
Mientras en el Concejo de Bucaramanga se debate el destino que tuvo una gran cantidad de chatarra desde que Jaime Andrés Beltrán asumió la alcaldía de la capital santandereana, el Consejo de Estado le propinó un nuevo golpe al llamado “Bukele colombiano”.
Esto se debe a que en la tarde del 31 de julio confirmó que mantendrán vigente un proceso en el que se pide la nulidad de la elección del mandatario local por doble militancia.
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Esta es la segunda vez que el Consejo de Estado rechaza la petición de la defensa de Beltrán, que tiene su futuro político en manos del Tribunal Administrativo de Santander.
Debido a que el proceso ya agotó todos los recursos, lo único que resta es que la sala adopte una decisión definitiva en segunda instancia, que podría registrarse el 14 de agosto.

Lo que hay que entender de la posible nulidad del ‘Bukele colombiano’
El 12 de diciembre de 2024 la magistrada Luisa Fernanda Flórez anuló la elección de Beltrán como alcalde de Bucaramanga, argumentando que la petición de un veedor ciudadano era correcta y el pastor había incurrido en doble militancia por haber apoyado a candidatos al Concejo de Bucaramanga de su partido y de otros grupos políticos.
Esta resolución fue apelada ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que rechazó la petición de nulidad y en caso de que la última instancia mantenga la decisión inicial, provocará que Beltrán deba dejar su cargo de manera inmediata.
Lo siguiente en el proceso es que el magistrado de la Sección Quinta del Consejo de Estado deberá presentar a los otros miembros de la sala el proyecto de fallo, por el que votarán a favor o en contra de ratificar la decisión en primera instancia.
Si Beltrán es retirado de la Alcaldía de Bucaramanga, la Registraduría Nacional deberá convocar unas elecciones atípicas para que se escoja al reemplazante del “Bukele colombiano” hasta 2027.

Cabe recordar que el pedido de nulidad de la decisión de primera instancia fue presentado por el abogado José Augusto Tamara, que argumentó que no se tuvo en cuenta a la sala penal del Tribunal Administrativo de Santander.
“A través de memorial radicado el 16 de junio de 2025, el señor José Augusto Tamara Garrido, quien fue reconocido como tercero, solicitó que se declarara la nulidad del proceso, por cuanto, en su sentir, la magistrada ponente de primera instancia dictó el fallo apelado en sala unitaria y no, de manera colegiada. Además, porque acumuló procesos de manera irregular”, es parte del documento de la solicitud.
Tamara indicó que era necesario que se convocará a la sala penal para que se tomara una decisión final, pero que esto no fue realizado por la magistrada Flórez.

A pesar de la postura del jurista, el magistrado ponente de la sección quinta indicó que era procedente rechazar el pedido de nulidad por la carencia de argumentos jurídicos relevantes.
“En tales condiciones, se observa que la solicitud presentada por el señor José Augusto Tamara Garrido en contra de la sentencia del 12 de diciembre de 2024 fue presentada sin estar legitimado para el efecto, en forma extemporánea y, además, no se sustenta en ninguno de los supuestos que establece la referida disposición, aplicable al medio de control de nulidad electoral, por lo que evidentemente se trata de una petición impertinente e improcedente, en consecuencia, habrá de ser rechazada por dicha causa”.
Hasta el momento, Jaime Andrés Beltrán no se ha pronunciado al respecto, sin embargo, en más de una ocasión ha afirmado que respetará las decisiones que tomen las entidades, aunque defendió que su campaña fue correcta.
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