El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, hizo un anuncio que sorprendió al país. Por medio de un video, descartó la información que salió en algunos medios, que reportaron que varios borradores de decreto implementarían algunos asuntos del proyecto de reforma laboral que hundió la Cámara de Representantes.
“Aclaramos que esos borradores de decreto no se corresponden con los que está examinando la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, sobre los cuales se pronunciará de manera definitiva el señor presidente de la República”, afirmó el funcionario.
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Agregó que estos borradores de decreto, por lo que ya se examinó, corresponden a, seguramente, algunas ideas que buscaban ser reglamentadas en el ministerio en 2024.
Dejó claro que “los decretos que vamos a producir en los próximos días serán el resultado de lo que hemos elaborado, recientemente, en el Ministerio del Trabajo y que pasarán por examen jurídico en la Casa de Nariño y que tendrán la firma del presidente de la República y del ministro del Trabajo”.

Cuáles son los decretos en cuestión
A lo que se refiere Sanguino, precisamente, es que medios como El Tiempo informaron que los Ministerios del Interior y de Trabajo revisan esos borradores de decretos desarrollados durante la gestión de la exministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez y el exviceministro de dicha cartera Edwin Palma. Estas herramientas estarían siendo la base del plan con propuestas que incluyen tanto derechos individuales como colectivos en el ámbito laboral.
De acuerdo con lo informado por el medio, una de las prioridades del Gobierno es establecer límites claros a la tercerización laboral, con la búsqueda de una regulación más estricta en el sector privado. Según un fragmento destacado del borrador revisado, el decreto prohibiría el uso de empresas de servicios temporales para cubrir necesidades permanentes de las empresas usuarias.
“No se podrá acudir al servicio temporal que prestan las empresas de servicios temporales para la atención de necesidades permanentes de las empresas usuarias”, establece el texto.

La disposición solo permitirá la utilización para cubrir actividades transitorias, como incrementos puntuales en la producción, reemplazos temporales o situaciones excepcionales, pero con un límite de seis meses, prorrogable por igual período. Una vez agotado ese tiempo, la empresa estará obligada a contratar directamente al personal necesario.
Contra el acoso laboral
Además de lo anterior, el borrador del decreto también contempla normas para combatir el acoso laboral y la violencia en el trabajo, con medidas que buscan fortalecer los comités de convivencia en todas las organizaciones, tanto públicas como privadas. La iniciativa busca prevenir y sancionar comportamientos que puedan entorpecer un ambiente laboral seguro y respetuoso.
En cuanto a derechos laborales colectivos, el Gobierno evalúa la implementación de un esquema de negociaciones colectivas unificadas, que involucra tanto a sindicatos como a federaciones de empleados públicos. Según el documento, se busca que estas negociaciones incluyan un único pliego de solicitudes, una mesa única y un solo acuerdo.

“Cuando una huelga recaiga sobre un servicio público de importancia trascendental o afecta un servicio que no sea esencial en sentido estricto, pero que por su extensión y duración pueda provocar una situación de crisis nacional aguda [...] las partes deberán fijar servicios mínimos”, afirma el texto del borrador. En casos donde las partes no logren pactar estos servicios mínimos, el proceso será regulado por procedimientos establecidos en el decreto.
Derecho a la huelga
Los cambios incluyen también la modernización del Decreto 017 de 2016. Esto permitiría garantizar un mejor funcionamiento de los tribunales de arbitraje y aplicar estándares internacionales en el derecho a la huelga. Además, se busca evitar represalias por parte de trabajadores en casos de huelgas cuya legalidad haya sido declarada por la rama judicial del país.
Con esto, supuestamente, el Ministerio del Trabajo entraría a mediar de manera directa para impedir sanciones injustificadas. “La autoridad del trabajo conminará al empleador a que se individualicen las conductas de los huelguistas [...] diferenciando si se trata de trabajadores del sector privado o público”, especifica otra parte de la norma.
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