
La atención y el rescate animal en situaciones de emergencia, una deuda histórica del Estado colombiano, finalmente tendrá un respaldo legal. El Congreso aprobó con 120 votos a favor una ley que reconoce formalmente a los animales como parte integral de la respuesta nacional ante desastres naturales. Esta iniciativa, impulsada desde el Senado, marca un punto de inflexión en la forma en que el país enfrenta la gestión del riesgo de desastres.
Hasta ahora, los animales —domésticos, silvestres o de producción— habían quedado por fuera de los protocolos de respuesta establecidos en la Ley 1523 de 2012. Esta exclusión se traducía en la invisibilidad de miles de víctimas no humanas que sufrían heridas o perdían la vida en eventos como sismos, deslizamientos o incendios forestales, afectando no solo a la fauna, también a las familias, comunidades rurales y ecosistemas enteros.
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“Este proyecto, ahora ley, es de vital importancia, ya que, ante un desastre de origen natural, son cientos de miles los animales de compañía, de producción y silvestres que resultan heridos, muertos o afectados, y ni siquiera se tiene el reporte de dichas víctimas, lo cual afecta a las familias, los ecosistemas y las economías campesinas”, señaló el comunicado de la senadora Esmeralda Hernández, autora de la propuesta.
El proyecto está compuesto por 15 artículos y fue aprobado en su mayoría con la redacción original, a pesar de algunas proposiciones durante su último debate. Entre los elementos más relevantes se encuentra la incorporación del principio de solidaridad con los animales. Según el artículo tres: “Todas las personas naturales y jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, en sus programas de responsabilidad social y de acuerdo con su autonomía, tienen el deber, en el marco de dichos programas, de apoyar con acciones de prevención, protección, cuidado y atención a los animales que estén expuestos o hayan resultado afectados en situaciones de emergencia y/o desastre, sin detrimento de las funciones y competencias de la Unidad de Gestión del Riesgo y las entidades territoriales en la materia”.

Además, la ley establece que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres podrá recibir recursos no solo del Estado, sino también de organizaciones, empresas, cooperaciones multilaterales, donaciones extranjeras o entidades internacionales comprometidas con la acción humanitaria y ambiental. “Deberán invertirse en la adopción de medidas de conocimiento y reducción del riesgo de desastres, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción, a través de mecanismos de financiación dirigidos a las entidades involucradas en los procesos, y a la población humana y animal afectada por la ocurrencia de desastres”, indica la norma.
La implementación de esta política exigirá cambios concretos y coordinados en la Estrategia Nacional para la Respuesta a Emergencias. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) tendrá tres meses, una vez la ley entre en vigencia, para ajustar este instrumento, definir protocolos específicos y garantizar de forma efectiva la protección animal.

Igualmente, se ordena el desarrollo de campañas educativas y de capacitación dirigidas a entidades de socorro, autoridades locales, voluntarios y a la ciudadanía en general. “Estas campañas tendrán como objetivo fortalecer las habilidades y conocimientos en procedimientos de rescate y evacuación de animales en situaciones de desastre, proporcionando formación en primeros auxilios básicos para animales, técnicas de manejo seguro en refugios temporales y educación sobre los aspectos vinculados al bienestar animal”, concluye el documento.
Esta legislación no solo representa un avance en la protección de la vida no humana, también fortalece el vínculo entre bienestar animal, responsabilidad ciudadana y desarrollo sostenible, colocando a Colombia a la vanguardia en la región en cuanto a políticas de gestión del riesgo inclusivas y compasivas.
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