
El Ministerio de Transporte presentó ante el Congreso de la República el proyecto de Ley 347 de 2026, con el objetivo de modernizar, fortalecer la supervisión y mejorar el régimen sancionatorio del sector transporte.
La iniciativa, de acuerdo con las palabras que dijo la ministra María Fernanda Rojas Mantilla, busca establecer reglas claras y asegurar la protección de los usuarios mediante un enfoque preventivo y no punitivo, según anunció la titular de la institución, junto con el superintendente de Transporte, Enrique Piñeres.
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“Entonces, lo que estamos radicando hoy es un proyecto de ley de supervisión y régimen sancionatorio para el transporte. ¿Cuál es el objetivo central? Proteger la vida. Una mejor supervisión en la prestación del servicio de transporte genera mayores condiciones de seguridad para los usuarios en todos los aspectos: seguridad vial, seguridad al abordar un vehículo y reducción de los siniestros viales. Además, garantiza que las empresas que prestan el servicio cuiden tanto los vehículos como toda la operación, así como a los conductores, quienes a su vez protegen la vida de los usuarios", dijo la ministra Rojas durante el evento en el que se radicó la propuesta.
El principal propósito de la propuesta es cerrar vacíos existentes en el control y dotar al Estado de herramientas más efectivas frente a acciones ilegales y la falta de formalidad, factores que han debilitado la capacidad estatal para proteger la seguridad y los derechos de los ciudadanos.
Lo que dice el articulado
El Gobierno persigue dotar a la Superintendencia de Transporte y a las demás autoridades competentes de herramientas que le permitan responder a los desafíos crecientes del sistema de movilidad.
El texto abarca más de cien artículos para redefinir la arquitectura institucional en torno al transporte. El punto central es fortalecer la función sancionadora estatal, ampliando de forma minuciosa las competencias, los sujetos objeto de vigilancia y los tipos de infracciones.
La ley introduce, además, una gradación detallada para las sanciones, que ahora podrán imponerse tanto a empresas, operadores, administradores de infraestructuras, como a propietarios de vehículos, contratantes del servicio, organismos de tránsito, organismos de apoyo, operadores tecnológicos y hasta a quienes permitan la proliferación de centros informales o ilegales de transporte en sus inmuebles.
“Esta ley nos permitirá combatir de manera estructural la ilegalidad y la informalidad, sancionando no solo a quien presta el servicio ilegal, sino también a quienes lo facilitan o se benefician de él”, indicó Piñeres, citado por el diario económico La República.
El proyecto representa un cambio respecto al modelo vigente, ya que transita de un enfoque netamente punitivo hacia uno técnico, preventivo y proporcional.
El nuevo esquema permitiría corregir deficiencias antes de que deriven en afectaciones graves o representen riesgos para la vida.
Durante la presentación, la ministra Rojas enfatizó la importancia de transformar la supervisión: “Radicamos este proyecto para fortalecer la supervisión del transporte, poner reglas claras y proteger a los usuarios. No se trata de castigar más, sino de supervisar mejor y prevenir riesgos”.

La ley fortalecería, además, el sistema de control del transporte mediante la adopción de tecnologías digitales, la integración de registros y la interoperabilidad entre bases de datos públicas y privadas, para permitir una supervisión más eficiente.
La Superintendencia de Transporte tendrá acceso total a la información necesaria, mientras que las entidades operadoras estarán obligadas a facilitar la integración tecnológica sin restricciones.
El proyecto impone controles estrictos y reportes obligatorios a organismos de tránsito y de apoyo, con sanciones como suspensión, cancelación o intervención para quienes incurran en irregularidades, además de responder patrimonialmente en caso de afectaciones.
El régimen sanciona también a los propietarios de inmuebles y establecimientos que permitan la operación de servicios de transporte informales o ilegales, con multas de 4.200 UVB y agravantes por reincidencia.
Además, exige a las empresas de transporte de pasajeros ofrecer canales ágiles y gratuitos para la gestión de reclamaciones, con tiempos máximos de respuesta. La Superintendencia podrá intervenir y sancionar a las empresas que no atiendan adecuadamente los reclamos, obligándolas a restituir cobros indebidos o corregir malas prácticas.
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