
En un fallo emitido en de mayo de 2025, el Consejo de Estado de Colombia rechazó la solicitud de la multinacional Coca-Cola para proteger su marca Agua Brisa frente al registro de una nueva marca en el país.
Según informó El Espectador, la decisión del alto tribunal pone fin a un litigio que se extendió por casi una década, en el que la compañía estadounidense argumentaba que la marca La Brisa Alvisa, solicitada por la empresa española Alvisa Alcohol Group, podía generar confusión entre los consumidores colombianos. El conflicto comenzó en diciembre de 2015, cuando Alvisa Alcohol Group presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la solicitud para registrar la marca La Brisa Alvisa, destinada a identificar una bebida alcohólica.
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Coca-Cola, propietaria de Agua Brisa desde 2008 tras adquirirla de la empresa colombiana Bavaria por 92 millones de dólares, se opuso al registro, alegando que el nombre propuesto podía asociarse con su producto. Sin embargo, en 2017, la SIC desestimó los argumentos de la multinacional, señalando que no existía riesgo de confusión debido a que se trataba de productos de naturaleza distinta: agua y bebida alcohólica.
Tras recibir una segunda negativa por parte de la SIC en el mismo año, Coca-Cola llevó el caso al Consejo de Estado, buscando revertir la decisión. No obstante, el alto tribunal, tras un proceso que incluyó una consulta al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, concluyó que no había fundamento para la demanda de la multinacional. Basado en el fallo, la inclusión de la palabra “Alvisa” en la marca propuesta por la empresa española constituye un elemento distintivo “fuerte y suficiente” que evita cualquier confusión con Agua Brisa.
El Consejo de Estado argumentó que “Alvisa” modifica de manera significativa la sonoridad, el ritmo y la extensión del nombre, lo que permite que los consumidores perciban ambas marcas como diferentes. Además, destacó que “Alvisa” es una palabra inventada, sin significado conceptual en español, lo que refuerza su carácter único y de fantasía. Por otro lado, el tribunal señaló que términos como “Agua”, “Pura” y “La” son genéricos y de uso común, por lo que no pueden ser monopolizados.

El fallo también abordó el concepto de “familia de marcas”, una estrategia comercial que Coca-Cola intentó utilizar como argumento para proteger el término “Brisa”. De acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, aunque las marcas basadas en elementos usuales pueden generar una impresión de origen compartido, esto no aplica cuando dichos elementos son genéricos o descriptivos, como ocurre con la palabra “Brisa”. Por esta razón, el Consejo de Estado concluyó que La Brisa Alvisa no explotó indebidamente el elemento común de la marca de Coca-Cola.
Otros conflictos legales de Coca-Cola en Colombia
Cabe agregar que este no es el único caso en el que Coca-Cola ha enfrentado desafíos legales relacionados con la protección de sus marcas en Colombia. En 2021, la multinacional inició un pleito contra la comunidad indígena Nasa por el uso de la palabra “Coca” en un producto llamado Coca Pola, una cerveza elaborada por esta población. En ese caso, Coca-Cola argumentó que el nombre podía generar confusión con su marca principal.

El reciente fallo del Consejo de Estado representa un revés significativo para Coca-Cola en su intento de proteger una de sus marcas más importantes en el mercado colombiano. Además, se suma a las críticas que la compañía ha enfrentado en el país por otros temas, como las denuncias de comunidades locales sobre una supuesta sobreexplotación de recursos hídricos en el municipio de La Calera, en el departamento de Cundinamarca.
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