
El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la aceptación de la impugnación presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, argumentando presuntas vulneraciones al debido proceso durante la actuación de la jueza Sandra Heredia.
Esta decisión abre un nuevo capítulo en el proceso judicial contra el exmandatario y deja en manos de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia la definición sobre la tutela que busca garantizar su libertad.
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La resolución señala que, tras evaluar la impugnación interpuesta en el término legal por la defensa legal de Uribe, el Tribunal dio vía libre a la remisión inmediata del expediente a la Corte Suprema, siguiendo el procedimiento legal establecido.
En el centro del debate jurídico está la tutela presentada por los abogados del exjefe de Estado, que cuestiona la conducta procesal adoptada por la jueza Sandra Heredia.
Los argumentos principales apuntan a presuntas irregularidades que, a juicio de la defensa, habrían afectado el derecho fundamental de Uribe al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. La Sala de Decisión del Tribunal había declarado improcedente el amparo solicitado en fallo del 21 de febrero de 2025, decisión que ahora queda sometida a revisión por la Corte Suprema.
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Según el texto de la decisión: “El demandante Álvaro Uribe Vélez, a través de apoderado, dentro del término legal interpuso impugnación contra la sentencia del 21 de febrero del corriente año, a través de la cual esta Sala de Decisión declaró improcedente el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia reclamados”.

“En consecuencia, por ser viable y estar el recurrente legitimado para el efecto, se CONCEDE la impugnación, por lo que se ordena remitir por secretaría de manera inmediata el expediente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para lo de su cargo”, se observa en el documento.
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La defensa del expresidente sostuvo que el proceso judicial ha estado marcado por decisiones que habrían desconocido garantías fundamentales, lo que motivó la presentación de la tutela.
Los abogados consideran que la intervención judicial de la jueza Heredia no se ajustó a los parámetros exigidos por la ley procesal, razón por la cual solicitaron la intervención de instancias superiores.
Defensa de Álvaro Uribe busca frenar detención con tutela en Bogotá

La defensa de Álvaro Uribe presentó el lunes 4 de agosto una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá para evitar la detención del expresidente.
El abogado Jaime Granados solicitó un amparo inmediato a la libertad de su cliente, mientras avanza la apelación de fondo a la condena dictada el viernes 1 de agosto.
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En la sentencia, la jueza Sandra Heredia ordenó la detención domiciliaria de 12 años para Uribe tras hallarlo culpable de manipulación de testigos. El fallo argumentó que mantenerlo en libertad enviaría un mensaje de impunidad y que la medida es necesaria para preservar la convivencia ciudadana.
Además, la jueza consideró que existe riesgo de fuga debido al “gran reconocimiento a nivel internacional” del exmandatario y que la detención tiene un “efecto disuasivo” para prevenir nuevos delitos.

La defensa sostuvo que la privación de la libertad debe ser excepcional cuando la sentencia no está en firme, como ocurre en este caso. El recurso presentado por Granados califica de “clarísima negación” de la presunción de inocencia el argumento de evitar futuros delitos y cuestiona que no se hayan identificado las “supuestas estrategias dilatorias sistemáticas” atribuidas a Uribe en las etapas iniciales del proceso.
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El abogado también rechazó que la jueza haya considerado la percepción pública en su decisión. En el escrito, Granados afirma: “Los jueces deben decidir conforme a la ley y la evidencia, no pensando en los mensajes sociales de sus providencias o en la interpretación que el público haga de ellas”.
Añade que no se puede justificar la privación de libertad por la posibilidad de disturbios, ya que esto implicaría una “instrumentalización inaceptable de la persona en un Estado Social de Derecho”.
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