
El controversial oficio fue dirigido a la representante a la Cámara Katherine Miranda, que había consultado a la Corte sobre la legalidad de una eventual insistencia presidencial luego de que el Congreso hundiera el primer intento de convocatoria.
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La respuesta, emitida por la Relatoría del alto tribunal el 26 de mayo de 2025, señala que “ninguna providencia permite convocar la consulta sin concepto afirmativo del Senado ni autoriza al Ejecutivo a ‘insistir’ tras un concepto negativo”.
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Además, se expuso de manera detallada los criterios utilizados para la búsqueda jurisprudencial, que incluyeron el análisis de sentencias desde 1994 hasta 2025, referentes al artículo 104 de la Constitución Política y las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015.
Como resultado de ese análisis, desde la Relatoría se concluyó que, “el concepto previo y favorable del Senado previsto en el artículo 104 de la Constitución es condicionante de la competencia presidencial. La negativa o el silencio del Senado agotan la iniciativa; no existe vía alterna de insistencia”.
El pronunciamiento no dejaba lugar a dudas: sin el visto bueno del Senado, no sería posible llevar a cabo una consulta popular a nivel nacional, ni siquiera si el presidente decide firmar un decreto con ese propósito.
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“No tiene competencia para llamar a las urnas”: Katherine Miranda al Gobierno
La postura de la Relatoría de la Corte Constitucional se da a conocer tras la petición de la Katherine Miranda, que también sostuvo que el Gobierno no tiene salida legal para revivir la propuesta de consulta popular.
“El Gobierno nacional no puede insistir presentando una nueva insistencia de consulta popular con las mismas preguntas que ya se le negó el Senado de la República. Adicionalmente, no tiene la competencia para presentar vía decreto y llamar a las urnas a consulta popular”, afirmó.
El pronunciamiento de Miranda refuerza el mensaje de que el Ejecutivo ha agotado el camino institucional en este frente, luego de que su primer intento fuera derrotado en el Congreso.
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Cabe recordar que el presidente Gustavo Petro radicó el pasado 1 de mayo una propuesta de consulta popular con doce preguntas que buscaban, entre otras cosas, refrendar la reforma laboral que el Congreso había rechazado. En una votación ajustada y con múltiples controversias políticas, el Senado hundió la iniciativa con 49 votos en contra y 47 a favor.
A pesar del rechazo legislativo, el Ejecutivo insistió con una nueva propuesta, esta vez ampliada a 16 preguntas, que además de la reforma laboral incluía asuntos sensibles del sistema de salud.
El documento fue radicado por el ministro de Salud encargado, Guillermo Alfonso Jaramillo, a pesar de que esa tarea no correspondía a su competencia como ministro interino. Este hecho también generó críticas desde diversos sectores políticos, que cuestionaron el uso de funcionarios en funciones administrativas para impulsar una agenda política desde el Ejecutivo.
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¿Qué sigue para el Gobierno?

El Gobierno se está quedando sin herramientas legales para avanzar en su intención de convocar a las urnas por esta vía. A menos que impulse un acto legislativo para reformar el artículo 104 de la Constitución —un proceso largo y políticamente complejo— la propuesta de una consulta popular sobre sus reformas bandera quedaría, por ahora, completamente bloqueada.
Este episodio representaría un fuerte revés tanto para la estrategia política del presidente Petro como para su narrativa de “mandato popular”, con la que ha buscado justificar la necesidad de acudir a mecanismos de participación directa.
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