
Siguen los problemas para la Alcaldía de Bogotá, que en los últimos días sufrió porque la licitación para la segunda línea del metro se declaró desierta y será abierta de nuevo en febrero, y las constantes críticas por la inseguridad en varias zonas de la ciudad, que sigue siendo un tema delicado bajo la administración de Carlos Fernando Galán.
Se le suma ahora una denuncia por dejar a la deriva a los Inspectores de Convivencia y Paz, un grupo de personas que trabaja para el distrito, pero que tuvo un duro revés en la dignificación de su labor por una decisión de la actual administración por las elecciones de 2026.
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Queda por saber si, en los próximos meses, la alcaldía resolverá esta situación, que afecta seriamente a cientos de personas que trabajan en dicho cargo para resolver toda clase de situaciones de orden público en las calles.
Señalamientos al distrito
A través de una carta, Infobae Colombia conoció en exclusiva la denuncia de uno de los inspectores, el cual señaló que se trató de una medida “arbitrara” por parte del distrito, pues se trata de una ley que empezó a regir en 2025 y que dio el tiempo para que fuera aplicada en todo el territorio nacional, para mejorar el salario de dichos trabajadores.
“En mi condición de Inspector de Convivencia y Paz de la ciudad de Bogotá, acudo a su respetado despacho con el fin de exponer el proceder arbitrario de la Administración Distrital encabezada por el alcalde Carlos Fernando Galán y la Secretaría de Gobierno, quienes se han rehusado a dar cabal cumplimiento a la Ley 2492 de 2005, expedida para dignificar la labor de todos los Inspectores del territorio nacional”, dijo.

Según el funcionario, “a pesar de que diversos entes territoriales han implementado sin dificultad la mencionada ley, el Distrito Capital, amparado en la Circular Conjunta 100-008- 2025 del 29 de diciembre de 2025, suscrita por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Defensa Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Pública, pretende desconocer la aplicación de la Ley 2492, aduciendo que su ejecución no es posible en este momento debido a la Ley de Garantías Electorales, soslayando el término perentorio de seis (6) meses que la propia ley otorgó para su implementación”.
Por su parte, el Departamento de Función Pública, en respuesta a un derecho de petición, mencionó que “no está facultado para emitir conceptos vinculantes relacionados con la interpretación o vigencia de normas jurídicas, declarar derechos individuales, ni dirimir o rendir concepto sobre aspectos o controversias cuya decisión está atribuida a otras autoridades públicas”.

“Específicamente, esta Dirección NO tiene las competencias para intervenir en las situaciones internas de otras entidades, actuar como ente de control o vigilancia, pronunciarse sobre el cumplimiento de requisitos mínimos para la provisión de cargos públicos, ni señalar los procedimientos aplicables en caso de que se presenten anomalías al interior de las entidades”, añadió.
Un trabajo en riesgo
El inspector que señaló al distrito también mencionó que hay 209 trabajadores en esa área; hay 209 personas en la capital que se esfuerzan en su labor, pero que también sufren porque “existe un represamiento de más de un millón de comparendos que no han sido tramitados, no por la falta de compromiso de los inspectores, sino por la excesiva carga laboral”.
“En ese contexto, el 23 de julio de 2025, el Congreso de la República expidió la Ley 2492 de 2025, que cambió el nombre de Inspectores de Policía hacia Inspectores de Convivencia y Paz en todo el territorio nacional y, entre otras determinaciones señaló que para dignificar la labor de los inspectores, estos deberían ocupar el grado más alto del nivel profesional, en términos prácticos en la ciudad de Bogotá, esto significaría que los inspectores pasarían de ser profesionales grado 23 a ostentar el grado 32 con el consecuente incremento salarial”, añadió.

También señaló que el distrito se equivoca con respecto al argumento de la ley de garantías, “en la medida que vacía de contenido lo previsto en los artículos 32, 33 y 38 de la Ley 996 de 2005, que es unívoca en determinar que la prohibición de no modificar la nómina de la entidad no aplica para eventos de carrera administrativa, como ocurre en el Distrito Capital, en la medida que la mayoría de los inspectores han sido nombrados porque superaron un concurso de méritos”.
“Lo cierto es que el proyecto de Decreto Distrital que pretende firmar la administración difiere el cumplimiento de la Ley 2492 de 2025 hasta después de la segunda vuelta presidencial; mientras tanto, los 209 Inspectores de Convivencia y Paz de la ciudad de Bogotá recibirán un salario inferior al que legalmente les corresponde”, finalizó.
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