
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) decidió iniciar el trámite de sometimiento del general (r) Luis Emilio Cardozo Santamaría tras ser mencionado por exmilitares y víctimas en casos de ejecuciones extrajuduciales, también llamados falsos positivos, ocurridos en el departamento de Santander. Esto, con el fin de dar un nuevo paso en la búsqueda de verdad y justicia para las víctimas del conflicto armado.
De acuerdo con el tribunal de paz, el proceso responde a aportes recientes que se hicieron en diligencias judiciales, a través de los cuales se señala al exmilitar de haber estado involucrado en asesinatos y desapariciones forzadas de civiles presentados como bajas en combate.
El general (r) Cardozo Santamaría, que en 2007 ostentaba el grado de teniente coronel y comandaba el Batallón de Ingenieros No. 5 Coronel Francisco José de Caldas (Bical), fue señalado por exintegrantes del propio batallón y víctimas en diligencias como la Audiencia de Observaciones de Víctimas de la Fase Nacional del Caso 03, celebrada el 9 de abril.

De acuerdo con los testimonios recolectados por la JEP en ese espacio, el exmilitar habría tenido participación en seis casos de falsos positivos registrados en Santander durante 2007, en los que nueve civiles murieron y fueron presentados ilegítimamente como bajas en combate; dos personas sobrevivieron.
“Dado que los hechos habrían ocurrido en una región no priorizada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y que, por su posición al momento de los hechos —como teniente coronel y comandante de batallón—, no sería priorizado en la fase nacional del #Caso03, donde las investigaciones se concentran en niveles de mando superiores como brigadas y divisiones, el trámite de sometimiento del general (r) Cardozo Santamaría corresponde a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas“, precisó la JEP.
En consecuencia, esa sala requirió al general (r) Cardozo Santamaría para que suscriba el acta de sometimiento y aporte información en relación con los hechos investigados, en los que presuntamente habría tenido alguna injerencia. Además, ordenó la práctica de pruebas documentales, testimoniales y verificaciones cruzadas para determinar su situación jurídica.
Asimismo, recalcó que el trámite de sometimiento se basó, en parte, en la Sentencia SU-063 de 2025, que determina que la JEP puede adelantar acciones no solo ante personas que voluntariamente busquen someterse; también puede hacerlo frente a “comparecientes forzosos”. Según precisó la JEP, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas tiene la obligación de identificar, ubicar y convocar a quienes sean relevantes para la verdad, incluso si estos no han solicitado acogerse al esquema de justicia transicional. Solo en caso de que la comparecencia no pueda concretarse, el expediente se remite a la jurisdicción ordinaria.

Ahora bien, la sala explicó que esta decisión no supone de inmediato ni el ingreso formal de Cardozo Santamaría a la JEP ni el acceso a beneficios jurídicos. Se trata de una fase inicial orientada a verificar si cumple con las condiciones necesarias dentro del Sistema Integral de Paz, como el aporte efectivo a la verdad, la contribución a la reparación de las víctimas y la garantía de no repetición de los hechos atribuidos.
Así las cosas, el general (r) Luis Emilio Cardozo Santamaría deberá responder ante la Jurisdicción Especial para la Paz por los señalamientos que hicieron tanto víctimas como militares en su contra. La decisión de la JEP habilita, por primera vez, el proceso formal de llamado dentro del sistema de justicia transicional a un mando de este nivel, en función del cargo que ostentaba.
Es de recordar que, en diciembre de 2025, el exmilitar dejó el cargo como comandante del Ejército Nacional con un mensaje en X: “Solo palabras de gratitud.Gracias a mis soldados, oficiales, suboficiales y al personal civil del Ejército Nacional, por su disciplina, lealtad y entrega. Ustedes son la razón de ser de esta institución”.

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