
El embargo de bienes es una medida que puede ejecutarse cuando una persona incumple una obligación financiera, permitiendo que sus activos pasen a manos de un tercero o sean usados como parte de pago de una deuda.
No obstante, la legislación colombiana establece limitaciones específicas para proteger la dignidad y condiciones básicas de vida de las personas y sus familias.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
Según el Banco de la República, los bienes comprenden objetos y posesiones que pertenecen a una persona, y se clasifican en públicos, que son propiedad de toda la población, y privados, que corresponden a un individuo. Entre los bienes privados, algunos pueden ser objeto de embargo en caso de deudas, como carros, joyas, propiedades, acciones e inversiones.
El historial crediticio también puede verse afectado por años si no se responde a las obligaciones. Sin embargo, el artículo 594 del Código General del Proceso protege ciertos bienes considerados esenciales, impidiendo su embargo para garantizar la subsistencia.
PUBLICIDAD

Estas protecciones buscan evitar que un proceso judicial deje sin recursos básicos a una persona o a su familia.
Entre los bienes inembargables se incluyen: la vestimenta, los utensilios de cocina, los muebles de uso ordinario en el hogar, los libros de trabajo, y una parte del salario o pensión, salvo las excepciones incluidas en la ley.
El artículo 594 estipula que, cuando una persona recibe ingresos u honorarios superiores a un salario mínimo mensual vigente, solo se puede embargar una quinta parte de ese excedente (20%).
Por ejemplo, si se perciben dos millones de pesos, el embargo máximo permitido sería de cuatrocientos mil. Otra excepción aplica cuando existe incumplimiento en obligaciones alimentarias establecidas por la ley, para lo cual puede autorizarse un embargo de hasta el 50% del salario, pero solamente con autorización judicial.
PUBLICIDAD
Los procesos de embargo solo pueden ser decretados por un juez de la República o por entidades autorizadas por el Estado. Además, los embargos pueden evitarse si las personas cumplen sus obligaciones a tiempo o logran acuerdos para solucionar la deuda.
El artículo 594 no solo delimita qué bienes pueden ser objeto de embargo, sino que garantiza que, incluso ante una deuda, las personas conserven recursos esenciales para su vida y la de sus familias.

Traspaso de propiedad protege contra embargos y reportes negativos
Formalizar el cambio de titularidad tras la venta de un vehículo es fundamental para que el antiguo propietario se desvincule de futuros problemas legales y financieros.
PUBLICIDAD
La Secretaría Distrital de Movilidad recomienda a los ciudadanos realizar el traspaso de propiedad para evitar responsabilidades por multas, impuestos y embargos asociados al automotor vendido. “El propietario se desvincula de futuras obligaciones por multas, impuestos y embargos asociados al vehículo”, destaca la entidad.
El llamado cobra relevancia debido a la alta cantidad de casos registrados en Bogotá donde, al no completar el trámite, el antiguo dueño termina recibiendo reportes negativos y cobros por infracciones cometidas por el nuevo poseedor. Para prevenir estas situaciones, existe la figura del traspaso a persona indeterminada, especialmente útil cuando han pasado más de tres años desde la venta y ya no es posible contactar al comprador.
PUBLICIDAD
Durante 2025, la Secretaría ha recibido 4.407 solicitudes de traspaso a persona indeterminada, trámite regulado por la Resolución 20223040044765 de 2022 del Ministerio de Transporte, disponible hasta el 6 de agosto de 2025. Este procedimiento protege el historial crediticio, reduce riesgos legales asociados al vehículo, elimina deudas en la Secretaría de Hacienda y en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), y actualiza la situación patrimonial ante las autoridades.

El costo del trámite es de $213.200 para carros, maquinaria, remolques y semirremolques, y $119.800 para motocicletas. Para iniciar el proceso, el propietario debe reunir la documentación requerida, agendar cita a través de www.ventanillamovilidad.com.co y presentarse en una de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios. A partir del 6 de agosto de 2025, quedarán vigentes nuevas condiciones normativas y el procedimiento se suspenderá temporalmente.
PUBLICIDAD
En paralelo, 173.507 personas han realizado en 2025 el traspaso Ordinario, que otorga formalmente la titularidad al comprador mediante la presentación de documentos específicos y el pago de tarifas actualizadas. La entidad aclara que el proceso se debe realizar sin intermediarios y que solicitar la cita no tiene costo.
Más Noticias
Juicio por el magnicidio de Luis Carlos Galán se reanudó tras declaración de Carlos Lehder: negó conocer el plan criminal
La Fiscalía busca establecer la responsabilidad de tres procesados por el asesinato del candidato presidencial, mientras el proceso continuará con nuevas audiencias en abril de 2027. La declaración del exintegrante del cartel de Medellín también abordó el crimen de Rodrigo Lara Bonilla

Gobierno anuncia sistemas antidrones tras ataque con 9 granadas a estación de Policía en El Carmen, Norte de Santander
Rodrigo Lara informó que el Ministerio del Interior participará en la reconstrucción de las instalaciones afectadas y trabajará con Defensa en nuevas medidas de protección para la Fuerza Pública

Pico y Placa en Bogotá: qué vehículos no circulan este lunes 21 de septiembre
Este programa de restricción vehicular aplica de lunes a viernes en la ciudad

Gobierno de Abelardo de la Espriella frena giro de $38.724 millones ante la Adres tras hallazgos de la Supersalud
La medida preventiva mantiene excluidos temporalmente a 26 prestadores y proveedores, mientras se verifica la existencia, consistencia y trazabilidad de las obligaciones reportadas por algunas EPS para el régimen subsidiado

Super Astro Luna hoy 20 de septiembre: revisa el número y signo ganador
El sorteo nocturno de esta reconocida lotería colombiana, arrojó los siguientes números y signo zodiacal como resultados ganadores




