
El jueves 14 de agosto, los magistrados Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada debían presentar la ponencia en la que se analiza si la campaña de Gustavo Petro superó los topes de financiación en las elecciones presidenciales de 2022. No obstante, el documento no llegó a la sala plena.
La primera razón, reconocida por los ponentes, es que el texto aún no está concluido. La segunda, que se activó una recusación en contra de la magistrada Alba Lucía Velásquez por supuestamente haber sido testigo electoral en el proceso de 2022, lo que pondría en duda su imparcialidad.
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Este hecho generó un intenso debate dentro del tribunal electoral. Mientras Ortiz y Prada señalaron que no presentarían su ponencia hasta que se resolviera la recusación, el bloque afín a Velásquez, conformado en su mayoría por magistrados cercanos al Pacto Histórico, sostuvo que la discusión debía centrarse únicamente en la propuesta de resolución cuando estuviera lista. Además, acusaron a los ponentes de estar dilatando la entrega del documento para ganar tiempo.
Al final, se impuso la postura de Ortiz y Prada: el orden del día se redujo a decidir sobre la recusación. El resultado fue de 5 votos a favor y 3 en contra para que Velásquez se aparte del proceso; sin embargo, la votación no alcanzó el mínimo de seis magistrados que exige el reglamento del CNE para que una decisión sea vinculante.
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Ante esa situación, la definición pasará a manos de dos conjueces que serán escogidos al azar entre un listado de 18 nombres en la semana del 20 o 21 de agosto. Ellos decidirán si Velásquez puede o no continuar en el caso.
Posibles implicaciones en el equilibrio del CNE

Si la recusación contra Velásquez prospera, el tribunal quedará con ocho magistrados habilitados para votar. Este escenario podría arrastrar también a Álvaro Echeverry, recién llegado al CNE, que en 2022 tuvo un rol directo en el monitoreo de los votos del Pacto Histórico.
Una eventual exclusión de ambos magistrados reduciría el margen de maniobra del bloque afín al presidente Petro, pues perdería dos votos clave en contra de una posible sanción a su campaña. Esto deja en evidencia cómo las recusaciones no solo ponen en discusión la imparcialidad de los togados, sino el equilibrio interno de las fuerzas en el CNE.
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De hecho, varios analistas coinciden en que, incluso con la participación de Velásquez y Echeverry, lo más probable es que el caso termine en conjueces. Según los cálculos actuales, los votos se distribuirían 5-4, insuficientes para una decisión de fondo. En tal escenario, serían magistrados externos quienes tendrían la última palabra, inclinando la balanza hacia una sanción o una absolución.
El debate sobre preclusión o continuidad

Más allá de las recusaciones, el caso enfrenta un segundo eje de discusión: la vigencia de los plazos. Para los cercanos al Pacto Histórico, el proceso debería archivarse porque ya superó los tres años que la ley fija para adelantar una causa administrativa. Según esta tesis, al haber pasado más de tres años desde la primera y segunda vuelta, los hechos ya estarían precluidos.
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En cambio, Ortiz y Prada manejan otra interpretación: los tiempos se contarían hasta el 19 de agosto, último día habilitado para hacer cambios en los libros contables de la campaña. Los ponentes han agregado un matiz más: sostienen que los plazos se corrieron porque el proceso se suspendió mientras el Consejo de Estado definía si el CNE tenía competencia para investigar al primer mandatario, decisión que luego fue revocada por la Corte Constitucional. Según ellos, ese tiempo debe descontarse.

Los sectores afines al Gobierno rechazan esta postura y aseguran que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca) no avala esa suspensión. Para ellos, el proceso caducó y debe archivarse.
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Aun así, Ortiz y Prada insisten en que presentarán la ponencia dentro del plazo y, aunque no logre votación definitiva, aseguran que será un documento histórico que servirá como precedente para futuras campañas electorales.
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