
Colombia enfrenta una transformación radical en la regulación del trabajo doméstico.
A partir de la reforma laboral aprobada en 2025, todos los empleadores deberán formalizar la contratación de trabajadoras domésticas mediante un contrato escrito que también deberá ser registrado ante el Ministerio de Trabajo.
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Este cambio responde a la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que obliga al país a garantizar condiciones laborales dignas y formales para este sector históricamente marginado.
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La medida introduce reglas claras en la relación laboral, elimina los contratos verbales y establece un marco para la protección de miles de mujeres que se dedican al trabajo doméstico, muchas de ellas cabezas de hogar. También busca corregir la alta tasa de informalidad del sector, que, según datos oficiales, alcanza el 83%.

La reducción gradual de la jornada laboral en Colombia inició con la aprobación de la Ley 2101 de 2021, ajustada en 2022 mediante la Ley 2466.
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La jornada semanal para todos los trabajadores disminuirá de las tradicionales 48 horas a 42 horas para 2026, sin que haya una reducción salarial.
En 2025, la jornada máxima ya pasó a 44 horas por semana, distribuida en no más de 8 horas diarias, sin incluir la hora de almuerzo.
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Se generaron dudas en torno a la aplicación de estas reglas al empleo doméstico, donde históricamente predominó la informalidad y las extensas jornadas laborales, sobre todo para trabajadoras internas.
De acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, esta nueva regulación también cobija a las empleadas domésticas. El contrato escrito debe especificar la jornada máxima y los tiempos de descanso.
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Si la trabajadora presta servicios fuera de ese horario, tiene derecho a recibir recargos por horas extra y pagos adicionales por trabajo nocturno, según lo establece la ley.

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó que a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, los contratos verbales con empleadas domésticas ya no tendrán validez legal.
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Todo vínculo laboral deberá formalizarse por escrito, incluso en los casos en que la contratación se realice por días. Además, este documento tendrá que ser registrado ante el Ministerio de Trabajo.
Para facilitar la transición, se otorgó un plazo de hasta 12 meses para que los empleadores formalicen los contratos existentes, y se espera que la plataforma de registro esté disponible próximamente.
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Mientras tanto, las autoridades insisten en que la relación laboral debe formalizarse por escrito incluso si aún no existe la plataforma digital, para garantizar los derechos de las trabajadoras y cumplir con la obligación legal. El incumplimiento puede generar sanciones, demandas laborales y la presunción de infracción de las normas laborales.
Así mismo, uno de los principales focos de la nueva regulación es la protección de las trabajadoras internas, que a menudo superan el límite diario de trabajo y carecen de horarios definidos de descanso y tiempo libre.
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La obligación del contrato escrito y del registro busca asegurar que cuenten con condiciones claras de descanso, jornadas acordes a la ley y pleno acceso a sus derechos laborales, incluyendo vacaciones, afiliación al sistema de salud, riesgos laborales y primas legales.
El Ministerio de Trabajo descartó rumores sobre posibles visitas masivas a hogares para verificar las condiciones de las empleadas domésticas. Según el ministro Sanguino, la noticia sobre la supuesta vigilancia a 50.000 hogares partió de información errónea y desinformó a la población.
Sanguino también expuso que en este segmento de trabajadoras es frecuente ver problemas como la ausencia de contratos, extensas jornadas, falta de pago de cesantías, primas, vacaciones e incluso casos de maltrato. Precisamente, la nueva ley busca poner un freno a estas prácticas y promover el estricto cumplimiento de la normativa laboral.
Requisitos laborales y sociales para las nuevas contrataciones

El contrato escrito obligatorio debe especificar condiciones como funciones, jornada máxima diaria (8 horas), horas de descanso y detalles sobre el pago de horas extra y recargo nocturno si la labor se extiende más allá de las 7:00 p. m.
En cuanto a la seguridad social, la ley establece que la empleada aporta el 4% y el empleador el 8,5% tanto para salud como para pensión, bajo el mismo esquema para ambos riesgos.
El salario mínimo mensual de una trabajadora doméstica para 2025 es de $1.423.500, al que se suma un auxilio de transporte legal de $200.000. Sobre esta base, el monto total para seguridad social asciende a $470.068, repartidos en $356.188 pagados por el empleador y $133.880 por la trabajadora.
A esto deben sumarse cesantías y sus intereses, prima de servicios en junio y diciembre, vacaciones, dotación de calzado y vestido de trabajo, y licencia de maternidad en los casos que corresponda. El empleador que incumpla con la afiliación y pago correcto de la seguridad social y demás prestaciones se expone a multas y sanciones legales.
Del mismo modo, el Ministerio de Trabajo anunció la habilitación próxima de la plataforma oficial para registrar los contratos. La ley otorga seis meses para el desarrollo de este sistema, pero insta a no esperar y a formalizar inmediatamente las relaciones laborales por escrito.
A través del registro se facilitará la inspección, vigilancia y protección de los derechos de las trabajadoras, además de combatir la informalidad que por décadas caracterizó al sector.
Colombia cuenta actualmente con unas 700.000 trabajadoras domésticas, según cifras del Ministerio, la mayoría de ellas sin contrato laboral ni acceso pleno a sus derechos. Con la nueva regulación, el país busca avanzar hacia la formalización y el reconocimiento legal de su trabajo.
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