
El impuesto de industria y comercio (ICA) es un gravamen de carácter municipal (o distrital) que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios realizada dentro de una jurisdicción específica, ya sea de forma permanente u ocasional, y con o sin establecimiento de comercio. Que una obra se financie con subsidios de vivienda no significa por sí mismo que esos recursos queden por fuera del pago del mismo, Así lo aclaró el Ministerio de Hacienda ante una consulta de la Secretaría de Hacienda de San Luis de Palenque en Casanare sobre contratistas y beneficiarios.
La cartera detalló que “los recursos asociados a subsidios de vivienda pueden integrar la base gravable del ICA cuando remuneran una actividad industrial, comercial o de servicios dentro de un municipio”. La obligación recae en quien desarrolla esa actividad y percibe el ingreso, no en la persona que solo recibe el subsidio como beneficiaria de un programa habitacional.
PUBLICIDAD
Dicha respuesta surgió debido a la duda de alcaldías, constructores, contratistas y ciudadanos vinculados a programas de vivienda financiados con recursos públicos. La consulta buscaba despejar la duda sobre si los ingresos percibidos por un contratista por construir viviendas financiadas mediante subsidios están gravados con el ICA y si los beneficiarios asumen alguna responsabilidad frente a ese tributo.

El Ministerio respondió con una definición general sobre el alcance de su concepto: “El hecho de que una obra sea financiada con subsidios de vivienda no significa automáticamente que los recursos estén excluidos del impuesto de industria y comercio”.
Qué ingresos integran la base gravable del ICA
La Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio explicó que el ICA grava actividades industriales, comerciales o de servicios dentro de una jurisdicción municipal. Añadió que la base gravable se compone de la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios que percibe quien desarrolla la actividad económica.
PUBLICIDAD
Para sustentar ese criterio, la entidad citó el artículo 196 del Decreto Ley 1333 de 1986, modificado por la Ley 1819 de 2016. La norma dice que “la base gravable del impuesto de industria y comercio está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo año gravable”.
Precisa el mismo artículo que solo se pueden excluir los conceptos que la ley define de forma expresa. Entre ellos figuran:
- Ingresos correspondientes a actividades exentas, excluidas o no sujetas.
- Devoluciones, rebajas y descuentos.
- Exportaciones y la venta de activos fijos.

Por qué los subsidios no excluyen por sí solos el pago del ICA
A partir de eso, el Ministerio de Hacienda sostuvo que no existe una exclusión general para los recursos que reciben contratistas por ejecutar proyectos de vivienda subsidiada. El punto decisivo no es que el dinero provenga de subsidios, sino quién ejecuta la actividad económica y quién recibe el pago derivado de ella.
PUBLICIDAD
El concepto lo resume así: “Lo relevante es entonces, que se trate de ingresos gravados independientemente si provienen de la actividad principal, en cumplimiento del objeto social, etc.”. Bajo ese criterio, los pagos por construcción pueden entrar en la base gravable si corresponden a una actividad alcanzada por el impuesto.
Asimismo, el texto usa un supuesto ilustrativo para mostrar cómo opera esa regla. Si una constructora firma un contrato para levantar 200 viviendas de interés social (VIS) y recibe $10.000 millones de un programa de subsidios, la autoridad tributaria examina que la empresa construye y obtiene ingresos por esa labor.
PUBLICIDAD
En ese escenario, el origen público de los fondos no cambia por sí mismo el tratamiento del ingreso. Esos recursos integran la base del impuesto, salvo que exista una exclusión concreta prevista en la ley.

Quiénes sí pueden ser contribuyentes y quiénes no
La segunda parte de la consulta se centró en las personas que reciben los subsidios de vivienda. Sobre ese punto, Hacienda recordó que “el ICA no grava la mera recepción de recursos ni la condición de beneficiario de un programa estatal”.
El impuesto recae sobre quienes desarrollan actividades industriales, comerciales o de servicios y obtienen ingresos por ellas. La entidad señaló que pueden ser sujetos pasivos las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos, siempre que realicen el hecho generador previsto en la ley.
PUBLICIDAD
Dicha distinción separa al contratista que ejecuta una actividad económica del hogar que accede a una ayuda para comprar vivienda. Bajo ese criterio, recibir el apoyo estatal para adquirir una casa no convierte por sí mismo al beneficiario en responsable del ICA.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Baloto y Revancha: números ganadores del miércoles 12 de agosto
Enseguida los resultados del sorteo Baloto y averigüe si ha sido uno de los ganadores

EN VIVO | Fuerte temblor de 7,4 se sintió en Colombia el 10 de agosto: Medicina legal entrega nuevas cifras; hay 265 muertos en el país
A las 7:34 a. m. del lunes 10 de agosto, un sismo prolongado se sintió en gran parte del país. Las autoridades desplegaron equipos para evaluar los daños y los organismos de emergencia siguen entregando malas noticias sobre el número de fallecidos
Juan Camilo Valencia llega a la Agencia Nacional de Minería: estos retos asumirá
El Gobierno formalizó su nombramiento mediante el Decreto 1190 de 2026, expedido por el Ministerio de Minas y Energía

Colombia recibirá equipos de rescate de EE. UU., Israel, Ecuador y El Salvador por terremoto
La UNGRD explicó que los equipos internacionales serán certificados y llegarán como apoyo autónomo para relevar a los rescatistas colombianos
Gobierno anuncia albergues, energía y reconstrucción para Chocó tras el terremoto
Rodrigo Lara aseguró que no hay personas sepultadas bajo escombros y confirmó atención para damnificados, hospitales y municipios afectados




