
Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, las personas naturales deberán cumplir con la obligación de declarar renta ante la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales (Dian), según el calendario oficial. Ante esto, hay preocupación porque la información exógena —el conjunto de datos que terceros como bancos y empresas reportan sobre la realidad económica de los contribuyentes— aún no está disponible, a pesar de que tradicionalmente ya debería encontrarse habilitada en la plataforma de la entidad.
El retraso en la publicación de la información exógena generó inquietud entre los contribuyentes, que suelen consultar este insumo para comparar y validar los datos que consignan en el formulario 210. La Dian explicó que la demora obedece a una contingencia ocurrida en mayo, cuando se presentaron fallas en el sistema durante el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las personas jurídicas.
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Como consecuencia, los plazos para que los terceros reportaran la información se extendieron, y la entidad proyecta publicar los datos el último día hábil de julio. Y es que la información exógena constituye un compendio de datos sobre deudas, rentas de trabajo, de capital, ingresos no laborales, pensiones, dividendos, aportes a fondos de pensiones y retenciones, entre otros.
Dichos datos permiten a la Dian generar una declaración sugerida, que el contribuyente puede aceptar, modificar o ignorar, según su propia realidad tributaria. No obstante, la declaración sugerida solo incorpora información reportada en el país, sin incluir patrimonio, deudas, ingresos, deducciones u otras variables provenientes del exterior.
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Se debe tener en cuenta que el proceso de declaración de renta en Colombia exige precisión, ya que cualquier error puede derivar en sanciones. Por ello, muchos ciudadanos, incluso con todos sus documentos en regla, esperan la información exógena para asegurarse de que los registros coincidan con los de la Dian. La consulta de este insumo resulta útil para los que reciben ingresos no habituales, pues les ha servido como recordatorio de movimientos que podrían haber pasado por alto.
Qué establece el calendario de la Dian
El calendario de la Dian establece que los vencimientos inician el 12 de agosto, fecha límite para quienes tienen cédulas terminadas en 01 y 02. A pesar de que la información exógena suele estar disponible para estas fechas, este año el proceso se vio afectado por el retraso. La entidad expidió una resolución en mayo con la que fijó el periodo del 12 de mayo al 13 de junio para que los obligados —personas naturales y jurídicas que superan los topes establecidos, entidades públicas, cámaras de comercio, sociedades fiduciarias y otras— hicieran los reportes correspondientes.
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Lo que permite la información exógena
Ante la situación, el exsubdirector operativo de Fiscalización y Liquidación Tributaria y exsubdirector de Análisis y Sectores Estratégicos de la Dian Christian Quiñonez, contador público y socio fundador de Clavertax Assestment, mostró preocupación y recordó que la información exógena es clave para que las personas naturales presenten sus declaraciones de renta que están próximo a vencerse.
Resaltó que la información de exógena es una fuente muy útil, ya que permite que los contribuyentes vean la información que tiene la Dian respecto a los ingresos y otros rubros como bancos y activos, que permitirá que ellos diligencien su declaración de renta con la información correcta.
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“El que no esté disponible, pues hace un poco más difícil la elaboración de las declaraciones de renta, por cuanto le toca acudir a otras fuentes de recolección de información a las personas naturales para poder cumplir con este deber”, advirtió.

Según él, esto era previsible. Recordó que hace unos meses se presentó una contingencia en los servicios informáticos, lo que llevó a aplazar los tiempos con los que contaban los contribuyentes para presentar la información exógena, entonces, cuando se corren los tiempos en los que le llega esa información a la Dian también se le corre el tiempo a la Dian para tener esa información disponible.
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Cómo se hubiera solucionado la situación
Dijo que eso se hubiese solucionado si, desde el comienzo, se hubiera generado un calendario coherente en el que la información exógena se presente antes que la declaración de renta, que no tengan vencimiento al tiempo que no se hubiese caído el sistema y ahí sí la podrían tener disponible.
“Seguramente, la razón por la cual la Dian no tiene la información ahí es porque con la contingencia tecnológica que hubo, que se extendió casi tres semanas, también se le corrieron los tiempos de preparación para tenerla de forma visible para los contribuyentes hoy. Así que, otra vez, es un escenario para repensar el calendario tributario que tiene la Dian y que no siga ocurriendo esto año a año”, lamentó Christian Quiñonez.
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