Cambio Radical acusó al CNE de “fraude al elector” por decisión que favorece al Pacto Histórico

El partido aseguró que el tribunal electoral cambió las reglas del juego después de realizadas las consultas, afectó el calendario electoral y creó una figura jurídica inexistente para permitir la reorganización de las listas en Bogotá y Valle del Cauca

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Cambio Radical cuestionó duramente al
Cambio Radical cuestionó duramente al Consejo Nacional Electoral por permitir la inscripción individual de candidatos del Pacto Histórico tras la revocatoria de sus listas conjuntas- crédito Reuters, Cambio Radical y Pacto Histórico

La controversia por la revocatoria de las listas conjuntas del Pacto Histórico y Colombia Humana para la Cámara de Representantes en Bogotá y Valle del Cauca sigue escalando en el escenario político.

Esta vez, el partido Cambio Radical lanzó una dura crítica contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), al que acusó de cometer un “fraude al elector” y de vulnerar el principio de seguridad jurídica al permitir que los partidos de la coalición inscriban candidatos de manera individual, pese a que ya se habían realizado consultas internas y definido el tarjetón electoral.

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A través de un pronunciamiento publicado en la red social X, Cambio Radical calificó como “gravísima” la actuación del CNE y aseguró que la autoridad electoral no solo revocó la lista del Pacto Histórico por irregularidades, sino que, en la misma decisión, abrió una puerta que —según el partido— desconoce los resultados de las consultas realizadas en octubre con recursos públicos.

La doble revocatoria que encendió la polémica

La decisión del CNE sobre
La decisión del CNE sobre las listas del Pacto Histórico en Bogotá y Valle del Cauca desató una nueva controversia política por el alcance de sus efectos jurídicos. - crédito composición fotográfica Colprensa, X

De acuerdo con Cambio Radical, la primera irregularidad se presentó cuando el CNE revocó la lista del Pacto Histórico en Bogotá por violar la Ley 1475 de 2011. Según el partido opositor, esa norma establece que las listas deben respetar el orden definido en las consultas internas, algo que —afirman— no ocurrió cuando se inscribió una lista tipo “cremallera”, alternando hombres y mujeres, sin respetar el orden original que arrojó la votación interna.

Sin embargo, el mayor cuestionamiento llegó tras una segunda decisión del tribunal electoral. En esta ocasión, el CNE revocó nuevamente las listas conjuntas al concluir que la coalición había superado el umbral del 15 % de los votos en las elecciones legislativas de 2022, límite que impide a los partidos volver a presentarse en coalición en el siguiente proceso electoral.

Según los datos expuestos por el propio CNE, el Pacto Histórico obtuvo más de 816.000 votos en Bogotá, equivalentes al 31 % de la votación, mientras que en el Valle del Cauca superó los 371.000 votos, con cinco curules y el 26 % de los sufragios. Estos resultados, de acuerdo con la interpretación del artículo 262 de la Constitución, obligaban a la revocatoria de las listas conjuntas.

“Un fraude al elector”, según Cambio Radical

Desde Cambio Radical advierten que
Desde Cambio Radical advierten que la medida del CNE desconoce los resultados de las consultas internas realizadas en octubre con financiación estatal- crédito Cambio Radical

Aunque Cambio Radical reconoció que el CNE revocó las listas por superar el umbral legal, criticó con dureza que, en la misma providencia, se habilitara la inscripción individual de candidatos por cada uno de los partidos que integraban la coalición.

Para el partido, esta decisión “pisotea” los resultados de las consultas de octubre, en las que participaron miles de ciudadanos, con reglas claras, financiación estatal y reposición de votos. En su pronunciamiento, Cambio Radical sostuvo que permitir ahora la inscripción separada de candidatos equivale a desconocer una consulta válida y a cambiar las reglas “después de jugado el partido”.

El partido también advirtió que la decisión tiene efectos prácticos graves: ya se había realizado el sorteo de posiciones en el tarjetón, se adelantó pedagogía electoral y el material electoral estaba definido. En ese sentido, aseguraron que la medida rompe el calendario electoral, afecta el debido proceso y pone en riesgo el erario público.

La figura de la “escisión de listas” y el debate jurídico

El fallo del tribunal electoral
El fallo del tribunal electoral reabrió el debate sobre el respeto al calendario electoral y la seguridad jurídica en el proceso legislativo- crédito Luis Jaime Acosta/REUTERS

Uno de los puntos más sensibles del pronunciamiento de Cambio Radical fue la supuesta creación de una figura jurídica inexistente. Según el partido, el CNE “se inventó” la llamada “escisión de listas” para permitir que los partidos del Pacto Histórico reorganizaran sus candidaturas, algo que —afirman— no está contemplado en la legislación electoral colombiana.

Desde su perspectiva, esta actuación tendría un destinatario claro: favorecer al Pacto Histórico en medio del proceso electoral. Por eso, Cambio Radical sostuvo que se trata de un hecho sin precedentes en la democracia colombiana y alertó sobre el impacto institucional de decisiones que, a su juicio, afectan la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral.

Mientras tanto, el CNE ha defendido su decisión señalando que la Registraduría Nacional debe garantizar el derecho a la participación tanto de los candidatos inicialmente inscritos como de los partidos que integraban la coalición. Además, el tribunal aclaró que los candidatos excluidos de la lista conjunta podrán inscribirse de manera individual, incluso si pertenecen a colectividades distintas al Pacto Histórico o a Colombia Humana.

El debate, sin embargo, está lejos de cerrarse. Las críticas de Cambio Radical se suman a un creciente clima de tensión política alrededor de las reglas electorales y la interpretación de la Constitución, en un momento clave de cara a las elecciones legislativas.