La SIC aclaró si es obligatorio cambiar los medidores de luz, agua y gas y si habrá cobros extra: qué dice el nuevo reglamento

Las directrices técnicas oficiales se limitan a nuevas instalaciones y reemplazos avalados, mientras otras autoridades supervisan el estado de los equipos en uso

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Una imagen dividida horizontalmente que muestra una estufa de gas natural con medidor a la izquierda y una estufa con un balón de gas rojo a la derecha.
Comparación visual entre una instalación de gas natural con medidor y una estufa alimentada por un balón de gas, mostrando las alternativas energéticas en las cocinas residenciales. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El 30 de junio de 2026, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia emitió un comunicado oficial para aclarar dudas y rumores sobre la supuesta obligatoriedad de cambiar de manera masiva los medidores de agua, energía eléctrica y gas en el país.

La entidad precisó que no existe ninguna orden para reemplazar de forma automática los equipos ya instalados en los hogares, tras molestias por parte de la ciudadanía por la circulación de información que sugería la existencia de una obligación generalizada de cambiar los medidores de agua, energía eléctrica y gas en Colombia.

En un comunicado fechado en Bogotá D. C. el 1 de julio de 2026, la SIC explicó que los nuevos reglamentos técnicos metrológicos se aplican a equipos nuevos, instalaciones iniciales y casos con fallas técnicas irreparables, conforme a la regulación vigente.

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La entidad indicó además que la aclaración surgió por inquietudes ciudadanas y por información que circuló sobre una supuesta obligación de sustituir los medidores ya instalados.

La SIC expidió estos reglamentos como autoridad nacional de metrología legal para garantizar estándares de precisión, confiabilidad y seguridad en los nuevos equipos.

La superintendencia explicó que la actualización metrológica busca asegurar precisión, confiabilidad y seguridad, y que solo cubre instrumentos recién comercializados, montajes iniciales y sustituciones cuando exista un daño técnico imposible de reparar - crédito SIC
La superintendencia explicó que la actualización metrológica busca asegurar precisión, confiabilidad y seguridad, y que solo cubre instrumentos recién comercializados, montajes iniciales y sustituciones cuando exista un daño técnico imposible de reparar - crédito SIC

La aplicación se limita a instrumentos que entren al mercado, a medidores que se instalen por primera vez y a reemplazos por fallas técnicas irreparables.

¿Cuándo entran en vigor los reglamentos?

De acuerdo con el comunicado oficial, el reglamento para medidores de energía eléctrica entró en vigor el 5 de enero de 2026.

El de agua comenzó a regir el 13 de marzo de 2026 y el de gas, el 19 de junio de 2026. Lo comunicado oficial coincide en que la vigencia corresponde a 2026 e incluye agua, energía eléctrica y gas.

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La SIC remarcó en su comunicado que los reglamentos no obligan a sustituir ni ordenan el reemplazo automático de los medidores actualmente instalados.

Qué no habilitan las nuevas normas

La Superintendencia también precisó, en información recogida por el comunicado oficial, que estas normas no imponen la instalación de medidores inteligentes.

Tampoco alteran las reglas tarifarias de los servicios públicos domiciliarios. En el comunicado oficial, la entidad señaló que “los programas de modernización, reposición tecnológica o cambio por vida útil que adelanten algunas empresas prestadoras corresponden a decisiones propias de dichos prestadores”.

La Superintendencia señaló que los reglamentos técnicos no obligan a instalar dispositivos avanzados ni modifican el esquema de cobro de los servicios públicos domiciliarios, y que su alcance se concentra en requisitos metrológicos - crédito SIC
La Superintendencia señaló que los reglamentos técnicos no obligan a instalar dispositivos avanzados ni modifican el esquema de cobro de los servicios públicos domiciliarios, y que su alcance se concentra en requisitos metrológicos - crédito SIC

La misma comunicación aclaró que esas medidas no nacen automáticamente de los reglamentos expedidos por la SIC.

Esa posición, al señalar que las compañías no pueden sustentar por sí solas un cambio de medidor en la expedición de las nuevas normas. La entidad también indicó en su comunicado que los nuevos equipos podrán ser evaluados por organismos técnicos especializados e independientes.

¿Quién controla los cambios y qué pueden hacer los usuarios?

Sobre los equipos que ya están en servicio, el comunicado oficial señaló que la vigilancia no queda en manos de la SIC.

Esa función corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), incluida la verificación del estado del medidor, la facturación de los consumos y los eventuales cambios de equipo.

En el comunicado oficial añadieron que la Superservicios debe supervisar que las empresas no incurran en abusos durante revisiones técnicas o sustituciones.

La infraestructura tendrá capacidad de 60 millones de pies cúbicos por día - crédito Colprensa
La entidad dijo que respondió a inquietudes ciudadanas por versiones sobre una sustitución general de equipos, y reiteró que no existe instrucción para recambiar los aparatos de medición que actualmente están funcionando - crédito Colprensa

La SIC recomendó a los usuarios pedir una explicación clara sobre la causa del cambio y no dar por sentado que las nuevas reglas invalidan el equipo actual. La entidad también indicó que los usuarios pueden presentar una queja si consideran que sus derechos fueron vulnerados. La SIC dejó claro que los reglamentos sobre equipos nuevos no bastan para imponer sustituciones en medidores ya instalados.

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