
El procurador General de la Nación, Gregorio Eljach, presentó una petición formal a la Corte Constitucional para derogar los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo 121 de 2025, expedido por el presidente de la República, Gustavo Petro, durante la declaratoria de conmoción interior en la región del Catatumbo. Así se confirmó el miércoles 9 de abril de 2025, en relación con estas determinaciones de índole extraordinario.
De acuerdo con el titular del Ministerio Público, estos artículos han generado controversia al autorizar medidas extraordinarias relacionadas con el uso del suelo y las competencias en infraestructura de agua y saneamiento básico.
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De acuerdo con información publicada por El Tiempo, el artículo cuarto del decreto permite que los alcaldes de 19 municipios del Catatumbo ajusten sus Planes de Ordenamiento Territorial (POT) con el fin de reasentar, de manera temporal o permanente, a la población afectada por el desplazamiento masivo generado por enfrentamientos entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y disidencias de las Farc.

Los artículos objetados por el procurador Gregorio Eljach
En lo concerniente a este aparte del referido decreto, Eljach señaló que estas órdenes “no están directa y específicamente encaminadas a solventar las causas de la perturbación originaria de la conmoción”. Y, en consecuencia, especificó que estas disposiciones tienen “vocación de permanencia”, lo cual las ubica fuera de las competencias permitidas bajo una crisis temporal como la conmoción interior.
Asimismo, el artículo permitiría incorporar terrenos rurales al perímetro urbano y facilitaría modificaciones en los usos del suelo; además de autorizar construir o ampliar viviendas rurales, sin necesidad de licencias urbanísticas y con el uso de materiales no contemplados por la Ley 400 de 1997, relativa a edificaciones sismorresistentes. No obstante, Eljach mostró preocupación por esta flexibilización.
De acuerdo con el procurador, las construcciones deben garantizar la seguridad de las personas y la estabilidad de las edificaciones; so pena de “incrementar la probabilidad de asentamientos mal planificados” en términos de servicios públicos, salubridad y vialidad.

Por otra parte, el referido artículo permite la “sustracción rápida” de predios ubicados en áreas de reserva forestal, en una decisión que involucra directamente al Ministerio de Medio Ambiente para su intervención expedita. La posibilidad de intervenir en áreas de conservación natural con este alcance fue otro aspecto cuestionado, pues podría tener efectos permanentes, asociadas a la crisis humanitaria en la región.
En cuanto al artículo quinto del decreto, de acuerdo con el citado medio, el procurador criticó las disposiciones que facultan al Ministerio de Vivienda para ejecutar proyectos de agua y saneamiento sin una apropiación presupuestal clara. “El Gobierno nacional no establece los recursos con los que se hará”, dijo Eljach en su comunicación dirigida al alto tribunal.

Y agregó que la medida podría “conllevar un desplazamiento de recursos gestionados por departamentos y municipios” si no se específica que dichas intervenciones se financiarán con el Presupuesto General de la Nación. La postura de la Procuraduría se dio a conocer como parte de una problemática en la que más de 57.000 personas han sido desplazadas por la violencia entre los grupos armados ilegales.
Con este panorama, el procurador Eljach insistió en que la normativa no justifica alterar competencias locales ni relajar normas esenciales, como las de construcciones sismorresistentes. “Lejos de ofrecer una respuesta inmediata y adecuada a la crisis, incrementa el riesgo de asentamientos inseguros e informales”, puntualizó el jefe del Ministerio Público, que espera la derogación de los decretos.
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