
El 9 de febrero la Fiscalía General de la Nación presentó una solicitud formal para imputar cargos contra Juliana Guerrero y Luis Carlos Gutiérrez, secretario general de la Fundación Universitaria San José. Ambos son señalados por la presunta expedición irregular de títulos académicos.
Según la investigación que está siendo adelantada, Guerrero habría obtenido los títulos de contadora pública y tecnóloga en gestión contable sin cumplir los requisitos legales exigidos. Estos documentos le habrían permitido acceder al cargo de viceministra de Juventudes en el Ministerio de la Igualdad.
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La Delegada de Seguridad Territorial indicó que se pidió una audiencia para imponer medida de aseguramiento con detención domiciliaria a Guerrero. El proceso incluye cargos por fraude procesal y falsedad ideológica en documento público. La investigación determinó que Guerrero no asistió a clases ni presentó las pruebas Saber, requisitos obligatorios para validar los títulos.
Además, la fiscalía realizó inspecciones judiciales en la universidad y revisó registros en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público. La entidad cuenta con pruebas materiales relacionadas con la presunta falsificación de trámites y pagos registrados ante la Dian vinculados a la compra del título. Las autoridades informaron que continúan recopilando información para esclarecer el caso.
Qué sigue en el proceso contra Guerrero

Bajo ese contexto, Johan Montenegro, abogado penalista y experto en temas jurídicos, explicó a Infobae Colombia todo lo que continuará en el proceso contra Guerrero y las posibles consecuencias que podría recibir la joven.
En primer lugar, Montenegro mencionó que la falsedad material en documento público se configura cuando un título o certificación es expedido sin que el beneficiario haya cumplido con los protocolos académicos y legales necesarios para su obtención.
En estos casos, no basta con que la persona no haya asistido a clases; lo determinante es que se haya vulnerado el procedimiento formal y los soportes exigidos para validar la autenticidad del título. Si el documento que respalda la formación profesional carece de veracidad material, el delito se consuma, sin que importen las razones personales de la implicada.

El jurista habló sobre el fraude procesal, que consiste en inducir a error a la administración pública mediante la presentación de un documento falso, con el objetivo de obtener un beneficio como el nombramiento en un cargo. El delito se fundamenta en el uso de un título espurio para obtener una resolución administrativa contraria a la ley. La conducta punible se agota tan pronto como el documento fraudulento es radicado ante un funcionario público, sin que sea relevante si el acto administrativo, como el nombramiento, se materializó efectivamente.
La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia establece que el fraude procesal es un delito de mera conducta y de peligro. Esto significa que la sola presentación del documento falso ante la autoridad correspondiente basta para que el delito se configure, sin que se requiera un resultado concreto o la obtención efectiva del beneficio buscado.
Por lo tanto, el intento de engañar a la administración pública mediante medios fraudulentos no admite la figura de tentativa; la acción se considera consumada desde el instante en que se pone en marcha el engaño.

Tras mencionar todo lo ligado al proceso que afrontará Juliana Guerrero, Montenegro indicó que, en consecuencia, la investigación penal debe centrarse en verificar la autenticidad del título presentado por Juliana Guerrero. Si se comprueba que el documento es falso, el fraude procesal se entenderá consumado desde su radicación, sin que importe si la implicada ejerció o no el cargo o si el acto administrativo fue posteriormente revocado.
La pena para este delito podría oscilar entre seis y doce años de prisión, subrayando la gravedad de atentar contra la transparencia y legalidad en la función pública.
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