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Pablo Catatumbo, excomandante de las Farc, podría ser expulsado de la JEP: el tribunal le dio un ultimátum para que rinda su versión

La jurisdicción fijó el 4 de agosto de 2026 para que el exintegrante del grupo armado Farc entregué su declaración y, si persiste la omisión, podrá activar un trámite de condicionalidad que incluso sacaría al compareciente del sistema

Pablo Catatumbo confirmó que las Farc enviaron un mensaje de resistencia con el atentado fallido durante la posesión de Álvaro Uribe en 2002 - crédito Colprensa
La JEP documentó faltas procesales desde marzo tras aplazamientos, plazos vencidos y ausencia de reportes sobre la salud de Pablo Catatumbo - crédito Colprensa
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Pablo Catatumbo Torres Victoria, exintegrante del secretario de la extinta guerrilla de las Farc, estaría en riesgo de perder sus beneficios otorgados por la justicia transicional.

Según lo estableció la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en un documento revelado por La FM, el excomandante del Bloque Oriental del desaparecido grupo armado aún no ha comparecido ante el tribunal mencionado por su responsabilidad en los crímenes no amnistiables atribuidos a la antigua guerrilla durante el conflicto armado.

Para ello, el alto tribunal le dio plazo hasta el 4 de agosto de 2026 para entregar la respuesta completa a un cuestionario que sustituyó su versión voluntaria presencial.

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Auto JEP Pablo Catatumbo - crédito Captura de Pantalla X/La FM
Auto JEP Pablo Catatumbo - crédito Captura de Pantalla X/La FM

Si ese término vence sin cumplimiento, evaluará abrir un incidente de verificación del régimen de condicionalidad, el trámite que puede terminar incluso con su expulsión.

Se advertirá al compareciente que el incumplimiento de este nuevo término, al igual que la de las demás obligaciones contenidas en el Régimen de Condicionalidad, podrá dar lugar a la apertura de un incidente de verificación de incumplimiento del Régimen de Condicionalidad. Ello, en tanto la versión voluntaria constituye una actuación directamente relacionada con su deber de comparecencia y de aporte a la verdad plena ante esta Jurisdicción”, se lee en el fallo citado por el medio de comunicación.

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La advertencia se produjo en el marco del macrocaso 10, que investiga crímenes no amnistiables atribuidos a la antigua guerrilla durante el conflicto armado, entre los que se destacan los atentados al oleoducto Caño Limón-Coveñas, el “burrobomba” de 1996 en Sucre y el ataque al club El Nogal en Bogotá (2003).

El exjefe guerrillero, cuyo nombre es Jorge Torres Victoria, tiene 73 años, fue integrante del último secretariado de las Farc y excomandante del Bloque Oriental. Se sometió a la JEP, como deben hacerlo los firmantes del Acuerdo de Paz, a cambio de comparecer ante la magistratura, aportar verdad plena, atender diligencias judiciales y contribuir a la reparación de las víctimas.

Auto JEP Pablo Catatumbo - crédito Captura de Pantalla X/La FM
Auto JEP Pablo Catatumbo - crédito Captura de Pantalla X/La FM

Cronología de las ausencias de Catatumbo

La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP citó a Pablo Catatumbo el 9 de febrero de 2026 para rendir declaración individual los días 2 y 3 de marzo. Casi tres semanas después, su abogado pidió aplazar la diligencia al informar que su cliente había sufrido una caída.

La magistrada Marcela Giraldo ordenó entonces acreditar el estado de salud en un máximo de 15 días. El plazo venció sin respuesta, según un auto de 11 páginas citado por el medio, que dejó constancia de que ni Catatumbo ni su defensor, Orlando Bernal Morales, remitieron la información exigida.

El 15 de abril, la defensa presentó la historia clínica y una incapacidad médica con vencimiento el 14 de mayo. De acuerdo con el auto, ese nuevo plazo también expiró sin que el representante judicial informara sobre la evolución de salud del compareciente, por lo que la JEP reprogramó la diligencia para junio.

El atentado perpetrado con morteros buscaba asesinar al entonces presidente electo Uribe pero no alcanzó el Palacio de Nariño - crédito Colprensa
La JEP advirtió que Pablo Catatumbo puede perder los beneficios de la justicia transicional si no cumple en el macrocaso 10 - crédito Colprensa

Durante la instalación de esa audiencia, el 17 de junio, Bernal informó sobre un “deterioro” del estado de salud de Catatumbo por episodios de vértigo. Cinco días más tarde solicitó que Medicina Legal evaluara el “estado emocional y cognitivo actual” del excomandante para establecer si estaba en condiciones de afrontar jornadas judiciales prolongadas.

El 30 de junio, la Jurisdicción cambió la modalidad de la diligencia y resolvió que ya no debía comparecer presencialmente, sino contestar por escrito un cuestionario. Le concedió 10 días para responder y, al mismo tiempo, ordenó una evaluación psiquiátrica forense para determinar si sus condiciones de salud incidían en su capacidad de participar de manera efectiva en actuaciones judiciales; sin embargo, el exsenador no respondió a la solicitud.

Vencido el término concedido, el Despacho no recibió respuesta a la versión voluntaria del compareciente, ni comunicación alguna”, consignó el auto de la JEP revelado por La FM.

El 23 de julio, Bernal sostuvo que ni él ni su cliente habían recibido el formulario y dijo haber pedido su remisión. El despacho le respondió que el cuestionario estaba anexo a la comunicación y que además obraba en el expediente digital, al que el defensor tenía acceso y deber de consulta.

El fallo de la Jurisdicción Especial para la Paz ratificó su competencia solo sobre la presunta responsabilidad de exmiembros de las Farc-EP  - crédito Colprensa
La Jurisdicción cambió la diligencia presencial por un cuestionario escrito y ordenó una evaluación psiquiátrica forense con Medicina Legal - crédito Colprensa

La preocupación también fue expresada por el Instituto Interamericano de Responsabilidad Social y Derechos Humanos, una organización que representa a varias víctimas acreditadas en el macrocaso 10. La entidad pidió considerar un posible incumplimiento del régimen de condicionalidad ante la persistente falta de respuesta.

De hecho, la jurisdicción fue más severa con la actuación del defensor que con la del compareciente, ya que compulsó copias ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que investigue la conducta.

Pablo Catatumbo ya fue condenado por la primera sentencia de la JEP contra miembros del secretariado de las Farc - crédito REUTERS/Luisa Gonzalez
Pablo Catatumbo ya fue condenado por la primera sentencia de la JEP contra miembros del secretariado de las Farc - crédito REUTERS/Luisa Gonzalez

Vale mencionar que Pablo Catatumbo ya fue condenado por la primera sentencia de la JEP contra miembros del secretariado de las Farc, por más de 21 mil secuestros y crímenes asociados como torturas, desplazamientos forzados y violencia sexual.

La sanción prevé ocho años de participación en proyectos de desminado humanitario, búsqueda de desaparecidos, actos de memoria, reparación simbólica e iniciativas de organizaciones para reparar el daño causado.

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