
El Juzgado 47 Penal Municipal de Medellín falló que la suspensión de la presentación del libro “El M-19: De la guerra a la política” en la Biblioteca Pública Piloto constituyó un acto de censura y una vulneración de los derechos fundamentales a la libertad de expresión, acceso a la información y participación política.
El 21 de abril de 2026, la biblioteca de Medellín tenía previsto realizar la presentación de obra del académico Jaime Rafael Nieto López. El evento contaba con la participación de panelistas invitados y la organización de la Editorial Desde Abajo.
Horas antes del lanzamiento, el alcalde Federico Gutiérrez hizo pública en su cuenta oficial de X la decisión de cancelar la actividad, afirmando que en Medellín “nunca tendrá espacio la apología al terrorismo” y señalando que el evento tenía un “carácter evidentemente político”.
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La cancelación se justificó por parte de la administración local bajo la Ley de Garantías, argumentando la supuesta existencia de proselitismo electoral. Sin embargo, según el juzgado, no se demostró que la actividad promoviera campaña política ni favoreciera a algún candidato. Además, el juez subrayó que las autoridades no presentaron pruebas objetivas que respaldaran su interpretación.

La tutela y el fallo judicial
El ciudadano Santiago Alarcón Serna interpuso una acción de tutela ante la suspensión del evento, al considerar que se trató de un acto de censura que afectó tanto a los asistentes como al autor, los panelistas y la editorial. En el fallo de 33 páginas, la jueza (e) Victoria Elena Buelvas Álvarez concluyó que la Alcaldía de Medellín y la Biblioteca Pública Piloto actuaron de manera desproporcionada y vulneraron derechos fundamentales.
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El juzgado analizó los argumentos presentados por las entidades accionadas, que defendieron su decisión apelando a la neutralidad institucional durante el calendario electoral y a la interpretación sobre el contenido del libro y la simbología utilizada. La jueza determinó que esas consideraciones fueron insuficientes y basadas en valoraciones subjetivas, no en hechos comprobados.
“Dicha conducta configuró un acto de censura al utilizar su posición de poder para ordenar la cancelación o impedir el normal desarrollo de un evento en el que se difundían ideas de interés público”, señala la decisión judicial según una cita de El Colombiano.
El fallo enfatiza que la Constitución colombiana prohíbe la censura previa, recordando la obligación de las autoridades de garantizar el ejercicio de derechos fundamentales.
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Realización del evento y afectaciones
Pese a la orden de suspensión, la presentación del libro sí se llevó a cabo el mismo día, gracias a la iniciativa de los asistentes. No obstante, la actividad se realizó sin el apoyo logístico de la administración y bajo presencia policial. El juzgado aclaró que el hecho de que el evento finalmente ocurriera no elimina la vulneración de derechos, ya que la actuación oficial alteró el desarrollo normal de la actividad y restringió el ejercicio de libertades constitucionales.
El despacho también señaló que el alcalde Federico Gutiérrez, al emitir su declaración y ordenar la cancelación, no solo ejerció su libertad de expresión, sino que lo hizo desde su posición como máxima autoridad administrativa, lo que produjo efectos directos sobre el evento público.
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Órdenes de reparación y difusión institucional
Como medida de reparación, el juzgado ordenó a la Alcaldía de Medellín y a la Biblioteca Pública Piloto emitir, en un plazo de 48 horas tras la notificación del fallo, una comunicación oficial en la que reconozcan que sus actuaciones vulneraron los derechos fundamentales del accionante, del autor Jaime Rafael Nieto López, de los panelistas Fredy Alexander Chaverra Colorado y José Miguel Sánchez, y de la Editorial Desde Abajo.
El comunicado deberá reafirmar el compromiso institucional con la libertad de expresión, la pluralidad de ideas y la prohibición de la censura, y difundirse por los mismos canales institucionales utilizados para divulgar la cancelación del evento. El juzgado no ordenó la realización de una nueva presentación oficial, ya que la actividad se efectuó en la fecha prevista, aunque sin apoyo administrativo.
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