La revisión técnico-mecánica no solo aplica para carros de servicio particular: cuáles automotores deben cumplir este requisito

Las normas vigentes contemplan tiempos definidos de gracia tanto para autos importados temporalmente como para nuevas inscripciones, lo que representa alivios económicos y reducción de trámites, orientados a facilitar la movilidad y el turismo

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Miles de propietarios de vehículos
Miles de propietarios de vehículos en Colombia podrán beneficiarse de las excepciones a la revisión técnico-mecánica en 2026 - crédito CDA

Miles de propietarios de vehículos particulares en Colombia podrán beneficiarse de las excepciones planteadas por la normativa nacional y evitar el pago de la revisión técnico-mecánica en 2026, un procedimiento obligatorio que certifica la seguridad y las emisiones contaminantes de los automotores.

Esta disposición no solo contribuye al ahorro de los usuarios, sino que incide directamente en las finanzas de quienes utilizan su vehículo para transporte privado, público y para motociclistas.

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La normativa vigente establece que quienes matricularon un automóvil particular nuevo en 2022, 2023, 2024, 2025 o 2026 no deberán presentar ni pagar la revisión técnico-mecánica durante el año 2026.

Según reportó La FM, dicho periodo de exención de cinco años implica un alivio económico para miles de personas, ya que la revisión suele requerir gastos adicionales cada vez que se realiza.

Los automóviles particulares matriculados entre
Los automóviles particulares matriculados entre 2022 y 2026 están exentos del pago de la revisión técnico-mecánica durante cinco años - crédito CDA

Este beneficio aplica únicamente a vehículos diferentes de motocicletas en uso particular, aspecto que resulta fundamental al momento de verificar la obligación.

El código legal también otorga excepciones a otros segmentos del parque automotor. Las motocicletas, motocarros y ciclomotores están exentos de la revisión técnico-mecánica los dos primeros años tras su inscripción en el Registro Nacional Automotor.

En consecuencia, quienes inscriban sus motos en 2025 o 2026 tampoco están obligados a presentar la inspección en 2026. Esta adaptación normativa responde a la vida útil de dichos vehículos y se convierte en un incentivo considerable para los nuevos compradores.

Otro grupo beneficiado corresponde a los vehículos de servicio público. Taxis, buses y busetas no tendrán que someterse a la inspección técnica durante los dos primeros años de uso.

La inspección será exigible únicamente una vez superado ese plazo, como lo estipula el artículo 179 de la Ley 769 de 2002, reformada por el Código Nacional de Tránsito Terrestre. Este esquema favorece tanto a los propietarios como a las empresas de transporte al reducir sus costos durante el periodo de gracia.

Motocicletas, motocarros y ciclomotores disfrutan
Motocicletas, motocarros y ciclomotores disfrutan de dos años de exención en la revisión técnico-mecánica tras su inscripción oficial - crédito CDA

Los automóviles con placas extranjeras también se incluyen entre los exentos, siempre y cuando permanezcan en Colombia por un periodo igual o inferior a tres meses.

Durante ese intervalo, vehículos que ingresen temporalmente al país no deberán presentar ni la revisión técnico-mecánica ni la prueba de emisiones contaminantes, lo cual facilita la movilidad internacional y el turismo de carretera, señala la legislación citada.

La revisión técnico-mecánica consiste en una inspección detallada de componentes como frenos, suspensión, dirección, sistemas eléctricos, llantas, vidrios y carrocería. Este procedimiento busca minimizar accidentes provocados por fallas mecánicas y controlar los niveles de contaminación ambiental.

El incumplimiento de la revisión vigente constituye una infracción tipificada bajo el código C35. Las sanciones pueden incluir una multa cercana a $633.200 pesos colombianos y la inmovilización del vehículo, medidas que refuerzan la importancia de conocer exactamente las obligaciones que recaen sobre cada tipo de automotor y matrícula.

La normativa diferencia entre vehículos obligados a la inspección y aquellos que cuentan con período de gracia, lo que convierte en esencial verificar el estado exacto del automóvil o motocicleta para evitar sanciones y gastos innecesarios.

Propietarios de vehículos eléctricos en Colombia deben cumplir la revisión técnico-mecánica según nueva regulación

El Ministerio de Transporte entregó
El Ministerio de Transporte entregó un documento con modificaciones importantes en la revisión técnico-mecánica para 2025 - crédito CDA

El auge de los vehículos eléctricos e híbridos en Colombia coincide con una mayor exigencia reglamentaria y nuevas obligaciones para sus propietarios.

A pesar de la percepción extendida sobre flexibilidad normativa, el Código Nacional de Tránsito exige la revisión técnico-mecánica a todos los automotores que circulan en el país, incluyendo los eléctricos, lo cual puede derivar en multas que superan los $700.000 o la inmovilización del vehículo, una de las sanciones más elevadas previstas en la legislación vigente.

Entre las medidas adoptadas para reforzar estas disposiciones, las autoridades insisten en que portar el certificado actualizado no solo previene castigos económicos, sino que contribuye a que los sistemas eléctricos y de seguridad mantengan condiciones óptimas.

De acuerdo con cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) citadas por la revista Semana, en 2024 se vendieron 9.178 carros eléctricos en Colombia, lo que representa un crecimiento del 150% con respecto a 2023.

La regulación distingue entre eléctricos y vehículos de combustión interna en las fechas para cumplir este requisito. Según la normativa, los carros eléctricos deben realizar su primera revisión técnico-mecánica en el sexto año desde la matrícula, un año más tarde que los de motor a combustión, que se someten al proceso a partir del quinto año.

No obstante, el procedimiento en los vehículos eléctricos excluye la verificación de elementos como tubos de escape, motor de combustión, emisiones, sistema de combustible, escape y generadores de ruido, ya que carecen de estos componentes.

A pesar de un proceso de inspección generalmente más rápido, los propietarios de vehículos eléctricos deben asegurarse de que se revisen aspectos específicos como las baterías, el sistema de frenado regenerativo, los circuitos eléctricos de alto voltaje y la seguridad general.

Los Centros de Diagnóstico Automotriz (CDA) exigen que estos automóviles ingresen a la revisión con al menos un 50% de carga en la batería, requisito necesario para efectuar correctamente las pruebas. Si un vehículo no pasa la revisión, el propietario cuenta con un plazo de 15 días calendario para repetir el examen sin costo extra; si reincide en la falla, deberá abonar nuevamente el valor del procedimiento.

En contraste, los vehículos híbridos enfrentan una inspección más extensa, ya que incluye tanto el motor de combustión como el sistema eléctrico, lo que puede extender el proceso entre tres y seis horas, mientras que en los eléctricos puros la duración suele ser inferior debido a su menor complejidad mecánica.

Las autoridades subrayan que la obligatoriedad de la revisión técnico-mecánica se mantiene para toda clase de automotor, independiente del sistema de propulsión, e instan a los conductores a no descuidar este trámite fundamental para la seguridad vial y la legalidad en la circulación.

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