
La Corte Constitucional declaró la Ley 2281 de 2023, que contemplaba la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, como inexequible.
La decisión, dada a conocer en mayo del año 2024, se basa en irregularidades en el procedimiento legislativo, en particular la ausencia de un análisis de impacto fiscal, tal como lo exige la Ley 819 de 2003.
En ese sentido, se dio a conocer que el Ministerio de la Igualdad radicará el miércoles 30 de abril en el Congreso de la República un nuevo proyecto de ley.
Esta iniciativa tiene como objetivo formalizar la creación de la cartera y garantizar su continuidad operativa, a fin de que pueda seguir funcionando.
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El ministro de la Igualdad, Carlos Rosero, según El Espectador informó que este miércoles 30 de abril, a las 11:00 de la mañana, se presentará un nuevo proyecto de ley ante el Congreso de la República para darle sustento jurídico al Ministerio de la Igualdad.

Esta cartera fue creada por el Gobierno a principios de 2023 y estuvo bajo la dirección de la vicepresidenta Francia Márquez hasta hace dos meses.
La propuesta llega al Legislativo en un contexto de gran tensión, marcado por los debates sobre la consulta popular, la reforma a la salud y otros proyectos clave de la administración de Gustavo Petro.
Según Rosero, el nuevo proyecto de ley, que consta de 16 artículos, tiene como objetivo corregir la ausencia de un aval fiscal en la ley original que dio origen al Ministerio de la Igualdad, lo cual fue la razón por la que la Corte Constitucional la declaró inexequible.
Aunque el alto tribunal invalidó la ley, estableció que el ministerio puede seguir operando hasta 2026. Además, indicó que el Gobierno tiene la posibilidad de presentar una nueva propuesta legislativa durante este período para asegurar la continuidad de la cartera.

El nuevo proyecto de ley para legalizar el Ministerio de la Igualdad deberá enfrentarse a un escenario legislativo significativamente diferente al de 2022, cuando se aprobó la ley original.
La Corte Constitucional, al anular la ley, subrayó que hacerlo de manera inmediata, sin ofrecer una alternativa, podría desencadenar una “desarticulación institucional” que afectaría la implementación de políticas públicas. Estas políticas, diseñadas tanto por el legislador como por el Ejecutivo, están orientadas a proteger los derechos de grupos especialmente vulnerables, como las madres cabeza de familia y las personas con discapacidad.
En ese sentido, el nuevo proyecto de ley presenta varias modificaciones clave. En primer lugar, elimina las facultades extraordinarias para la conformación del sector administrativo.
Además, propone mantener la estructura actual del Ministerio, e introduce un artículo destinado a proteger los actos y decisiones ya emitidos por la cartera. También incorpora el concepto de “enfoque de sociedad de cuidado” y realiza otros ajustes en la redacción del texto.
Y es que, en su momento la Corte Constitucional determinó posponer los efectos de su fallo por dos legislaturas, comenzando el 20 de julio de 2024. Esto implica que la Ley 2281 de 2023 perderá su validez jurídica al concluir la legislatura 2025-2026, lo que conllevaría a la disolución del sector administrativo de Igualdad y Equidad y la desaparición del ministerio correspondiente.

“Una vez culmine la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 dejará de producir efectos definitivamente y no formará parte del ordenamiento jurídico”, dice la Corte en su sentencia al respecto.
El tribunal también determinó que el Congreso de la República omitió realizar el análisis fiscal requerido para evaluar el impacto económico de la creación del nuevo ministerio. Esta falta de evaluación fue considerada un error grave e irreparable en el proceso legislativo.
La Corte subrayó en aquella oportunidad que realizar este análisis es crucial para asegurar la estabilidad macroeconómica y la transparencia en el manejo de las finanzas públicas. Además, destacó que es un requisito indispensable para la implementación adecuada de las leyes.
Durante el proceso, se argumentó que el informe de ponencia para el primer debate de la ley no cumplió con las reglas de quórum y votación establecidas en la Constitución y la Ley 5ª de 1992.
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