
El presidente Gustavo Petro sancionó el 24 de julio de 2025 la ley con la que se regulan las encuestas electorales en el país y que había generado controversia por considerar que se trataba de una censura a la actividad de las firmas encuestadoras. Sin embargo, el texto establece que la publicación de sondeos en medios de comunicación queda prohibida por un tiempo determinado hasta la inscripción formal de candidatos.
El texto, que en su tránsito por el Congreso de la República pasó inadvertidamente, pues no se supo de su existencia o relevancia hasta cuando esperaba la firma del presidente Petro, cambia las reglas de juego de cara a los comicios electorales de 2026.
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La ley sancionada por el mandatario contempla una prohibición temporal de la publicación de encuestas de intención de voto en el periodo de los tres meses anteriores a la fecha de inscripción oficial de candidatos.
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De acuerdo con el calendario electoral publicado por la Registraduría para el proceso electoral legislativo y presidencial de 2026, la publicación de sondeos de percepción o favorabilidad de candidatos en medios de comunicación, estaría prohibida a partir de noviembre, al menos para las elecciones presidenciales cuya inscripción de candidatos inicia el 31 de enero de 2026.
Sumado a esto, se establece que las encuestas que sean publicadas deben incluir obligatoriamente a todos los municipios con una población superior a 800.000 habitantes, según proyecciones del Dane. Esta condición contribuye a una mayor representatividad de los resultados, lo que también dota de credibilidad a las mediciones divulgadas.
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El alcance de la ley, que entra en vigencia para las elecciones de 2026, abarca las elecciones nacionales, departamentales y municipales, impactando así las dinámicas financieras y estratégicas previas a las campañas formales.
Por tal motivo, es que esta nueva ley reconfigura las reglas de juego de los procesos electorales en el país, dado que para obtener a una medición sobre la favorabilidad de un candidato, los equipos de campaña tendrían que recurrir a contratar de manera privada a las firmas encuestadoras.
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La polémica por esta nueva ley se suscitó por la opinión de directivos de firmas como Cifras y Conceptos, Invamer y el Centro Nacional de Consultoría, que expresaron su sorpresa y rechazo ante la aprobación de la iniciativa, sin contar con su concepto. Los directivos señalaron que el trámite legislativo se llevó a cabo prácticamente sin consulta ni debate público.

A esto se le sumó el argumento de que la ciudadanía quedaría privada de un insumo científico y fundamental para comprender las tendencias y preferencias electorales, tanto antes, durante como después de los comicios.
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Además, subrayaron que la restricción impuesta por la ley constituye un golpe al derecho a la información y a la libertad de expresión, dado que, su aplicación limita el acceso a datos de interés general, lo que puede considerarse un acto de censura sin una justificación jurídica sólida.
Frente a las críticas, la senadora Angélica Lozano, autora principal de la nueva ley, defendió la regulación argumentando que busca fortalecer la calidad y transparencia de las encuestas electorales, más no censurarlas.
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Los argumentos de Lozano se basaron en que la ley establece parámetros técnicos y obligaciones adicionales para aumentar la rigurosidad y representatividad de los resultados, permitiendo al Consejo Nacional Electoral hacer un control más efectivo y transparente de esta información.
La nueva ley contó con el respaldo de cerca de 30 congresistas para su radicación en el Legislativo, entre los que se destacaron Angélica Lozano y Jota Pe Hernández, del Partido Verde; Fabio Amín, del Partido Liberal; Alfredo Deluque, del Partido de la U; María Fernanda Cabal, Paloma Valencia y Paola Holguín, del Centro Democrático; y el exsenador independiente Humberto De la Calle.
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