Directores regionales de la Nueva EPS tienen tres días de arresto por suspender tratamiento de cáncer a paciente de 95 años

La entidad, actualmente bajo intervención del Gobierno de Petro, fue sancionada con una multa a dos de sus médicos por no cumplir con un fallo de tutela que ordenaba la continuación del tratamiento médico para un adulto mayor oncológico

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El juez ordenó arresto y
El juez ordenó arresto y multa de dos directivos regionales de la Nueva EPS tras el incumplimiento de un fallo de tutela que exigía la continuidad de la atención médica a un paciente con cáncer - crédito Leonardo Duque

Por medio de un fallo judicial se ordenaron tres días de arresto para los directores de las regionales Occidente y Suroccidente de la Nueva EPS, luego de que se incurriera en el incumplimiento de una tutela que ordenaba la continuidad del tratamiento oncológico de Saúl Quiñones Mendoza, un paciente de 95 años, que era atendido en la Clínica Valle del Lili, pero que su tratamiento fue suspendido de manera injustificada.

La decisión fue tomada por un juez luego de que se constatara que los funcionarios responsables, Derly Andrade Guerrero, directora de la regional Occidente, y Carlos Rafael Villero, director de la regional Suroccidente, habían “incurrido en desacato al fallo de tutela del 22 de enero de 2026”.

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La medida se emite en medio de una situación de graves afectaciones a los derechos fundamentales de los pacientes en Colombia, en este caso, cuyo tratamiento médico fue suspendido sin justificación y a pesar de las órdenes previas.

Directivos de la Nueva EPS
Directivos de la Nueva EPS fueron sancionados por suspender tratamiento de cáncer a paciente de 95 años - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El fallo también instó a los directores de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a tomar medidas inmediatas para garantizar la atención médica de Quiñones, en el que se exigió que se cumpla sin dilaciones.

Además, se ordena que, en un máximo de 48 horas, la Nueva EPS autorice y se asegure de manera efectiva y continua la prestación de los servicios médicos que ya fueron prescritos por el médico tratante del paciente.

Entre estos servicios se incluyen: atención médica domiciliaria por médico general, asignación de un auxiliar de enfermería, servicios de enfermería profesional, terapia física y seguimiento mediante visitas de trabajo social. Además, se enfatiza que debe suministrarse de manera oportuna y continua la medicación oncológica, conforme a la historia clínica y las fórmulas médicas que ya fueron allegadas al expediente.

La Corte ordena a la
La Corte ordena a la Nueva EPS que en 48 horas reactive los servicios médicos esenciales para el paciente de 95 años, suspendidos sin justificación - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

El fallo también va más allá de exigir la reactivación de los servicios médicos, ya que se aclara que no debe existir ninguna barrera administrativa, contractual o financiera que interfiera con la ejecución de este tratamiento.

Como sanción a los funcionarios responsables del desacato, el juez determinó que tanto la doctora Andrade Guerrero como el doctor Villero Rodríguez deberán cumplir con un arresto de tres días. Además, se les impuso una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes (lo que equivaldría a $5.252.715).

De acuerdo con el fallo, esta multa deberá ser cancelada a favor del Consejo Superior de la Judicatura dentro de los diez días posteriores a la ejecutoria de la sentencia; de lo contrario, se procederá a su cobro coactivo —proceso administrativo que permite a las entidades públicas, como la Dian o los municipios, cobrar deudas vencidas directamente, sin necesidad de recurrir a un juez—.

Las autoridades les impusieron a
Las autoridades les impusieron a los directivos de la Nueva EPS una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes- crédito Colprensa

Asimismo, el juez ordenó que se remitan copias del fallo a la Procuraduría y a la Fiscalía General de la Nación, con el objetivo de que se investiguen posibles conductas delictivas relacionadas con la omisión de sus deberes y el incumplimiento de una orden judicial.

Crisis en la Nueva EPS: el Gobierno tiene intervenida la entidad

La situación ocurre en un contexto más amplio de crisis en el sistema de salud en Colombia, especialmente en las regiones del Occidente y Suroccidente, donde la Nueva EPS se enfrenta a múltiples problemas operativos y financieros, además de ser la principal prestadora de servicios en estos territorios. Aunque el fallo en este caso particular busca corregir una omisión puntual, también puso en evidencia la falta de eficacia en la administración de la entidad médica.

Y es que desde abril de 2024, el Gobierno nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, intervino de manera forzosa la Nueva EPS ante una grave crisis financiera y operativa que afectaba a millones de afiliados, no solo en las dos mencionadas regiones, sino en todo el país.

Desde 2024, el Gobierno tiene
Desde 2024, el Gobierno tiene intervenida la Nueva EPS debido a una crisis financiera en el sistema - crédito Colprensa

Esta intervención se dio debido al déficit financiero que aquejaba a la entidad y la creciente insatisfacción de los usuarios por la calidad de los servicios, los cuales estaban siendo cada vez más objeto de quejas y tutelas.

Por lo tanto, la intervención de la Nueva EPS, aunque necesaria, de acuerdo con el Ministerio de Salud, plantea interrogantes sobre la capacidad del sistema de salud colombiano para garantizar la continuidad del servicio y la eficiencia de la atención a millones de ciudadanos, particularmente a aquellos más vulnerables.