
La reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro aprobada en 2024 en Colombia se encuentra en la actualidad en una etapa de incertidumbre, ya que la ley fue suspendida mientras la Corte Constitucional analiza la validez luego de recibir 91 demandas de inconstitucionalidad. El destino del sistema de pensiones, así como los beneficios previstos para los próximos años —en especial para la población femenina— está sujeto a la decisión pendiente del conjuez designado, después de que los magistrados del tribunal no alcanzaran una mayoría.
Dicho escenario mantiene a millones de personas próximas a pensionarse expectantes ante una posible transformación del sistema de retiro.
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El análisis de la reforma pensional llegó a un momento clave en la Corte Constitucional, presidida por Jorge Enrique Ibáñez. Tras la vacancia judicial, el tribunal prevé reanudar la discusión sobre la ley desde el 13 de enero de 2026. Hasta el cierre de 2025, la Corte enfrentó varias circunstancias determinantes: el magistrado Héctor Carvajal fue apartado tras admitir el impedimento por haber emitido conceptos jurídicos para Colpensiones antes de asumir el cargo, lo que redujo a ocho el número de magistrados participantes en la votación. Esto resultó en un empate de cuatro votos a favor y cuatro en contra en la ponencia sobre la constitucionalidad de la norma.

Como respuesta, la Corte escogió mediante sorteo a Carlos Pablo Márquez como conjuez, cuya participación será definitiva para el desenlace del proceso. Aunque Márquez aceptó el cargo al finalizar 2025, la ley sigue pendiente de una decisión final y no podía entrar en vigor hasta que se resuelva su constitucionalidad.
Controversias desde el principio
El trámite legislativo de la reforma sumó controversias desde el principio. La Ley 2381 de 2024 fue aprobada por el Congreso en julio de ese año y enseguida fue objeto de cuestionamientos tanto por su contenido como por el procedimiento seguido durante su aprobación. Entre julio de 2024 y diciembre de 2025, la Corte Constitucional recopiló 91 demandas de inconstitucionalidad; entre ellas, una relevante encabezada por la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, que cuestionó vicios en el trámite y la falta de deliberación, además de expresar dudas sobre la sostenibilidad financiera del sistema propuesto.
Asimismo, en junio de 2025, el alto tribunal devolvió la ley a la Cámara de Representantes al detectar insuficiencias durante el segundo debate legislativo. El Congreso de la República respondió con el aporte de actas, certificaciones y pruebas sobre la nueva discusión, con lo que devolvió el expediente a la Corte para una decisión de fondo.
Hasta que se emita un fallo definitivo, están suspendidos tanto el avance de todos los procesos relacionados como la entrada en vigor del nuevo sistema de pilares (contributivo, semicontributivo, solidario y de ahorro voluntario). Sin embargo, el Gobierno Petro implementó una de las medidas previstas: el pago de un bono pensional de $230.000 a tres millones de adultos mayores, como un adelanto parcial de la reforma.

Cobertura del sistema pensional actual en Colombia
El acceso a una pensión en Colombia sigue siendo limitado para la mayoría de los adultos mayores. Según un estudio de la Universidad de Los Andes hecho en noviembre de 2021, de los 7,5 millones de personas con edad suficiente para pensionarse, solo el 16% recibe el beneficio. Las cifras revelan una brecha de género considerable: apenas el 12,1% de las mujeres accede a pensión, mientras que el porcentaje sube a 22,5% para los hombres.
La diferencia tiene raíces en aspectos como las reglas actuales de cotización y la realidad de que muchas mujeres dedican menos tiempo al trabajo remunerado por razones de cuidado familiar. Investigaciones de ONU Mujeres y el Dane indican que cerca de una de cada cinco mujeres trabaja menos de 20 horas semanales; esta jornada acotada dificulta acumular el número necesario de semanas cotizadas.
Se sabe que la reforma no altera la edad de pensión en Colombia —57 años para las mujeres y 62 para los hombres—, pero introduce mecanismos que buscan reducir las barreras de acceso, sobre todo, para el segmento femenino.
Cambios clave y beneficios para mujeres
La nueva ley de pensiones en revisión contiene varias modificaciones orientadas a reducir la brecha de acceso. Una medida destacada es la reducción de semanas requeridas para mujeres con hijos. La norma establece que las mujeres que, a los 57 años, no completen las semanas necesarias podrán restar 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptivo, hasta un tope de tres hijos.

De este modo, podrían obtener el derecho a pensión con un mínimo de 850 semanas cotizadas, siempre que hasta el 30 de junio de 2025 no hayan completado las 750 semanas requeridas para el régimen de transición.
Además, la ley propone una reducción progresiva del número obligatorio de semanas: desde 1.300 hasta 1.000 entre 2025 y 2036. Cada año, el requisito disminuiría en 25 semanas, lo que ampliaría la cantidad de mujeres con oportunidad de jubilación bajo condiciones menos restrictivas. La exministra del Trabajo Gloria Inés Ramírez afirmó que la implementación de la reforma elevaría en 22% la probabilidad de que una mujer acceda a la pensión en el país.
Consideraciones para quienes están próximos a pensionarse
La falta de definición legal actual plantea retos importantes para quienes están cerca de alcanzar la edad de retiro. Hasta que la Corte Constitucional emita su decisión, permanecen vigentes las normas previas y la suspensión de la reforma. Por eso, es fundamental que estas personas:
- Revisen la historia laboral.
- Verifiquen las semanas cotizadas.
- Solucionen posibles inconsistencias, de modo que puedan evaluar con claridad sus alternativas según la normatividad actual y futura.
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