
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de Colombia, junto con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, han elaborado un borrador de decreto que reglamenta el periodo de transición de tres años para la abolición total de las corridas de toros, novilladas y becerradas, tras la sanción de la ley ‘No más olé’ (Ley 2385 de 2024).
Solo podrán celebrarse corridas de toros y prácticas similares en aquellos lugares donde se demuestre que, desde 2010, no ha habido ni un solo año sin la realización de estos eventos, de acuerdo con el documento conocido por Infobae Colombia.
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“Se entenderá que la tradición ha sido interrumpida en un municipio o distrito cuando, a partir del año 2010, estas actividades hayan dejado de celebrarse en su territorio durante al menos un año calendario”, según el texto citado.
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Igualmente, la normativa establece que los municipios que acrediten esta continuidad deberán remitir la documentación correspondiente al Ministerio de las Culturas, que será el encargado de revisar y aprobar la solicitud.
Además, el borrador prohíbe a las alcaldías financiar estos eventos o promocionarlos a través de sus canales oficiales. Por el contrario, se exige a los municipios que desarrollen actividades de divulgación y sensibilización sobre la ley que prohíbe las corridas de toros.
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También, figura la prohibición del ingreso de menores de edad a las corridas, así como la obligación de destinar una cuarta parte de los espacios publicitarios a informar sobre la Ley No Más Olé y a calificar estos eventos como “actos de tortura y maltrato animal”.
En materia de bienestar animal, el Ministerio de Ambiente establece requisitos rigurosos para la movilización de toros, novillos y caballos, así como la presencia obligatoria de un equipo médico veterinario compuesto por al menos tres veterinarios o zootecnistas y dos auxiliares en cada evento.
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“En el transcurso del evento taurino se podrá suspender y ser sustituido de forma inmediata la participación del animal que manifieste signos evidentes de lesiones físicas graves, comportamientos anormales, o cualquier condición que, a juicio del equipo veterinario presente en la plaza, que le impida continuar con el espectáculo. En tal caso, se procederá al retiro del animal y se podrá autorizar la entrada de otro animal, si las condiciones del evento así lo requieren y lo permiten”, menciona el ministerio en el borrador de decreto.

Con esta normativa, varios espectáculos taurinos que están previstos a realizarse tanto a finales del 2025 como a inicios del 2026 se podrán efectuar.
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Algunos eventos se llevarán a cabo en Cali y Manizales, en medio de las ferias locales, ya contarán con el documento expedido por la cartera de ambiente.
Tras conocer el borrador del decreto, la senadora Esmeralda Hernández, autora de la Ley No Más Ole, celebró la normativa expedida por el Gobierno de Gustavo Petro e hizo un llamado a la ciudadanía y a los sectores animalistas para que participen activamente en la revisión del borrador.
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“Invito a hacerle observaciones y a pedirle a los Ministerios que salga un decreto robustecido para garantizar y blindar el periodo de transición hacia esta ley de nuestra autoría en favor de la defensa de la vida y los animales”, expresó la congresista.
Qué ha pasado con la Ley No más Ole
La normativa, sancionada el 22 de julio de 2024 por el presidente Gustavo Petro, contempla una transición de tres años desde su reglamentación; es decir, que su entrada en vigor sería en julio de 2027, con el fin de que aquellos que se dedican a estas actividades puedan transitar hacia una reconversión laboral.
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Un año y medio después, se han presentado una decena de demandas por parte de representantes del sector, empresarios, toreros, ganaderos y demás integrantes del gremio taurino, al considerar que se le están vulnerando su derecho al trabajo, así como la protección de la diversidad cultural y el patrimonio nacional, restricción al libre desarrollo de la personalidad, la libertad de expresión y la propiedad privada.

Sin embargo, la Corte Constitucional ratificó la constitucionalidad de la ley, priorizando la protección de los derechos de los animales sobre la defensa de tradiciones culturales que implican sufrimiento. Esta decisión desestimó las acciones legales presentadas por los opositores a la prohibición.
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En diálogo con Infobae Colombia, Esmeralda Hernández, senadora del Pacto Histórico y autora de la Ley No Más Ole, recalcó que la normativa ha sido la más demandada en la historia de la nación.
“Ocho días después de la sanción del presidente Gustavo Petro, llega la primera demanda que fue una demanda que interpuso el Centro Democrático para tumbar la ley. Y después de esa demanda, llegaron otras 14 demandas, siendo la ley más demandada en la historia de Colombia (...) pero hoy podemos decir que Colombia está libre de espectáculos crueles con animales y que quedan prohibidas las cuatro prácticas de tortura que hoy estaban avaladas como cultura y como espectáculo público en el país”, manifestó la congresista a este medio de comunicación.

A pesar de la entrada en vigor de la ley y la sentencia de la Corte, la aplicación práctica de la normativa enfrenta obstáculos.
Hernández señaló que aún se desconoce el sentido exacto del fallo constitucional, lo que genera incertidumbre sobre si el periodo de transición debe contarse desde la sanción presidencial (julio de 2024) o desde la decisión del alto tribunal (septiembre de 2025).
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