
Desde el mes de julio, Colombia aplicará cuatro cambios laborales obligatorios que cierran la reducción de la jornada semanal y modifican el cálculo de salarios, recargos y horas extras: la jornada máxima ordinaria bajará de 44 a 42 horas, subirá el valor de la hora trabajada, el recargo por domingos y festivos pasará del 80% al 90% y el calendario sumará un nuevo día festivo.
La reducción semanal forma parte de la Ley 2101 de 2021, que ordenó un recorte gradual de la jornada laboral de 48 a 42 horas sin disminuir el salario de los trabajadores. El proceso avanzó en etapas sucesivas: pasó a 47 horas el 15 de julio de 2023, a 46 horas en 2024, a 44 horas en 2025 y ahora llega a su tramo final.
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La reducción definitiva de la jornada eleva el valor de la hora ordinaria

El primer cambio es la entrada en vigor de la jornada máxima de 42 horas semanales. Con esa modificación se cumple la meta fijada por la norma aprobada en 2021, que buscó reducir el tiempo de trabajo semanal sin recortar ingresos.
La consecuencia inmediata es que cada hora ordinaria tendrá un valor mayor. A partir de ahí se recalculan los pagos asociados al trabajo adicional y a las jornadas especiales.
El segundo cambio afecta las horas extras y los recargos nocturnos. Suben la hora nocturna, la hora extra diurna y la hora extra nocturna, porque todos esos conceptos se liquidan con base en la nueva hora ordinaria.
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El tercer ajuste corresponde al trabajo en domingos y festivos. Desde julio, el recargo legal aumenta del 80% al 90%, y ese incremento se suma a la nueva base derivada del mayor valor de la hora.
El nuevo festivo por la Virgen de Chiquinquirá se trasladó al lunes 13 de julio

El cuarto cambio es la incorporación de un nuevo festivo nacional por la celebración de la Virgen de Chiquinquirá. La conmemoración, que se realiza cada 9 de julio, se trasladará al lunes 13 de julio a partir de 2026.
Las empresas que deban operar ese día tendrán que reconocer el recargo correspondiente del 90%. Ese pago aplicará bajo las nuevas condiciones que ya regirán para el trabajo en festivos.
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En conjunto, las medidas reducen el tiempo de trabajo semanal y mejoran la remuneración de quienes laboran horas adicionales o prestan servicios en jornadas nocturnas, domingos y festivos. El cambio impacta de manera directa la liquidación salarial de millones de trabajadores en el país.
Cómo calcular las horas extras si se gana el salario mínimo

En Colombia, la hora ordinaria de trabajo para quienes ganan el salario mínimo valdrá $7.959 hasta el 14 de julio de 2026 y subirá a $8.338 desde el 15 de julio, porque la jornada máxima semanal bajará de 44 a 42 horas sin reducir la remuneración mensual.
El cambio no solo modifica el valor base de la hora ordinaria. También altera el cálculo de horas extra, recargos nocturnos y trabajo en domingos y festivos, ya que todos esos pagos se liquidan a partir de esa referencia.
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Para 2026, el salario mínimo fue fijado en $1.750.905 y el auxilio de transporte en $249.095, con un ingreso mensual cercano a $2.000.000 para quienes tienen derecho a ese beneficio. Ese auxilio, de todos modos, no entra en la base para calcular horas extra ni recargos.
La fórmula general es directa: el valor de la hora ordinaria resulta de dividir el salario mensual por las horas laborales del mes. En 2026, antes del 15 de julio, la cuenta se hace sobre 220 horas mensuales: $1.750.905 ÷ 220, lo que da $7.959 por hora.
Desde el 15 de julio, el mismo salario se dividirá entre 210 horas mensuales. De esa operación surge el nuevo valor de $8.338 por hora ordinaria.
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La razón del aumento es la reducción gradual de la jornada laboral. Como el trabajador mantiene el mismo salario y la cantidad de horas semanales disminuye, cada hora pasa a tener un valor más alto.
Ese dato responde la pregunta central sobre cuánto vale la hora de trabajo en 2026 para un empleado que recibe el mínimo: hasta mediados de julio, $7.959; desde la segunda quincena de ese mes, $8.338. Esa cifra es la base para liquidar pagos adicionales.
En 2026, la jornada nocturna laboral irá de 7:00 p. m. a 6:00 a. m.. Ese tramo tendrá un recargo del 35% sobre el valor de la hora ordinaria.
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La modificación amplía el período con derecho a pago nocturno, porque antes ese recargo empezaba a las 9:00 p. m.. Para un trabajador con salario mínimo, tres horas nocturnas después del 15 de julio equivaldrán a $33.768, calculadas sobre una hora con recargo de $11.256.
Los ejemplos incluidos en el esquema de liquidación muestran cómo opera esa base en otros casos. Dos horas extra diurnas antes del 15 de julio darán $19.896, una hora extra nocturna desde el 15 de julio valdrá $14.591 y ocho horas ordinarias trabajadas en un festivo desde esa fecha sumarán $116.728.
El criterio de cálculo se mantiene en todos los casos: se usa el salario mensual, sin agregar el auxilio de transporte. Ese beneficio adicional solo aplica para quienes cumplen las condiciones legales, pero no forma parte de la base para liquidar recargos.
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