
El presidente Gustavo Petro recibió un respaldo jurídico directo desde el Ministerio de Justicia frente a las críticas que desató el Decreto 799 de 2025, con el cual se modificó la competencia para conocer las tutelas interpuestas contra el jefe de Estado.
La medida fue defendida enérgicamente por el viceministro de Justicia, Yefferson Dueñas, que aseguró que no se trata de una estrategia para proteger al mandatario, sino de una decisión que busca restablecer el equilibrio constitucional y ampliar el acceso a la justicia en todo el país.
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“Este decreto garantiza particularmente cuatro principios constitucionales: igualdad, acceso efectivo a la justicia, cumplimiento de decisiones judiciales anteriores y respeto al artículo 86 de la Constitución, que permite presentar una tutela ante cualquier juez, en cualquier momento y lugar”, afirmó Dueñas en una entrevista con W Radio.
El Gobierno ha sido señalado por sectores de la oposición y algunos juristas de querer “huirle” al Consejo de Estado, un tribunal que ha fallado en contra de decretos presidenciales en varias oportunidades.

Sin embargo, el viceministro fue categórico: “Al contrario, este decreto pone fin a una anormalidad que comenzó en 2021 y que concentró las tutelas contra el Presidente solo en una jurisdicción, excluyendo a la justicia ordinaria”.
La historia detrás del cambio
El Decreto 799 de 2025 reemplaza al Decreto 333 de 2021, expedido durante el gobierno de Iván Duque. En ese entonces, una tutela interpuesta por un juez de Nariño suspendió el programa de fumigación con glifosato.
Como reacción, el Ejecutivo de turno decidió que todas las tutelas contra el Presidente y otras autoridades nacionales —especialmente las relacionadas con seguridad y erradicación de cultivos ilícitos— fueran conocidas únicamente por el Consejo de Estado.
Esa norma, sin embargo, fue duramente cuestionada. “Se decía que el Gobierno estaba eligiendo su juez. Incluso hubo demandas y críticas académicas que advertían sobre el desequilibrio que generaba esa disposición. Lo que hacemos ahora es volver a la regla general: que todas las tutelas contra cualquier autoridad del orden nacional sean conocidas por los jueces de circuito, como lo establece la Constitución”, explicó el viceministro.

¿Derogación expresa o tácita?
Uno de los puntos que generó mayor polémica es que el nuevo decreto no derogó de forma explícita el numeral 12 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021, el cual sigue asignando la competencia al Consejo de Estado.
Algunos juristas argumentaron que, al no eliminarse expresamente esa norma, aún estaría vigente.
Dueñas respondió con claridad: “En técnica legislativa, hay derogatorias expresas y derogatorias tácitas. Este es un caso de derogatoria tácita, porque el nuevo decreto establece una regla contraria a la anterior y, además, incluye una cláusula general de derogatoria de las normas que le sean incompatibles. Es decir, aunque no se nombre el numeral, este pierde vigencia automáticamente por contradicción”.
¿Una jugada para blindar a Petro?
La pregunta sobre si el Gobierno busca proteger al presidente Petro de decisiones judiciales adversas no tardó en llegar.
Pero Dueñas insistió en que la medida fortalece el principio de igualdad al permitir que todas las autoridades nacionales —no solo el Presidente— puedan ser objeto de tutela ante cualquier juez del país.
“No se trata solo del Presidente. El decreto aplica a ministros, agencias nacionales, entidades como Ecopetrol o la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla). Lo que hace es que estas tutelas ya no se tramiten exclusivamente en Bogotá ante el Consejo de Estado, sino en cualquier ciudad o municipio del país. Eso favorece el acceso ciudadano y descongestiona el sistema”, añadió.
¿Qué pasa con las tutelas ya en curso?
El viceministro explicó que, según la doctrina constitucional, las tutelas ya asumidas por un tribunal seguirán su curso sin alteraciones.
“La Corte Constitucional ha dicho que la competencia en tutela es de aprehensión, es decir, quien la asume, la conserva. Este nuevo esquema aplicará solo para las nuevas acciones que se presenten a partir de la expedición del decreto”.
Sobre las preocupaciones de que esta medida pueda atomizar la justicia o generar inseguridad jurídica, Dueñas respondió que el diseño institucional colombiano incluye múltiples filtros y garantías: “Todos los jueces y magistrados son de carrera, elegidos por méritos. Hay segunda instancia en los tribunales y eventual revisión por parte de la Corte Constitucional. Confiamos en el profesionalismo y la autonomía de los jueces del país”.

Al final de la conversación, Dueñas fue consultado sobre un tema que ronda el debate político actual, ante la posibilidad de que Álvaro Uribe Vélez sea postulado como vicepresidente: ¿un expresidente puede aspirar a ese cargo?
Aunque aclaró que su intervención se limitaba al análisis del decreto, respondió con un argumento estrictamente constitucional.
“La Constitución exige que quien aspire a la Vicepresidencia tenga las mismas calidades que para ser Presidente. Si una persona cumple esas condiciones, puede ser vicepresidente; si no, no puede ser inscrito”, concluyó, dejando entrever que un expresidente inhabilitado para volver al cargo principal tampoco podría asumir el segundo.
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