
El Partido Cambio Radical anunció la presentación de una denuncia penal por prevaricato y una queja disciplinaria contra las magistradas del Consejo Nacional Electoral (CNE) Fabiola Márquez y Alba Lucía Velásquez.
La acción responde a la decisión de ambas funcionarias de suspender las sanciones impuestas a los senadores Ana María Castañeda y Temístocles Ortega, lo que permitió que estos participaran en la votación para elegir al nuevo magistrado de la Corte Constitucional.
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La colectividad formalizó la denuncia ante la Corte Suprema de Justicia y la queja disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación el 3 de septiembre de 2025 en Bogotá.
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Según el partido, las magistradas habrían incurrido en prevaricato al dictar medidas cautelares que, a su juicio, contravienen la normativa vigente y favorecen indebidamente a los congresistas sancionados.

El origen de la controversia radica en las sanciones que el Consejo de Control Ético de Cambio Radical impuso a los senadores Castañeda y Ortega, quienes quedaron privados de voz y voto dentro de la colectividad.
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Tras recibir la notificación de la sanción a la senadora Castañeda el 28 de agosto, ambos legisladores presentaron impugnaciones ante el CNE con el objetivo de revertir la decisión y recuperar sus derechos políticos dentro del partido.
Recusaciones y conflicto de intereses en el CNE
En respuesta a estas impugnaciones, Cambio Radical interpuso recusaciones contra las magistradas encargadas de los casos. La recusación contra Alba Lucía Velásquez se fundamentó en su pertenencia al movimiento Pacto Histórico y en lo que el partido consideró un conflicto de intereses.
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Por ello, solicitó que Velásquez fuera apartada de cualquier trámite relacionado con medidas cautelares, así como de la discusión y decisión sobre la impugnación presentada por Castañeda.
El partido sostiene que, conforme a la ley, la recusación debía ser evaluada por el siguiente magistrado en orden alfabético y resuelta en Sala Plena del CNE. Sin embargo, Cambio Radical afirma que la magistrada Velásquez rechazó la recusación y, acto seguido, decretó una medida cautelar que dejó sin efecto la sanción contra la senadora Castañeda, permitiéndole así participar en la elección del magistrado de la Corte Constitucional.
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En el caso de Temístocles Ortega, el partido señala que no recibió notificación formal de la impugnación presentada por el senador ante el CNE.
La colectividad tuvo conocimiento de la misma a través de una comunicación enviada por el secretario del Senado. A raíz de esta situación, Cambio Radical también recusó a la magistrada Fabiola Márquez Grisales, solicitando su apartamiento del caso por razones similares a las alegadas en el caso de Velásquez.
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Pese a estas acciones, Márquez, quien también forma parte del Pacto Histórico, dictó un auto en el que decretó una medida cautelar de urgencia, decisión que el partido califica de irregular y carente de fundamento legal.
Según Cambio Radical, ambas magistradas actuaron en contravención de los procedimientos establecidos, al rechazar las recusaciones y adoptar medidas cautelares que suspendieron las sanciones impuestas a los senadores.
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La colectividad solicitó a la sala plena del CNE y a los magistrados Altus Baquero Rueda y Maritza Martínez que, en su calidad de competentes para resolver las recusaciones, adopten medidas inmediatas para dejar sin efecto las decisiones cautelares tomadas por las magistradas cuestionadas.
Senador Richard Fuelantala queda fuera de elección clave en la Corte Constitucional
El Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (Aico) suspendió de manera provisional los derechos de voz, voto y representación política del senador Richard Humberto Fuelantala, lo que le impide participar en la elección del nuevo magistrado de la Corte Constitucional, según la Resolución No. 025 del 2 de septiembre de 2025.
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La sanción, fundamentada en el artículo 20 literal h del régimen estatutario interno de Aico y en varios artículos de la Constitución Política de Colombia, responde a situaciones relacionadas con la actuación legislativa del senador, de acuerdo con el documento oficial.
El partido subraya que la Constitución garantiza tanto el derecho a elegir como el ejercicio efectivo de la representación política, principios recogidos en los artículos 1, 40, 132, 260, 299 y 312 de la Carta Magna.
La medida priva a Fuelantala de su vocería y participación en el partido de forma provisional, lo que lo excluye de la votación para elegir al nuevo magistrado de la Corte Constitucional, una de las decisiones más relevantes en la agenda legislativa.
El Senado de la República de Colombia definirá este miércoles al nuevo magistrado en una sesión plenaria que, según información de W Radio, ha generado alta expectativa por la influencia del tribunal en el sistema jurídico nacional.
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