
El analista deportivo Jorge Valdano ha indicado que el “El futbol es lo más importante entre las cosas menos importantes”, por lo que al ser considerado uno de los países con más fanáticos de este deporte, el Gobierno de Argentina tomó una drástica decisión sobre las personas que pueden ingresar a un partido profesional.
En ese país se ha restringido el acceso a los estadios de fútbol a los padres que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo que se ha comenzado a realizar con pruebas piloto, una de ellas en el juego Boca Juniors vs. Defensa y Justicia, en el que se negó el ingreso de 4.000 aficionados.
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Debido a que el fútbol es el deporte más popular de Colombia, en diálogo con Infobae Colombia, Diana Muñoz Gómez, que es docente de Ilfarus (Instituto Latinoamericano de la Familia de la Universidad de La Sabana), respondió si es posible replicar esta medida en el país.
En primer lugar, la jurista indicó que sería posible, pero para ello se tendrían aspectos que mide el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), que es el que contempla los castigos por no pagar las cuotas alimentarias a menores.
“La medida de replicar una medida como la que tomó Argentina es jurídicamente viable, pero para Colombia se necesitarían unos ajustes importantes. Actualmente, en el país existe el Redam, este registro contempla restricciones administrativas y civiles, como la imposibilidad de contratar con el Estado, ejercer ciertos cargos públicos o tramitar ciertos documentos, pero el Redam no contempla restricción a espacios recreativos”.
Muñoz indicó que la ley colombiana está de acuerdo con ese tipo de castigos, puesto que asistir a un partido de fútbol no se considera un derecho, sino como un privilegio.
“Para implementar la estrategia se tendría que reformular la ley actual o expedir una nueva. La Corte Constitucional ha indicado que estas medidas podrían ser válidas en la medida que no vulneren los derechos fundamentales de esos padres. Desde el punto de vista jurídico, estas medidas buscan generar una presión social y moral sobre los deudores, buscando afectar sus privilegios, más no sus derechos. No se les impide vivir libremente, pero sí disfrutar de ciertos beneficios hasta que no se pongan al día en las cuotas alimentarias. Podría considerarse una medida favorable, porque es una medida de control social”.

Al hablar de lo que se debe hacer primero antes de intentar replicar esta medida, la abogada mencionó que se debe confirmar que el sistema de registro no tenga errores y sean castigados ciudadanos que han cumplido con sus obligaciones.
“La implementación de estas medidas deben ser proporcionales, deben impedir que se vulneren los derechos de estos padres, es relevante que exista mucha claridad jurídica y unos mecanismos de verificación y de posibles errores en el registro”, analizó la jurista.
Además, Muñoz recordó que en Colombia ya hay castigos establecidos para los individuos que no pagan las cuotas alimentarias, mencionando las consecuencias que tienen los hombres que son registrados ante el Redam.
“En Colombia el Redam registra personas que adeudan más de tres cuotas consecutivas o cinco no consecutivas, cuotas fijadas por sentencia o por acta de conciliación. Ser registrado en el Redam tiene cinco consecuencias, le impide contratar con el Estado, le imposibilita en cargos públicos, genera impedimentos en procesos de salida del país, genera bloqueo de trámites notariales, como matrimonio, y quinto, afecta la vida crediticia de la persona, el Redam es de consulta pública y en algunos trámites bancarios esto es revisado”, indicó la abogada.

Por último, la jurista también resaltó que las sanciones penales por no pagar las cuotas alimentarias de un hijo incluyen penas de hasta tres años de prisión.
“En Colombia, además del Redam existen sanciones penales, que pueden dar lugar al delito por inasistencia alimentaria y que inicia o se activa con la denuncia que se haga sobre esa persona, tiene consecuencias con penas de uno hasta tres años y hasta la perdida de la potestad sobre los menores”, puntualizó.
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