Tribunal de Medellín anuló tutela que habría originado supuesto arresto contra Fico Gutiérrez: de qué se trata

La sala declaró la nulidad de una acción de tutela que vinculaba a la Secretaría de Educación de Medellín en un trámite de una maestra que exigía el reconocimiento de sus prestaciones sociales

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Federico Gutiérrez fue mencionado en relación con una acción de tutela por una ciudadana que reclamaba una respuesta oficial sobre trámites de pensión - crédito Colprensa
Federico Gutiérrez fue mencionado en relación con una acción de tutela por una ciudadana que reclamaba una respuesta oficial sobre trámites de pensión - crédito Colprensa

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín anuló un proceso de tutela que había sido presentado por una ciudadana contra la Secretaría de Educación de Medellín, encabezada por Alexandra Agudelo, debido a que no se incluyó en el trámite al departamento de Antioquia, entidad que, según los hechos del caso, también tenía responsabilidad en la situación discutida.

La decisión, tomada el 22 de mayo de 2025 por el magistrado Jorge Enrique Ortiz Gómez, señala que el juzgado que conoció inicialmente el caso (el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Medellín) cometió un error al no vincular al departamento de Antioquia como parte del proceso. Esta omisión, según la sección, violó el derecho al debido proceso, porque el departamento debía tener la oportunidad de participar en el caso y defenderse, ya que podría verse afectado por cualquier decisión judicial.

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La acción fue presentada por María Cecilia Maya Martínez, una docente, que solicitó ayuda para acceder a la indemnización sustitutiva de la pensión por vejez o, en su defecto, la devolución de los aportes que hizo al sistema. La petición fue dirigida inicialmente a Fiduprevisora, entidad encargada de administrar el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag). Sin embargo, esta respondió que el trámite dependía de la Secretaría de Educación de Medellín, ya que allí se encontraba el proceso pendiente.

Más del 40% de los docentes afiliados al FOMAG supera los 60 años, aumentando los riesgos médicos - crédito Fomag
La docente, que presentó la tutela, deberá esperar a que el nuevo proceso incluya al Departamento de Antioquia, clave en la información requerida para su solicitud - crédito Fomag

Esta decisión también tiene implicaciones indirectas sobre la polémica que surgió días atrás, cuando la senadora Isabel Zuleta, del Pacto Histórico, difundió en redes sociales que habría una orden de arresto contra el alcalde de Medellín, Federico “Fico” Gutiérrez, y contra la actual secretaria de Educación del municipio. Según esa versión, el fallo de tutela que originó esa posible sanción se relacionaba con el incumplimiento de una orden judicial.

Sin embargo, con esta nulidad declarada por el Tribunal, todo lo actuado en esa tutela pierde validez legal. Esto significa que cualquier consecuencia derivada del fallo anulado —incluyendo posibles sanciones como el arresto domiciliario— también queda sin efecto, al menos hasta que se rehaga el proceso con todas las entidades correctamente vinculadas, incluyendo al departamento de Antioquia.

El fallo anulado se relaciona con la acción judicial que, según denunció Isabel Zuleta, habría derivado en una sanción contra el alcalde de Medellín y su secretaria de Educación - crédito Carlos Ortega/EFE
El fallo anulado se relaciona con la acción judicial que, según denunció Isabel Zuleta, habría derivado en una sanción contra el alcalde de Medellín y su secretaria de Educación - crédito Carlos Ortega/EFE

¿Qué encontró el Tribunal?

El Tribunal Superior de Medellín al revisar el expediente, detectó un problema de procedimiento. Se dio cuenta de que no se había incluido en el proceso al departamento de Antioquia, entidad que —según los mismos hechos del caso— podría tener información clave para resolver el trámite de pensión solicitado por la accionante.

La sala explicó que en una tutela deben participar todas las entidades o personas que puedan verse directamente afectadas por la decisión del juez. Esa participación es importante porque les permite ejercer su derecho a la defensa. Como en este caso no se llamó al departamento de Antioquia, se violó ese principio, y por lo tanto, se debía declarar la nulidad del proceso.

Según el fallo, “no se vinculó por pasiva al Departamento de Antioquia, entidad que —al parecer— cuenta con la información que falta”, refiriéndose a los periodos laborales entre 1994 y 2002 de la docente, que son fundamentales para resolver la solicitud pensional.

ANCIANO - ADULTO MAYOR - MEXICO - 07012022
La accionante solicitó ayuda para acceder a una indemnización sustitutiva de pensión o devolución de aportes - crédito Freepik

¿Qué pasa ahora?

Con esta decisión, todo lo actuado en el proceso de tutela desde el 2 de abril de 2025 queda sin efecto. Eso incluye el fallo del juez que había ordenado responder en 48 horas. Ahora, el caso deberá reiniciarse desde cero, pero esta vez incluyendo al Departamento de Antioquia como parte demandada. Así se garantizará que esta entidad tenga la oportunidad de responder y aportar la información necesaria.

El Tribunal dejó claro que se deben preservar las pruebas que ya se habían presentado, pero el resto del trámite debe rehacerse desde el inicio. El expediente fue devuelto al juzgado de origen para que cumpla con esta orden.

Esta fue el fallo del Tribunal Superior de Medellín sobre la tutela que presentó la docente:

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