
Los abogados Iván Cepeda Castro, Miguel Ángel del Río Malo y Reinaldo Villalba Vargas solicitaron formalmente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá que determine si el abogado Diego Javier Cadena Ramírez ha incumplido con las sanciones que le fueron impuestas y que le prohíben ejercer su profesión.
La petición se basa en una denuncia pública hecha por el periodista Daniel Coronell, que el pasado 14 de julio, en W Radio, afirmó que Cadena habría intentado manipular a un testigo.
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Según esta versión, el abogado le ofreció beneficios económicos y jurídicos a Manuel Castañeda, conocido como el “narcochofer”, a cambio de que este declarara falsamente en contra de Iván Cepeda y del abogado Miguel Ángel del Río. Posteriormente, el periodista Gonzalo Guillén entrevistó a Castañeda, quien amplió los detalles de esta supuesta operación.
De acuerdo con el boletín emitido por Iván Cepeda Castro, si las afirmaciones hechas por Castañeda son ciertas, Cadena habría actuado pese a tener prohibido ejercer su profesión debido a dos suspensiones disciplinarias.

La primera fue emitida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá el 14 de enero de 2022, con una duración de tres años. Esta sanción fue confirmada por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en enero de 2023. La segunda suspensión fue emitida por la Comisión del Valle del Cauca en junio de 2022, por un periodo de 34 meses, y ratificada en junio de 2023.
El boletín también indica que el comportamiento reciente de Cadena coincidiría con las conductas por las que fue previamente sancionado, y que son materia de un proceso penal en curso. El abogado fue acusado por la Fiscalía General de la Nación por presuntos delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. El sentido del fallo de este caso se conocerá el 15 de agosto.
Finalmente, Cepeda y sus colegas recordaron que estos hechos ya fueron denunciados penalmente ante la Fiscalía, donde actualmente cursan investigaciones.

Consejo de Estado no admitió demanda contra Iván Cepeda
El Consejo de Estado decidió no admitir una demanda presentada por un ciudadano contra el senador Iván Cepeda Castro, en la que se solicitaba la pérdida de su investidura. El alto tribunal concluyó que la acción no cumplía con los requisitos legales exigidos, lo que impidió su evaluación de fondo.
La demanda fue radicada por Óscar Armando Díaz Campos, quien acusaba al congresista de ser “autor intelectual” de la crisis en el Catatumbo y de supuestos vínculos con el narcotráfico y grupos armados. Además, Díaz planteó cargos por enriquecimiento ilícito, concierto para delinquir y “traición a la patria”, basados, según el Consejo de Estado, en afirmaciones sin pruebas, sustentadas más en juicios políticos y conjeturas personales que en evidencias verificables.
El demandante incluyó señalamientos como la supuesta creación de un frente miliciano de las extintas Farc en Bogotá y responsabilizó a Cepeda por la eliminación del antiguo DAS, alegando incluso la complicidad de un “cura marxista”. También cuestionó su trayectoria política, al afirmar que habría incurrido en doble militancia al pertenecer a distintas colectividades a lo largo de su carrera.

El alto tribunal rechazó la demanda por fallas procesales graves. Entre los errores detectados, se identificó la ausencia de documentación que acreditara la identidad del ciudadano demandante y la falta de un certificado expedido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que confirmara la condición de senador de Cepeda. También señaló que tampoco se especificó la causal legal que justificaría la pérdida de investidura, ni se aportaron pruebas ni fechas relacionadas con los hechos denunciados.
Debido a estos vacíos, el Consejo de Estado resolvió no pronunciarse sobre el contenido de las acusaciones y descartó el caso por improcedente. La decisión se fundamentó en la Ley 1881 y en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
A pesar de ello, el tribunal concedió un plazo de cinco días a Díaz Campos para corregir los errores. Sin embargo, la falta de sustento probatorio en las acusaciones hace poco probable que una nueva versión prospere ante la justicia.
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