Presidente del Consejo de Estado respondió a Petro por críticas a la suspensión del modelo de salud: “No puede pretender gobernar por decreto”

El magistrado Luis Alberto Álvarez defendió el fallo que dejó sin efecto el decreto de salud y señaló que el Ejecutivo fue más allá de sus competencias al modificar la estructura sanitaria

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Luis Alberto Álvarez Parra
Luis Alberto Álvarez, presidente del Consejo de Estado - crédito Consejo de Estado

El presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez, respondió a las recientes declaraciones del presidente Gustavo Petro luego de que el tribunal suspendiera el decreto que reformaba el sistema de salud colombiano.

En entrevista con El Tiempo, Álvarez afirmó que el Gobierno nacional excedió sus competencias al modificar la organización del sistema sanitario por decreto, un ámbito reservado para el Congreso de la República.

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Según el presidente del Consejo de Estado, el decreto incluía la creación de nuevas figuras como las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (Riits), cambios en el rol de las EPS y nuevas funciones para las entidades territoriales. Estas transformaciones, señaló, exceden las competencias reglamentarias del Gobierno y sustituyen funciones legalmente asignadas al legislativo.

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Presidente del Consejo de Estado
Luis Alberto Álvarez afirmó que el Gobierno nacional excedió sus competencias al modificar la organización del sistema sanitario por decreto - crédito Consejo de Estado

“No puede pretender gobernar por decreto. Un país pierde su libertad y sacrifica su viabilidad como nación cuando se destruye la independencia de los jueces”, indicó el magistrado.

Acerca de las críticas del presidente al fallo judicial que absolvió a Álvaro Uribe Vélez, Álvarez advirtió sobre la necesidad de respeto a las decisiones judiciales: “Un país pierde su libertad y sacrifica su viabilidad como nación cuando se destruye la independencia de los jueces”.

Añadió que los tribunales no buscan agradar ni acertar siempre, pero las decisiones deben ser debatidas con argumentos legales, no mediante descalificaciones.

Sobre los límites a la libertad de expresión del presidente, el magistrado explicó que las sentencias recientes han precisado dos escenarios en las intervenciones públicas del jefe de Estado.

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En primer lugar, cuando transmite información objetiva sobre asuntos de interés general, debe cumplir requisitos de veracidad e imparcialidad.

En segundo término, cuando ofrece apreciaciones personales, se exige un mínimo de justificación fáctica y razonabilidad.

En este último evento, las opiniones deben ser formuladas a partir de un mínimo de justificación fáctica real y de criterios de razonabilidad”, dijo a El Tiempo.

Consultado por el cumplimiento de órdenes de rectificación, Álvarez señaló que “hay un acatamiento meramente formal de las órdenes de tutela por parte del Presidente, pues al tiempo que se cumple con la rectificación, se reiteran sus críticas o denuncias subyacentes”.

Esto ha generado incidentes legales sobre posible desacato y obliga a la justicia a procedimientos adicionales para determinar si existió incumplimiento. Explicó que el Decreto 2591 de 1991 regula el mecanismo del desacato, cuya sanción puede ser una multa o arresto, aunque en el caso del presidente este proceso corresponde a la Comisión de Acusación ante el Senado, por el fuero que ostenta el cargo.

Respecto a la decisión judicial sobre las alocuciones del presidente, que Petro consideró reforma “censura”, el presidente del Consejo detalló para El Tiempo: “El fallo de tutela del Consejo de Estado que limita las alocuciones del Presidente establece que estas deben realizarse solo en casos de urgencia y verdadero interés público, y que su contenido no puede ser excesivamente prolongado”.

Gustavo Petro, presidente de Colombia (2022-2026) Luisa Gonzalez/REUTERS
Gustavo Petro, presidente de Colombia (2022-2026) Luisa Gonzalez/REUTERS

Destacó que la resolución delimita las ocasiones y la extensión de las intervenciones presidenciales conforme a la Constitución.

Sobre la propuesta de convocar a una asamblea nacional constituyente, promovida por el exministro Eduardo Montealegre, el magistrado sostuvo que la Constitución prevé mecanismos para reformar el pacto social, pero consideró que “una reforma total y sin limitaciones que no advertimos necesaria” podría sustituir el consenso existente en la carta vigente.

Además, Luis Alberto Álvarez descartó la conveniencia de unificar toda la jurisdicción constitucional bajo un solo esquema.

En relación con los recortes presupuestales, Álvarez detalló que la Rama Judicial pidió recursos por 16 billones de pesos y el Congreso aprobó únicamente 11,6 billones, lo que representa una reducción de 4,4 billones.

Según el magistrado, esta disminución afectará pagos, servicios y la creación de despachos judiciales, especialmente en los juzgados administrativos, y complicará la labor del Consejo de Estado para implementar medidas de descongestión.

Los tres magistrados que no se posesionarán ante Gustavo Petro son Juan Camilo Morales, Adriana Polidura y Luis Antonio Rodríguez - crédito Chepa Beltran/Vwpics/Europa Press y Colprensa
Luis Alberto Álvarez consideró que “una reforma total y sin limitaciones que no advertimos necesaria” podría sustituir el consenso existente en la carta vigente. crédito Chepa Beltran/Vwpics/Europa Press/ Colprensa

Finalmente, sobre la estabilidad institucional, Álvarez reiteró para El Tiempo que la Constitución garantiza el relevo presidencial cada cuatro años y descartó posibilidades de reelección.

“Habrá elecciones el próximo año y el país decidirá sobre la persona que debe regir los destinos del país”, puntualizó el magistrado Luis Alberto Álvarez.

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