
El Ministerio de Salud reforzó las regulaciones en torno a la entrega de medicamentos para el tratamiento del VIH mediante la Circular 006 de 2025. Esta normativa busca garantizar que los medicamentos sean entregados de forma inmediata y completa a los pacientes, especialmente en un contexto donde los pacientes y organizaciones de salud habían manifestado preocupaciones sobre posibles barreras de acceso.
Una de las medidas centrales de la nueva circular es la integración de la prescripción de los medicamentos antirretrovirales en la plataforma MIPRES, la cual se había utilizado previamente para otras tecnologías de salud.
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MIPRES, que desde 2016 ha optimizado la prescripción estandarizada y en línea de tecnologías en salud, permitirá ahora monitorear de forma precisa tanto la demanda como la disponibilidad de los medicamentos. Esta medida se toma en respuesta a las alertas de desabastecimiento y las dificultades de acceso que históricamente han afectado a las personas viviendo con VIH en Colombia.
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El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, destacó la importancia de esta iniciativa al afirmar: “Desde el Ministerio de Salud reafirmamos nuestro compromiso con el acceso oportuno y sin barreras a los tratamientos antirretrovirales. La Circular 006 de 2025 fortalece la gestión de estos medicamentos y la atención de las personas que viven con VIH”.

El sistema MIPRES no solo busca mejorar la distribución de los medicamentos permitiendo registrar su prescripción de acuerdo con las denominaciones comunes internacionales (DCI), lo que facilita un monitoreo más eficaz y transparente, sino también proporcionar datos más certeros sobre las necesidades del sistema de salud. De esta forma, el Ministerio podrá identificar rápidamente cualquier alerta de desabastecimiento y actuar para evitar que los pacientes queden sin el tratamiento que requieren.
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Además, según establece la normativa, la gestión de la información también se complementa con el reporte de suministro de los medicamentos por parte de los operadores logísticos, lo que permitirá realizar un análisis más certero de la disponibilidad.
El rol de las EPS: entrega inmediata sin trámites adicionales

Otro de los puntos que se recalca en la nueva circular es la responsabilidad de las EPS de garantizar la entrega inmediata y completa de los medicamentos prescritos. Según la cirtular, no se requieren trámites adicionales de autorización, por lo que las EPS deberán asegurarse de que los pacientes reciban sus medicamentos sin demoras o complicaciones administrativas. Esto es particularmente relevante para los pacientes que enfrentan condiciones de salud graves y para aquellos que están en situaciones vulnerables, como los migrantes venezolanos o las personas recién diagnosticadas con VIH.
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La circular también establece que los medicamentos antirretrovirales deberán ser suministrados a través de los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), lo que asegura que el acceso a estos tratamientos esté disponible para una mayor proporción de la población.
La inclusión de los antirretrovirales en MIPRES no es solo una medida administrativa, sino también una estrategia para fortalecer la respuesta nacional al VIH. La decisión fue tomada en medio de una licitación pública para adquirir medicamentos esenciales como el dolutegravir, cuyo uso está recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como primera opción de tratamiento. Este medicamento se distribuirá a nivel nacional, comenzando con los pacientes que cumplen con los criterios establecidos en la Resolución 1579 de 2023.
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Durante la socialización de la circular, se destacó la participación activa de representantes de EPS, hospitales, clínicas y fundaciones, que presentaron propuestas para mejorar la implementación de la normativa. La mesa de trabajo sirvió como un espacio de colaboración para compartir experiencias y diseñar estrategias que aseguren el éxito de esta medida, que representa un paso crucial para garantizar el acceso a tratamientos médicos de calidad para las personas que viven con VIH.
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