El acceso a los más altos cargos diplomáticos de Colombia podría experimentar un giro significativo si se aprueba un nuevo decreto que elimina los requisitos académicos y de experiencia profesional para quienes aspiren a ser embajador extraordinario y plenipotenciario o cónsul general central.
El borrador de esta normativa, elaborado por el Departamento Administrativo de la Función Pública, propone que para ocupar estos puestos solo se exija la nacionalidad colombiana por nacimiento y una edad mínima de veinticinco años.
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Actualmente, la legislación vigente establece que los candidatos a estos cargos deben acreditar un título profesional en cualquier disciplina académica, un posgrado en cualquier modalidad y experiencia profesional relacionada.
Además, contempla la posibilidad de aplicar equivalencias según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015.

Sin embargo, el nuevo borrador de decreto propone eliminar estos requisitos, lo que representaría un cambio sustancial en los criterios de selección para la representación diplomática del país.
El texto propuesto señala de manera explícita: “En excepción a lo previsto en este artículo, para el desempeño de los empleos de libre nombramiento y remoción de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central no serán exigibles los requisitos generales de formación académica, experiencia profesional o equivalencias establecidos en el presente decreto. En estos casos, bastará con ser nacional colombiano por nacimiento en ejercicio de su ciudadanía y tener más de veinticinco (25) años”.
Esta disposición abre la puerta a que personas sin formación universitaria ni trayectoria en relaciones internacionales puedan ser designadas en estos cargos de alta responsabilidad.
El borrador del decreto, identificado como una modificación al parágrafo 2 del artículo 2.2.2.4.10 del Capítulo 4 del Decreto 1083 de 2015, argumenta su propuesta en varios considerandos. Entre ellos, se destaca la referencia a los principios constitucionales de igualdad y mérito en el acceso al empleo público, así como la necesidad de armonizar la normativa con la jurisprudencia constitucional.

El documento recuerda que la Corte Constitucional precisó que los cargos de embajador extraordinario y plenipotenciario y de cónsul general central pueden ser de representación inmediata del presidente de la República, lo que otorga un margen amplio de discrecionalidad en su designación.
No obstante, subraya que esta discrecionalidad no exime a los nominadores del cumplimiento de los fines del Estado ni de los principios constitucionales y legales de la función administrativa.
El decreto también menciona que los empleos de dirección, manejo y confianza no constituyen un incentivo a la carrera administrativa, debido a la naturaleza de sus funciones y a la ejecución de la política institucional esencial delegada por la administración. Por ello, justifica su exclusión del régimen de carrera administrativa y la flexibilización de los requisitos para su acceso.

En cuanto a la evaluación del desempeño laboral, el borrador introduce una modificación relevante: “El empleado que sea nombrado en período de prueba en un municipio de categorías 5 y 6, y durante dicho período sea designado en encargo o en comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción en entidades del nivel nacional, central o descentralizado por servicios, o en empleos de Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios y Cónsules Generales Centrales en embajadas de origen, podrá optar por que la evaluación de su periodo de prueba se lleve a cabo en el cargo para el cual fue designado en encargo o comisión, siempre que cuente con el tiempo mínimo exigido para cada tipo de empleo y la permanencia en dichos empleos sea igual o superior a veinticinco (25) años”.
Esta disposición busca clarificar el alcance de la evaluación y armonizarla con las normas superiores.
El decreto, que entraría en vigor a partir de su publicación en el diario oficial, modificaría de manera directa el artículo 2.2.2.4.10 del Decreto número 1083 de 2015, que es el reglamento único del sector de la función pública.
Con esta medida, el Gobierno nacional pretende desmontar los requisitos académicos y de experiencia profesional para ejercer como embajador extraordinario o cónsul de Colombia en cualquier misión diplomática, priorizando la nacionalidad y la edad como únicos criterios formales de acceso a estos cargos.
Gustavo Petro anunció la eliminación de requisitos para nombrar embajadores de Colombia, abriendo el acceso a cualquier ciudadano
El presidente de la República, Gustavo Petro, anunció en un consejo de ministros televisado el 17 de junio que eliminaría los requisitos para nombrar embajadores de Colombia, permitiendo que cualquier ciudadano pueda ocupar estos cargos diplomáticos.
La decisión surgió tras la anulación del nombramiento de Armando Benedetti como embajador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), debido a que no cumplía con el requisito de dominio del idioma inglés.
Petro argumentó que el español es uno de los idiomas oficiales de la FAO y calificó la decisión judicial como un “vaciamiento de poder del presidente, porque le están quitando la orden constitucional de ser jefe de las relaciones internacionales”.
Además, solicitó a la entonces canciller Laura Sarabia que eliminara todos los requisitos para estos nombramientos, enfatizando que la medida no responde únicamente al caso de Benedetti, sino a la defensa de la autoridad presidencial.
Durante la campaña presidencial de 2022, Petro había prometido profesionalizar el cuerpo diplomático y evitar que los cargos fueran ocupados por personas sin formación en relaciones internacionales, señalando que “quienes hayan acumulado saberes alrededor de las relaciones internacionales puedan acceder a los cargos y no simplemente, como ocurre hoy, que llegan los hijos de los presidentes, los amigos de la clase política, algunos incursos en corrupción”.
El mandatario también mencionó la anulación del nombramiento de Guillermo Reyes como embajador en Suecia, que fue su primer ministro de Transporte, cuestionando que se le exigiera el dominio del inglés pese a haber estudiado en un colegio bilingüe.
Petro criticó que estas decisiones provienen de una institucionalidad “cooptada por los políticos tradicionales y contradictores” y denunció que el sindicato de la Cancillería responde a intereses de la oligarquía.
“Un Gobierno de izquierda debe mandar a las embajadas de los países africanos a negros y negras; a los del Caribe, caribeños y a donde tenemos relaciones estratégicas, el que garantice o la que garantice esas relaciones”, afirmó.
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