Integrity Fee, un cargo adicional de USD 250 anunciado en 2025 por el Departamento de Seguridad Nacional. Con esa tarifa, el costo total del trámite subiría a 435 dólares, equivalentes a cerca de $1.385.910, liquidada con la TRM del cierre de la jornada del jueves 30 de julio de 2026 que es de $3.186.
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La medida todavía no ha entrado en vigor porque el Gobierno estadounidense no ha reglamentado la forma en que se cobrará. Cuando lo haga, tanto ese cargo como el arancel tradicional seguirán siendo no reembolsables, incluso si la visa es rechazada en la entrevista.
De acuerdo con el Departamento de Estado, la tarifa de 185 dólares aplica a varias categorías de no inmigrante, entre ellas la B para visitantes por negocios, turismo o tratamiento médico; la C-1 para tránsito; la D para tripulantes de aerolíneas o barcos; la F para estudiantes académicos; la I para medios y periodistas; la J para visitantes de intercambio, con una excepción; la M para estudiantes vocacionales; la TN/TD para profesionales del tratado de libre comercio de América del Norte; y las T y U para víctimas de trata de personas o de actividad criminal.
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La excepción en la categoría J cubre a los solicitantes que participan en intercambios oficiales de educación y cultura patrocinados por el gobierno de Estados Unidos. En esos casos no hay tarifa.
El mismo organismo también publica una tarifa de 205 dólares para las categorías H de trabajadores temporales o aprendices; L de traslados entre compañías; O para personas con habilidades extraordinarias; P para atletas, artistas y animadores; Q para intercambio cultural internacional; y R para trabajadores religiosos.
Otras categorías tienen costos más altos. La visa para comerciantes o trabajadores australianos especializados cuesta 315 dólares, mientras que la visa de prometido o cónyuge de ciudadano estadounidense cuesta 265 dólares.
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En las tarifas de cruce de frontera, la tarjeta con vigencia de 10 años para mayores de 15 años cuesta 185 dólares y para menores de esa edad vale 15 dólares. El texto fuente calcula esos valores en alrededor de $601.620 y $60.000, respectivamente, con el tipo de cambio tomado para ese apartado.
También hay exenciones de pago para solicitantes de visas A, G, C-2, C-3, Otan y diplomáticas definidas en 22 CFR 41.26; para reemplazos de visas legibles por máquina cuando la original no fue adherida de forma adecuada o debe reemitirse sin culpa del solicitante; para personas exentas por acuerdos internacionales, incluidos miembros y personal de misiones de observación ante la sede de las Naciones Unidas y sus familiares inmediatos; para quienes viajan a prestar servicios de caridad según lo determinen los Servicios de Visas; para empleados del gobierno de Estados Unidos en viaje oficial; y para padres, hermanos, cónyuges o hijos de funcionarios estadounidenses muertos o heridos en cumplimiento del deber que viajan a funerales, entierros o visitas durante tratamiento de emergencia o convalecencia.
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