
Un error en la información académica y la ausencia de requisitos clave puso bajo escrutinio la inminente designación de Juliana Andrea Guerrero Jiménez como viceministra de las Juventudes en el Ministerio de la Igualdad. La joven, originaria del departamento del Cesar y con apenas 23 años, figura como la principal candidata para ocupar el cargo, pese a que su hoja de vida presenta inconsistencias y omisiones que derivaron en una denuncia penal.
La revisión pública de los antecedentes de Guerrero Jiménez, disponibles tanto en los portales de la Presidencia de la República como del Departamento Administrativo de Función Pública, reveló un error llamativo en el apartado de Educación Superior.
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En la primera casilla, la aspirante declara haber cursado un pregrado en cuatro semestres y obtenido el título de Tecnología en Gestión Contable y Tributaria en julio de 2025. Sin embargo, el registro correcto debió consignar el título de Tecnóloga en Gestión Contable y Tributaria, con el nivel de estudios correspondiente a tecnólogo, ya que el nivel profesional solo se alcanza tras completar un pregrado.
Esta discrepancia se suma a otras irregularidades detectadas en la documentación presentada por Juliana para cumplir con los requisitos del cargo. En el mismo apartado, la joven afirma haber recibido el título de Contaduría Pública en julio de 2025, tras cursar diez semestres. No obstante, según la denuncia presentada por la representante a la Cámara Jennifer Pedraza, la candidata no habría presentado la prueba Saber Pro, un requisito indispensable para la obtención de un título profesional en Colombia. Esta omisión se sustenta en los informes publicados en la página del Icfes.
La situación llevó a Jennifer Pedraza a radicar una denuncia por los delitos de falsedad ideológica en documento público, falsedad personal y fraude procesal. La congresista sostuvo que la obtención del título profesional por parte de Guerrero Jiménez carece de validez, dado que no cumplió con la totalidad de los requisitos legales exigidos.
En el mismo campo de la hoja de vida, la aspirante omitió consignar la información relativa a la tarjeta profesional, un documento esencial para ejercer en el área de la contaduría pública. Además, en el registro de estudios figura un tercer título: Contabilización de las Operaciones Comerciales, que habría finalizado en cuatro semestres en noviembre de 2018, aunque el nombre del programa o el título obtenido no aparece completo en la documentación pública.

Otro apartado de la hoja de vida muestra que Guerrero Jiménez dejó en blanco los espacios destinados a detallar los idiomas que domina, lee o escribe, aparte del español.
En cuanto a su experiencia laboral, la joven menciona haber trabajado en la Secretaría de Transparencia, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Ministerio del Interior, la Universidad Industrial de Santander (UIS) y el Consejo Comunitario Mayor Condoto Río y Raíces Afro.
A pesar de las controversias y de una presunta alteración del manual de funciones para facilitar su nombramiento, todo indica que, salvo un hecho extraordinario, Juliana Andrea Guerrero Jiménez será confirmada en propiedad como viceministra de las Juventudes del Ministerio de la Igualdad.
Las consecuencias legales a las que se podría enfrentar Juliana Guerrero por graduarse sin presentar Saber Pro

El Colombiano consultó a un abogado para analizar las posibles consecuencias legales que enfrentaría Guerrero si se comprueba alguna irregularidad. El primer escenario contempla que, si Guerrero engañó a la universidad alterando información, podría incurrir en el delito de obtención de documento público falso, sancionado en Colombia con penas de 48 a 108 meses de prisión, conforme al artículo 288 del Código Penal.
En un segundo escenario, si tanto Guerrero como la universidad estaban al tanto de la situación, ambos podrían ser responsables de falsedad documental o fraude a la administración pública. La falsedad documental, regulada por el artículo 287 del Código Penal colombiano, implica la alteración de documentos públicos o privados —como un título universitario— para obtener beneficios indebidos, con penas de 64 a 144 meses de prisión en caso de comprobarse.
Por su parte, el fraude a la administración pública, tipificado en el artículo 397, se configura cuando se manipulan requisitos oficiales para acceder a un cargo, induciendo al Estado a error o engaño.
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